Programa Cultiva 2026: ayudas para estancias agrarias
Programa Cultiva 2026: convocatoria de subvenciones para estancias formativas agrarias
El Boletín Oficial del Estado ha publicado el Extracto de la Resolución de 4 de junio de 2026, de la Secretaría de Estado de Agricultura y Alimentación, por la que se convocan para el ejercicio 2026 las subvenciones destinadas a la organización del Programa Cultiva, relativo a estancias formativas de jóvenes agricultores.
La publicación aparece en el BOE número 140, de 9 de junio de 2026, página 30646, dentro de la sección V, Anuncios, apartado B, Otros anuncios oficiales. El departamento responsable es el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la referencia oficial de la publicación es BOE-B-2026-19387.
La convocatoria se identifica en la Base de Datos Nacional de Subvenciones con el código BDNS 910227. El propio extracto indica que el texto completo de la convocatoria puede consultarse en dicha base, de conformidad con los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
El contenido publicado en el BOE tiene un alcance claro: activa la convocatoria de subvenciones del ejercicio 2026 para entidades que participen en la organización del Programa Cultiva. No se trata de una convocatoria dirigida directamente a todos los jóvenes agricultores y ganaderos para solicitar estancia, sino de una convocatoria destinada a las entidades representativas y vinculadas con los sectores agrícola y ganadero que cumplan las condiciones previstas en las bases reguladoras.
Qué regula esta publicación del BOE
Esta publicación regula la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones correspondientes al ejercicio 2026 para organizar el Programa Cultiva. El programa se refiere a estancias formativas de jóvenes profesionales de la agricultura y la ganadería en explotaciones modelo.
La finalidad descrita en el texto oficial es financiar la organización de estas estancias formativas. El extracto vincula el programa con jóvenes profesionales de la agricultura y la ganadería y con explotaciones modelo, lo que sitúa la medida dentro del ámbito de la formación práctica y la transferencia de conocimiento en el sector agrario.
La resolución no aprueba nuevas bases reguladoras. Lo que hace es convocar subvenciones para 2026 tomando como referencia el Real Decreto 425/2021, de 15 de junio, y sus modificaciones posteriores. El extracto cita expresamente las modificaciones introducidas por el Real Decreto 607/2023, de 11 de julio; el Real Decreto 921/2024, de 17 de septiembre; el Real Decreto 1039/2025, de 19 de noviembre; y el Real Decreto 393/2026, de 13 de mayo.
Por tanto, el efecto principal de esta disposición es abrir la convocatoria anual de ayudas para entidades organizadoras del Programa Cultiva 2026, con una dotación económica máxima y un plazo concreto de presentación de solicitudes.
Programa Cultiva 2026: puntos clave del texto oficial
El extracto publicado en el BOE recoge los elementos esenciales de la convocatoria. Son datos suficientes para identificar qué se convoca, quién puede solicitar la ayuda, cuál es su finalidad, qué bases reguladoras se aplican, qué importe máximo se prevé y cuál es el plazo de presentación.
- Tipo de publicación: extracto de resolución de convocatoria de subvenciones.
- Órgano emisor: Secretaría de Estado de Agricultura y Alimentación.
- Departamento: Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
- Ejercicio convocado: 2026.
- Programa: Programa Cultiva.
- Objeto: organización de estancias formativas de jóvenes profesionales de la agricultura y la ganadería en explotaciones modelo.
- Procedimiento: concurrencia competitiva.
- Identificación BDNS: 910227.
- Importe máximo total: 1.200.000,00 euros.
- Plazo de solicitudes: 10 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOE.
La cuantía máxima total de la convocatoria es de 1.200.000,00 euros. El texto oficial añade que este importe podrá ser ampliable, condicionado a la existencia de crédito adicional y al cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 58 del Reglamento General de Subvenciones.
La convocatoria se tramita en régimen de concurrencia competitiva. Esto significa que las solicitudes se valoran conforme a los requisitos y criterios aplicables, y que la concesión de la ayuda depende de la comparación entre solicitudes dentro del marco presupuestario disponible. El extracto remite a los criterios de valoración previstos en el artículo 11 de las bases reguladoras.
A quién afecta o a quién se dirige
El texto oficial identifica como beneficiarias a las entidades representativas y vinculadas con los sectores agrícola y ganadero previstas en el artículo 2 de las bases reguladoras de estas subvenciones. Además, exige que cumplan los requisitos previstos en los artículos 4, 5 y 6 y los criterios de valoración establecidos en el artículo 11.
El extracto no enumera en detalle cada tipo de entidad beneficiaria ni desarrolla el contenido concreto de esos requisitos. Para ese nivel de detalle, el propio texto oficial remite a las bases reguladoras y a la Base de Datos Nacional de Subvenciones. En esta publicación concreta, el detalle individualizado de entidades, condiciones documentales y criterios de valoración aparece por remisión, no desarrollado dentro del extracto.
Respecto a las personas jóvenes profesionales de la agricultura y la ganadería, el texto las menciona como destinatarias de las estancias formativas en explotaciones modelo. Sin embargo, la convocatoria publicada en este extracto se dirige a la organización del programa por parte de entidades beneficiarias, no a la solicitud individual de plaza por parte de los jóvenes.
Destinatarios individualizados, requisitos personales de jóvenes participantes, número de plazas y características concretas de las estancias: No consta en el texto oficial.
Fechas, plazos y vigencia
La resolución está fechada el 4 de junio de 2026 y el extracto se publica en el BOE el 9 de junio de 2026. El plazo de presentación de solicitudes es de 10 días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación del extracto en el Boletín Oficial del Estado.
En consecuencia, el plazo comienza a computarse desde el 10 de junio de 2026. La fecha final exacta no aparece expresada en formato de día, mes y año dentro del extracto. Lo que sí consta de forma literal es la duración del plazo: 10 días hábiles desde el día siguiente a la publicación en el BOE.
La disposición no recoge en el extracto una fecha concreta de resolución, un calendario de ejecución de estancias, una fecha de justificación ni un régimen transitorio. En esos puntos, el dato aplicable dentro de esta publicación es: No consta en el texto oficial.
La firma corresponde a Madrid, 4 de junio de 2026. El extracto aparece firmado por la Secretaria de Estado de Agricultura y Alimentación, por delegación de la Orden APA/1511/2024, de 2 de diciembre, publicada en el BOE de 2 de enero de 2025, y por la Directora General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria, Isabel Bombal Díaz.
Bases reguladoras y normativa citada
El extracto identifica como bases reguladoras el Real Decreto 425/2021, de 15 de junio, por el que se establecen las bases de las subvenciones destinadas a la organización del Programa Cultiva. También cita varias modificaciones posteriores que forman parte del marco aplicable a la convocatoria de 2026.
- Real Decreto 425/2021, de 15 de junio.
- Real Decreto 607/2023, de 11 de julio.
- Real Decreto 921/2024, de 17 de septiembre.
- Real Decreto 1039/2025, de 19 de noviembre.
- Real Decreto 393/2026, de 13 de mayo.
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Artículo 58 del Reglamento General de Subvenciones, citado en relación con la posible ampliación del importe máximo total.
El texto no indica que esta resolución derogue, modifique o corrija una norma anterior. Su función es convocar las subvenciones del ejercicio 2026 dentro del marco ya definido por las bases reguladoras citadas.
Resumen final de la publicación
El BOE-B-2026-19387 publica el extracto de la convocatoria de subvenciones para el ejercicio 2026 destinadas a la organización del Programa Cultiva. La ayuda se dirige a entidades representativas y vinculadas con los sectores agrícola y ganadero que cumplan los requisitos previstos en las bases reguladoras.
El programa tiene como finalidad organizar estancias formativas de jóvenes profesionales de la agricultura y la ganadería en explotaciones modelo. La convocatoria se tramita en régimen de concurrencia competitiva y cuenta con un importe máximo total de 1.200.000,00 euros, ampliable si existe crédito adicional y se cumplen los requisitos reglamentarios.
El plazo de presentación de solicitudes es breve: 10 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOE. Por ello, las entidades interesadas deben revisar con rapidez su encaje en las bases reguladoras, la documentación exigida y los criterios de valoración aplicables.
Como síntesis final, esta publicación no establece nuevas obligaciones generales para el sector agrario, sino que activa una convocatoria específica de subvenciones para entidades organizadoras del Programa Cultiva 2026. Su impacto práctico se concentra en la presentación de solicitudes dentro del plazo y en la organización de estancias formativas vinculadas a jóvenes profesionales agrarios.
Fuente oficial: BOE-B-2026-19387, Extracto de la Resolución de 4 de junio de 2026.