Preguntas frecuentes sobre el registro retributivo
¿Qué empresas están obligadas a elaborar el registro retributivo?
Todas las empresas con al menos un trabajador por cuenta ajena están obligadas a disponer de un registro salarial actualizado, independientemente de su tamaño, sector o forma jurídica. Esto incluye sociedades, cooperativas, asociaciones y autónomos con empleados.
¿Debe entregarse una copia del registro a los trabajadores?
No se entrega directamente una copia completa. Si en la empresa no existe representación legal, se debe facilitar información general sobre las retribuciones, desglosada por sexo y grupos profesionales. Si existe representación legal (delegados o comité), éstos sí pueden acceder al documento completo.
¿Qué conceptos retributivos deben incluirse?
El registro debe recoger, al menos, el salario base, todos los complementos salariales (como peligrosidad, nocturnidad, idiomas) y las percepciones extrasalariales (como dietas o pluses no salariales), diferenciados por sexo y categoría profesional.
¿Quién impone las sanciones en caso de incumplimiento?
La Inspección de Trabajo y Seguridad Social es el órgano competente para imponer sanciones. Puede actuar por denuncia de un trabajador, por iniciativa propia o dentro de una campaña de control. Las sanciones pueden oscilar entre 626 y 6.250 euros.
¿Cada cuánto tiempo hay que actualizar el registro?
Como mínimo, el registro debe actualizarse una vez al año. También se recomienda hacerlo si hay cambios importantes en la estructura salarial, incorporación de nuevos puestos o reestructuración interna.
¿Cómo se presenta un registro retributivo válido en Excel?
Debe contener columnas con los conceptos retributivos obligatorios por categoría profesional, sexo y retribución total. Se debe conservar con fecha, firma de la dirección y estructura clara. Aunque no hay un modelo oficial, debe cumplir con los criterios de trazabilidad y transparencia exigidos.
¿Las microempresas también están obligadas?
Sí. No existe un umbral mínimo de empleados para estar obligado. Una empresa con solo dos trabajadores debe tener su registro actualizado y a disposición de la autoridad laboral si se le requiere.
¿Qué diferencia hay entre el registro retributivo y la auditoría salarial?
El registro es obligatorio para todas las empresas. La auditoría salarial solo es obligatoria para las empresas de más de 50 trabajadores dentro del plan de igualdad, y tiene un enfoque más profundo, evaluando políticas de promoción, acceso, valoración de puestos y estableciendo un plan de acción corrector.