ayudas INNOVAE 2026
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Ayudas INNOVAE 2026: 115 millones para empresas

Ayudas INNOVAE 2026: 115 millones para proyectos de eficiencia energética

Las ayudas INNOVAE 2026 abren una oportunidad relevante para empresas, profesionales con actividad económica, entidades públicas, universidades, centros de investigación y otras organizaciones que quieran ejecutar proyectos innovadores de ahorro y eficiencia energética. La primera convocatoria del programa fue publicada en el Boletín Oficial del Estado número 177, de 22 de julio de 2026, mediante el extracto de la Resolución de 17 de julio de 2026 del Consejo de Administración del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, IDAE.

El documento analizado no es un convenio colectivo y, por tanto, no modifica las condiciones laborales de una plantilla. Su contenido regula una convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva. Para empresas y departamentos de RRHH, su interés se encuentra en la posible financiación de inversiones, en la organización interna de los proyectos y en las obligaciones documentales, de cumplimiento y formación que pueden acompañar a su ejecución.

Resumen de los puntos de las ayudas INNOVAE 2026

La convocatoria cuenta con una dotación presupuestaria máxima inicial de 115.000.000 euros, financiada con cargo al Fondo Nacional de Eficiencia Energética. El objetivo es impulsar proyectos singulares e innovadores que reduzcan el consumo de energía final y contribuyan a los objetivos nacionales de eficiencia energética para el periodo 2021-2030.

  • Movilidad sostenible: 30.000.000 euros.
  • Proyectos singulares en el sector industrial: 30.000.000 euros.
  • Renovación profunda de edificios existentes del sector terciario para convertirlos en edificios de cero emisiones: 30.000.000 euros.
  • Sustitución de generadores de frío: 25.000.000 euros.

Cuando uno de los subprogramas no agote su presupuesto, la cuantía disponible podrá redistribuirse proporcionalmente para atender la demanda de los demás, siguiendo el orden de la lista de reserva previsto en las bases reguladoras.

Los posibles beneficiarios dependen de cada línea. En movilidad sostenible pueden participar empresas de cualquier tamaño, personas físicas con actividad económica, consorcios y agrupaciones empresariales con personalidad jurídica, universidades, centros de I+D y entidades del sector público. En la línea industrial se incluyen empresas con los CNAE 2025 admitidos por las bases y empresas de servicios energéticos. En la renovación de edificios del sector terciario también pueden participar comunidades de propietarios, entidades del tercer sector, asociaciones y fundaciones. Para la sustitución de generadores de frío se contemplan empresas, profesionales con actividad económica, universidades, centros de investigación, consorcios, sector público y empresas de servicios energéticos.

Las solicitudes deberán presentarse electrónicamente a través de la sede del IDAE desde las 9:00 horas del 15 de septiembre de 2026 hasta las 12:00 horas del 18 de noviembre de 2026. No se trata de una concesión automática por orden de llegada: las ayudas se resolverán en concurrencia competitiva, de acuerdo con la valoración de los proyectos y la disponibilidad presupuestaria.

La convocatoria establece subvenciones a fondo perdido. Las intensidades máximas se determinarán conforme al artículo 12 de las bases reguladoras y al Reglamento (UE) número 651/2014. Además, solo serán elegibles los proyectos cuya ejecución se inicie después de registrar la solicitud, una condición esencial para no perder el efecto incentivador de la ayuda.

En relación con materias propias de un convenio colectivo, el documento no regula condiciones de trabajo:

  • Salario: No consta en el texto del convenio.
  • Jornada: No consta en el texto del convenio.
  • Vacaciones: No consta en el texto del convenio.
  • Permisos y licencias: No consta en el texto del convenio.
  • Teletrabajo y desconexión: No consta en el texto del convenio.
  • Formación: No consta en el texto del convenio.
  • Conciliación: No consta en el texto del convenio.

Cambios y novedades

La principal novedad es la apertura de la primera convocatoria del Programa INNOVAE, que concreta el presupuesto, los subprogramas y el calendario de solicitudes sobre la base de la Orden TED/569/2026, de 4 de junio. La convocatoria combina cuatro ámbitos con capacidad para generar ahorro energético medible: movilidad, industria, edificios terciarios y sistemas de frío.

Otro elemento importante es la posibilidad de solicitar anticipos de hasta el 80 % del importe total de la ayuda. Este anticipo exige la aportación de garantía y queda sujeto a las condiciones de las bases. La convocatoria no exige, en cambio, una garantía de participación para presentar la solicitud.

Los plazos máximos de ejecución varían según la actuación. Los proyectos de movilidad sostenible y de sustitución de generadores de frío disponen de 18 meses. Los proyectos industriales y las renovaciones profundas de edificios del sector terciario cuentan con 24 meses. En el caso de los edificios, el plazo se vincula a la fecha del certificado final de obra firmado por técnico competente. Una vez finalizado el periodo de ejecución, el beneficiario tendrá un máximo de tres meses para justificar la actuación.

Las bases también condicionan la compatibilidad con otras ayudas: no pueden financiarse dos veces los mismos costes ni superarse la intensidad máxima aplicable. Además, los ahorros obtenidos con actuaciones financiadas por este programa no pueden utilizarse para solicitar Certificados de Ahorro Energético, al estar los fondos vinculados al Fondo Nacional de Eficiencia Energética.

Impacto en empresa, RRHH y plantilla

El impacto laboral es indirecto, pero puede ser relevante. Una empresa que presente un proyecto deberá coordinar perfiles técnicos, financieros, jurídicos, de compras y de recursos humanos. La solicitud y la ejecución pueden requerir una planificación detallada de tareas, responsables, contrataciones, formación y controles internos. La dirección debe asegurar que el proyecto no comience antes de registrar la solicitud y que las inversiones, contratos, facturas y pagos queden correctamente documentados.

RRHH puede intervenir en la identificación de las competencias necesarias, en la formación de los equipos y en la organización de los tiempos de trabajo vinculados al proyecto. También conviene revisar si la implantación de nuevas tecnologías modifica procedimientos, puestos, riesgos laborales o necesidades de capacitación. La ayuda no altera salarios, jornada o vacaciones, pero la ejecución del proyecto debe respetar el convenio colectivo aplicable y la normativa laboral vigente de cada entidad.

Para las personas trabajadoras, las actuaciones pueden traducirse en nuevos procesos, herramientas, equipos o formas de movilidad. Antes de implantar cambios, resulta recomendable informar adecuadamente, formar a quienes utilizarán las nuevas soluciones y documentar las medidas preventivas. En proyectos con tratamiento de datos, sistemas conectados o control de consumos, también debe evaluarse el impacto sobre privacidad, seguridad y derechos digitales.


Pasos prácticos para preparar la solicitud

  1. Comprobar el encaje: identificar el subprograma adecuado, revisar los beneficiarios admitidos y confirmar que el proyecto se ejecutará en territorio nacional.
  2. No iniciar la actuación antes de solicitar: registrar la solicitud antes de publicar una licitación, firmar el primer pedido en firme o asumir otro compromiso que haga irreversible la inversión, según el tipo de beneficiario.
  3. Preparar la documentación: reunir memoria técnica, presupuesto, acreditaciones, declaraciones responsables y documentación administrativa con suficiente antelación.
  4. Organizar la ejecución y el control: asignar responsables, prever contratos, pagos, evidencias, protección de datos, formación y seguimiento del ahorro energético.
  5. Planificar la justificación: controlar los plazos de 18 o 24 meses y reservar los tres meses posteriores para presentar la justificación completa.

Fuente oficial: BOE-B-2026-24901, extracto de la primera convocatoria del Programa INNOVAE. Bases reguladoras: Orden TED/569/2026, de 4 de junio.

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