subvenciones TándEM 2026
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Subvenciones TándEM 2026: 7 claves de la convocatoria

Subvenciones TándEM 2026: convocatoria para programas de empleo y formación de jóvenes extranjeros

Contenido generado con inteligencia artificial.

El Boletín Oficial del Estado publicó el 4 de agosto de 2026 el extracto de la Resolución de 29 de julio de 2026 de la Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal por la que se aprueba una convocatoria de subvenciones TándEM 2026. La convocatoria está destinada a financiar programas experienciales de empleo y formación promovidos por determinadas entidades sin ánimo de lucro y dirigidos a personas jóvenes extranjeras cuya guarda y tutela sea o haya sido asumida por las Administraciones Públicas.

La convocatoria establece una cuantía total máxima de 25.055.700 euros y prevé que las ayudas se concedan mediante un procedimiento de concurrencia competitiva. Además, fija un plazo de 20 días naturales para la presentación de solicitudes, contado a partir del día siguiente a la publicación de la resolución en el BOE.

Qué regula esta publicación del BOE

La publicación tiene por objeto dar publicidad a una convocatoria estatal de subvenciones para financiar proyectos correspondientes a los programas experienciales de empleo y formación TándEM.

Estos programas deben estar dirigidos a personas jóvenes extranjeras cuya guarda y tutela sea o haya sido asumida por las Administraciones Públicas y que dispongan de autorización de residencia en vigor.

Los programas TándEM a los que se refiere la convocatoria son los previstos en los artículos 30 a 35 del Real Decreto 818/2021, de 28 de septiembre, por el que se regulan los programas comunes de activación para el empleo del Sistema Nacional de Empleo.

El propio extracto señala que todos los proyectos que se pretendan subvencionar deben tener como finalidad mejorar las posibilidades de inserción de las personas desempleadas participantes mediante un proceso de cualificación en alternancia con la práctica profesional.

Por tanto, la publicación no establece con carácter general nuevas condiciones laborales ni modifica la regulación ordinaria de contratación. Su contenido se centra en una convocatoria concreta de subvenciones públicas vinculada a los programas TándEM.

Puntos clave de las subvenciones TándEM 2026

  • Órgano convocante: Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal.
  • Departamento: Ministerio de Trabajo y Economía Social.
  • Tipo de publicación: extracto de una convocatoria de subvenciones.
  • Referencia del BOE: BOE-B-2026-26061.
  • Identificación en la BDNS: 923042.
  • Objeto: financiación de proyectos de programas experienciales de empleo y formación TándEM.
  • Procedimiento: concurrencia competitiva.
  • Cuantía total máxima: 25.055.700 euros.
  • Plazo de solicitud: 20 días naturales desde el día siguiente a la publicación de la resolución en el BOE.
  • Presentación: por medios electrónicos a través de la sede electrónica del Servicio Público de Empleo Estatal.

A quién afecta o a quién se dirige

El texto oficial distingue entre las entidades que pueden ser beneficiarias de las subvenciones y las personas jóvenes a las que deben dirigirse los proyectos financiados.

Pueden ser beneficiarias las entidades privadas sin ánimo de lucro y las agrupaciones contempladas en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, cuando cumplan las condiciones indicadas en la convocatoria.

En concreto, el extracto contempla las entidades que acrediten que gestionan recursos habitacionales destinados a personas jóvenes tuteladas o extuteladas.

También contempla aquellas entidades que acrediten experiencia en la gestión de programas públicos de políticas activas de empleo. En este segundo caso, deben establecer una colaboración con las entidades que gestionan los recursos habitacionales mencionados anteriormente.

En cuanto a los participantes en los proyectos, la convocatoria se dirige expresamente a personas jóvenes extranjeras cuya guarda y tutela sea o haya sido asumida por las Administraciones Públicas y que cuenten con autorización de residencia en vigor.

Otros colectivos destinatarios diferentes de los indicados: No consta en el texto oficial.

Requisitos de las entidades promotoras

Las entidades promotoras deben cumplir las condiciones requeridas para acceder a la subvención.

El extracto remite expresamente a los requisitos y obligaciones recogidos en los artículos 6 y 7 de la Orden TES/1077/2023, de 28 de septiembre.

La publicación del BOE no reproduce en su contenido el desarrollo completo de todos esos requisitos y obligaciones, sino que realiza una remisión a dicha Orden.

Relación completa de requisitos específicos de acceso: No consta en el texto oficial.

Sanciones específicas establecidas por esta convocatoria: No consta en el texto oficial.

Cuantía de la convocatoria

Las subvenciones previstas en esta convocatoria se financiarán con cargo al crédito presupuestario previsto para esta finalidad en el Presupuesto de Gastos de 2026 y ejercicios posteriores.

La aplicación presupuestaria señalada en el texto oficial es la 19.00 241B 484.10.

La cuantía total máxima asciende a 25.055.700 euros.

El extracto del BOE no especifica una cuantía individual máxima para cada entidad o proyecto.

Cuantía máxima por proyecto: No consta en el texto oficial.

Porcentaje máximo de financiación de cada proyecto: No consta en el texto oficial.

Número total de proyectos que podrán recibir financiación: No consta en el texto oficial.

Fechas, plazos y vigencia

La Resolución de la Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal está fechada el 29 de julio de 2026.

El extracto fue publicado en el Boletín Oficial del Estado número 189, de 4 de agosto de 2026, dentro de la sección V, «Anuncios», apartado B, «Otros anuncios oficiales».

Uno de los datos principales de la convocatoria es el plazo para presentar las solicitudes. Este será de 20 días naturales, contados a partir del día siguiente a la publicación de la resolución en el Boletín Oficial del Estado.

El extracto expresa el plazo mediante este sistema de cómputo y no recoge de forma expresa una fecha final concreta en calendario.

Fecha específica de entrada en vigor: No consta en el texto oficial.

Duración concreta de los proyectos subvencionados: No consta en el texto oficial.

Periodo general de vigencia de la convocatoria diferente del plazo indicado para solicitar las subvenciones: No consta en el texto oficial.

Cómo deben presentarse las solicitudes

Las solicitudes y la documentación exigible a las entidades promotoras deberán presentarse por medios electrónicos a través de la sede electrónica del Servicio Público de Empleo Estatal.

La publicación remite para este procedimiento a los términos establecidos en el artículo 9 de la Orden TES/1077/2023, de 28 de septiembre, y a lo previsto en la disposición adicional única mencionada en el propio extracto.

La relación íntegra de documentos que debe presentar cada entidad: No consta en el texto oficial.

Normativa citada en la publicación

El extracto cita como marco de la convocatoria varias disposiciones. Entre ellas figura la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. La publicación se realiza de conformidad con sus artículos 17.3.b y 20.8.a, y también se menciona su artículo 11.3 al identificar las agrupaciones que pueden ser beneficiarias.

También se cita el Real Decreto 818/2021, de 28 de septiembre, por el que se regulan los programas comunes de activación para el empleo del Sistema Nacional de Empleo. En concreto, los programas TándEM objeto de esta convocatoria son los previstos en sus artículos 30 a 35.

La tercera referencia destacada es la Orden TES/1077/2023, de 28 de septiembre, a la que se remite tanto para determinados requisitos y obligaciones de las entidades promotoras como para aspectos relacionados con la presentación de solicitudes.

Derogación de normativa mediante esta publicación: No consta en el texto oficial.

Modificación expresa de las normas citadas: No consta en el texto oficial.

Resumen final de la publicación

Las subvenciones TándEM 2026 publicadas por el Servicio Público de Empleo Estatal tienen como finalidad financiar proyectos de empleo y formación dirigidos a un colectivo concreto: jóvenes extranjeros cuya guarda y tutela sea o haya sido asumida por las Administraciones Públicas y que dispongan de autorización de residencia en vigor.

Los proyectos deben orientarse a mejorar las posibilidades de inserción de las personas desempleadas participantes combinando cualificación y práctica profesional.

Las entidades que pueden acceder a estas subvenciones son determinadas entidades privadas sin ánimo de lucro y agrupaciones previstas en la Ley General de Subvenciones que cumplan las condiciones indicadas, incluyendo entidades vinculadas a la gestión de recursos habitacionales para jóvenes tutelados o extutelados y entidades con experiencia en programas públicos de políticas activas de empleo bajo las condiciones de colaboración establecidas.

La convocatoria cuenta con un presupuesto total máximo de 25.055.700 euros, se resolverá mediante concurrencia competitiva y establece un plazo de 20 días naturales para presentar las solicitudes desde el día siguiente a su publicación en el BOE.

Cierre práctico en 4 pasos

  1. Comprobar si la entidad encaja entre las entidades beneficiarias descritas en la convocatoria.
  2. Consultar los requisitos y obligaciones de los artículos 6 y 7 de la Orden TES/1077/2023 a los que remite expresamente el extracto.
  3. Preparar la solicitud y la documentación correspondiente conforme al procedimiento oficial.
  4. Presentar electrónicamente la solicitud a través de la sede electrónica del SEPE dentro del plazo de 20 días naturales establecido.

En síntesis, se trata de una convocatoria estatal específica para financiar programas TándEM de empleo y formación destinados a jóvenes extranjeros tutelados o extutelados. El extracto publicado en el BOE concreta el objeto, los posibles beneficiarios, la finalidad de los proyectos, la dotación máxima, el sistema de concesión y el plazo de presentación, mientras que otros aspectos de detalle se remiten a la normativa y documentación oficial correspondiente.

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