Convenio Horse Powertrain Spain 2025-2026: 7 claves
Convenio Horse Powertrain Spain 2025-2026: salario, jornada y claves
El Convenio Horse Powertrain Spain 2025-2026 regula las relaciones laborales entre Horse Powertrain Spain, S.L. y las personas trabajadoras incluidas en su ámbito personal. Es un convenio de empresa, con efectos desde el 1 de enero de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2026, sin perjuicio de las reglas de prórroga previstas en su propio texto.
Para empresa, Recursos Humanos y plantilla, los puntos más prácticos se concentran en la actualización salarial, la jornada anual, las vacaciones, los permisos, la formación, las medidas de conciliación, determinadas ayudas sociales y varias reglas específicas sobre turnos, registro de jornada y organización del trabajo.
- Resumen de los puntos del convenio
- Cambios y novedades
- A quién afecta este convenio
- Impacto en empresa, RRHH y plantilla
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- Formate Online
Resumen del Convenio Horse Powertrain Spain 2025-2026
Salario. El convenio no fija un único salario general para toda la plantilla, sino tablas y conceptos retributivos diferenciados por centro, grupo profesional, categoría, nivel y otros factores. Para 2025 y 2026 se establece una actualización de las tablas salariales con un incremento del 1 % sobre el IPC, junto con cláusulas de revisión vinculadas a la evolución real del índice. Las tablas del anexo IV parten de valores de enero de 2025 y deben actualizarse conforme a lo pactado en el artículo 60. Entre los complementos figuran turnicidad, nocturnidad, trabajo en domingos y festivos, guardería, guardia y determinados pluses ligados a la organización del trabajo.
El plus de nocturnidad se fija en el 40 % de la retribución primaria en los supuestos previstos. El plus de guardería se cifra en el 140 % de la retribución primaria correspondiente al tiempo de jornada normal trabajado en los periodos que generan ese derecho. Las gratificaciones extraordinarias de julio y Navidad equivalen, cada una, a treinta días de retribución primaria, mientras que las de marzo y septiembre se configuran con un importe bruto equivalente al 50 % de aquellas gratificaciones extraordinarias.
Jornada. La jornada de trabajo real para cada uno de los años 2025 y 2026 es de 1.681,75 horas anuales. El convenio mantiene el cómputo anual y prevé que los excesos detectados mediante la aplicación de registro de jornada que no puedan compensarse con flexibilidad diaria se traten individualmente con RRHH y línea jerárquica para garantizar su disfrute dentro de los cuatro meses siguientes.
Vacaciones. Se reconocen 25 días laborables de vacaciones al año. Con carácter general, el texto distribuye 18 días laborables de forma ininterrumpida y preferentemente en verano, cinco días laborables preferentemente en Navidad y dos días en las fechas que se determinen en el calendario. Además, existe una vacación complementaria por antigüedad de un día laborable por cada cinco años de trabajo efectivo en la empresa, con un máximo de cuatro días anuales.
Permisos y licencias. El artículo 29 reúne un cuadro amplio de licencias y ausencias. Entre las medidas destacadas figuran tres días laborables por fallecimiento de determinados familiares, con ampliaciones por desplazamiento; cinco días retribuidos por accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica que precise reposo domiciliario en los supuestos previstos; quince días naturales por matrimonio o constitución de pareja de hecho; un día laborable por traslado de domicilio habitual; y bolsas de horas para acompañamiento sanitario de familiares y para determinadas consultas médicas.
Teletrabajo y desconexión digital. No consta en el texto del convenio.
Formación. El convenio mantiene un acuerdo de formación continua, prevé planes adaptados a las necesidades profesionales y tecnológicas, reconoce la participación de la representación de las personas trabajadoras y contempla permisos individuales de formación cuando lo permitan las necesidades organizativas y productivas. También dispone una escuela de reciclaje para trabajadores mayores de 50 años que presten servicios en líneas de montaje, con el objetivo de facilitar su capacitación para tareas con menor exigencia ergonómica.
Conciliación y ayudas. Se contemplan 60 euros mensuales por cheque guardería, una ayuda escolar de 16 euros mensuales durante diez meses para hijos de entre tres y dieciséis años y una ayuda específica de 119,94 euros mensuales para determinados hijos con discapacidad. La misma cuantía mensual de 119,94 euros se prevé para quien tenga familiares a cargo en situación de dependencia y reúna los requisitos establecidos. También se regula una reducción especial de jornada para personas en periodo de recuperación tras una enfermedad oncológica, con reducción proporcional de salario entre un octavo y la mitad de la jornada diaria.
Cambios y novedades
Entre las novedades expresamente identificables en el propio texto destaca la nueva paga de beneficios consolidada de Horse Powertrain Spain. Para 2025 se establece un importe lineal de 400 euros brutos por persona, proporcional a los días de alta en la empresa, pagadero en enero de 2026, más un complemento excepcional de 150 euros brutos para quienes estén en plantilla a 31 de diciembre de 2025. Para 2026 se repite la estructura: 400 euros brutos, actualizables con la subida de convenio, pagaderos en enero de 2027, más otros 150 euros brutos excepcionales para quienes estén en plantilla a 31 de diciembre de 2026.
El convenio incorpora asimismo una nueva redacción del anexo VII y un nuevo anexo V, dedicado al Reglamento para la promoción de la iniciativa y la creatividad. Ambos elementos tienen reglas de duración específicas y el anexo V se extiende hasta el 31 de diciembre de 2026 sin prórroga automática.
También resulta relevante el anexo XII, que recoge medidas para la igualdad real y efectiva de las personas LGTBIQ+ y un protocolo frente al acoso y la violencia dirigidos contra este colectivo. Se incluyen medidas en selección, promoción, formación, sensibilización, comunicación y actuación frente a conductas de acoso o discriminación.
A quién afecta este convenio
Se trata de un convenio de empresa. Su ámbito funcional regula las relaciones entre Horse Powertrain Spain, S.L. y las personas trabajadoras incluidas en su ámbito personal. Territorialmente afecta a todos los centros de trabajo y delegaciones de la empresa existentes en la actualidad o que puedan crearse durante su vigencia.
El ámbito personal comprende, con carácter general, a la totalidad del personal que presta servicios en la empresa, con las exclusiones y particularidades que establece el artículo 4. Queda excluido el personal directivo y de alta gestión fuera del ámbito laboral común o con relación laboral especial. Para determinados mandos superiores se aplica el convenio salvo en las materias que tengan un régimen específico más favorable. El personal temporal, a tiempo parcial y con contrato formativo queda incluido en las materias y con la proporcionalidad que el propio convenio determina.
Por tanto, este convenio no debe presentarse como una norma aplicable a todo el sector de automoción ni a otras empresas. Su ámbito se limita a Horse Powertrain Spain, S.L. y a las personas trabajadoras incluidas en los términos pactados.
Impacto en empresa, RRHH y plantilla
- Nómina y compensación: RRHH debe aplicar las tablas y complementos que correspondan a cada centro, categoría, grupo y nivel, así como controlar las actualizaciones salariales y la paga de beneficios.
- Jornada y fichajes: el cómputo anual de 1.681,75 horas y el tratamiento de los excesos registrados exigen seguimiento operativo del tiempo de trabajo.
- Calendarios y vacaciones: la planificación debe respetar los 25 días laborables, las reglas de vacaciones colectivas y las particularidades por antigüedad.
- Permisos: conviene disponer de un procedimiento interno que reproduzca con precisión los motivos, duración, documentación y plazos de respuesta previstos en el convenio.
- Formación y carrera: la planificación formativa debe coordinarse con los órganos de participación previstos y con la evolución de puestos, competencias y necesidades tecnológicas.
- Igualdad y prevención del acoso: las medidas del anexo XII requieren difusión, formación y mecanismos internos coherentes con el protocolo pactado.
Cierre práctico: qué revisar ahora
- Confirmar qué personas y centros están incluidos en el ámbito del convenio.
- Actualizar tablas, complementos y paga de beneficios con los criterios económicos aplicables.
- Revisar calendario, jornada anual, registro de jornada y gestión de vacaciones.
- Adaptar formularios y procedimientos de permisos, formación, ayudas y medidas de igualdad.
- Comparar la aplicación interna con el texto oficial y documentar cualquier criterio interpretativo antes de comunicarlo a la plantilla.
Fuente oficial: Boletín Oficial del Estado, BOE-A-2026-16990, Convenio colectivo de Horse Powertrain Spain, S.L.
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