Ley de simplificación administrativa La Rioja
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Ley de simplificación administrativa La Rioja: claves

Ley de simplificación administrativa La Rioja: 7 claves del BOE

Ley de simplificación administrativa La Rioja es la palabra clave que resume la publicación del BOE núm. 114, de 11 de mayo de 2026. El texto oficial publica la Ley 2/2026, de 28 de abril, de simplificación administrativa, mercado abierto y calidad normativa, aprobada por la Comunidad Autónoma de La Rioja.

La norma tiene un alcance amplio dentro del sector público autonómico riojano. Establece principios generales de simplificación, medidas organizativas, cambios en procedimientos administrativos, reglas sobre intervención administrativa, mercado abierto, transformación digital, inteligencia artificial, seguridad de la información, entidades colaboradoras de certificación, régimen sancionador y calidad normativa.

Su objetivo declarado es conseguir una Administración más sencilla y cercana, centrada en la ciudadanía, y contribuir a condiciones más favorables para la inversión, la innovación y la creación de empleo en La Rioja. El contenido tiene efectos prácticos relevantes para la Administración autonómica, para la ciudadanía que se relaciona con ella y para operadores económicos que desarrollen actividades en el territorio riojano.

Tabla de contenidos

Qué regula esta publicación del BOE

La publicación regula un nuevo marco autonómico para la simplificación administrativa en La Rioja. La ley se aplica a la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja, a sus organismos públicos y a los demás entes integrantes de su sector público cuando ejerzan potestades administrativas.

El texto define la simplificación administrativa como el conjunto de acciones dirigidas a reducir, modificar o eliminar fases, documentos, plazos, requisitos o trámites en los procedimientos y actuaciones administrativas. También vincula esta simplificación a la incorporación de tecnologías de la información y a la mejora de la calidad normativa, sin merma de los derechos y garantías de las personas interesadas.

La norma se organiza en un título preliminar y seis títulos. Sus grandes bloques son: organización administrativa para la simplificación; simplificación de procedimientos; intervención administrativa; mercado abierto; transformación digital; régimen sancionador; y calidad normativa. Además, incluye disposiciones adicionales, una disposición transitoria, una derogatoria y tres disposiciones finales.

Entre los criterios de simplificación recogidos figuran la mejora de la información sobre trámites y requisitos, el uso de lenguaje claro, la eliminación de procedimientos innecesarios, la normalización de formularios, la agrupación documental, la sustitución del silencio desestimatorio por estimatorio como regla general y la sustitución de autorizaciones y licencias por declaraciones responsables o comunicaciones cuando proceda.

Puntos clave del texto oficial

  • Nombre oficial: Ley 2/2026, de 28 de abril, de simplificación administrativa, mercado abierto y calidad normativa.
  • Referencia BOE: BOE-A-2026-10117.
  • Tipo de norma: Ley autonómica.
  • Materia principal: simplificación administrativa, mercado abierto, transformación digital, calidad normativa y régimen sancionador.
  • Ámbito geográfico: Comunidad Autónoma de La Rioja.
  • Organismo emisor: Comunidad Autónoma de La Rioja.
  • Publicación en BOE: BOE núm. 114, de 11 de mayo de 2026.
  • Publicación autonómica: Boletín Oficial de La Rioja núm. 80, de 29 de abril de 2026.
  • Fecha de disposición: 28 de abril de 2026.
  • Entrada en vigor: 30 de abril de 2026.
  • Cuantías económicas generales de la ley: No consta en el texto oficial.
  • Porcentajes: No consta en el texto oficial.

La ley deroga expresamente la Ley 5/2014, de 20 de octubre, de administración electrónica y simplificación administrativa. Además, modifica el capítulo I del título III de la Ley 4/2005, de 1 de junio, de funcionamiento y régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja, incorporando una nueva regulación sobre calidad normativa, Memoria de Análisis de Impacto Normativo y procedimiento de elaboración de leyes y reglamentos.

A quién afecta o a quién se dirige

La disposición se dirige principalmente a la Administración autonómica de La Rioja, sus organismos públicos y los entes de su sector público cuando ejerzan potestades administrativas. Dentro de la Administración, asigna funciones al Consejo de Gobierno, a la consejería competente en organización de servicios públicos, a la consejería competente en tecnologías de la información y comunicación, a las secretarías generales técnicas y al grupo de trabajo de simplificación administrativa.

También afecta a la ciudadanía y a las empresas que se relacionen con la Administración autonómica, porque regula aportación de documentos, formularios, plazos máximos para resolver, efectos del silencio administrativo, asistencia en medios electrónicos, espacio personalizado en la sede electrónica, servicios proactivos personalizados y reducción de cargas administrativas.

Además, tiene especial relevancia para operadores económicos legalmente establecidos en cualquier lugar del territorio español, ya que el título dedicado al mercado abierto reconoce, con carácter general, la eficacia en La Rioja de autorizaciones, licencias, habilitaciones, cualificaciones profesionales, declaraciones responsables, comunicaciones e inscripciones en registros obtenidas o presentadas ante otras autoridades competentes, con las excepciones previstas en la propia ley.

La norma también menciona a entidades colaboradoras de certificación, colegios profesionales, personas jurídicas que puedan acreditarse como entidades colaboradoras, organizaciones sindicales, organizaciones sociales, profesionales y empresariales, entidades del tercer sector de acción social y entidades locales de La Rioja.

Fechas, plazos y vigencia

  • Fecha de la ley: 28 de abril de 2026.
  • Publicación en el BOR: 29 de abril de 2026.
  • Entrada en vigor: 30 de abril de 2026.
  • Publicación en el BOE: 11 de mayo de 2026.
  • Constitución del Grupo de Trabajo de Simplificación Administrativa: un mes desde la entrada en vigor de la ley.
  • Revisión de procedimientos sobre plazos, silencio e informes: nueve meses desde la entrada en vigor.
  • Revisión de normativa sobre autorizaciones, licencias, declaraciones responsables, comunicaciones o libre establecimiento: nueve meses desde la entrada en vigor.
  • Directrices para la Memoria de Análisis de Impacto Normativo: doce meses desde la entrada en vigor.
  • Plataforma de gobernanza de datos: un año desde la entrada en vigor.
  • Decreto de creación del Registro general de entidades colaboradoras de certificación y del Registro de entes habilitados: seis meses desde la entrada en vigor.
  • Plan de Calidad y Simplificación Normativa: elaboración cada dos años por la consejería competente en organización de los servicios públicos.

En cuanto al régimen transitorio, mientras no entren en vigor las directrices para elaborar la Memoria de Análisis de Impacto Normativo, las memorias de los proyectos normativos se regirán por el régimen anterior previsto en la Ley 4/2005 y en la Ley 5/2014.

Ley de simplificación administrativa La Rioja y mercado abierto

Uno de los bloques más relevantes de la Ley de simplificación administrativa La Rioja es el dedicado al mercado abierto. La norma establece el principio de no discriminación de operadores económicos por razón del lugar de residencia o establecimiento y prevé que las disposiciones, actos y medios de intervención de autoridades competentes del resto del territorio nacional relacionados con el acceso o ejercicio de una actividad económica tengan eficacia en La Rioja.

El texto indica que, desde el momento en que un operador económico esté legalmente establecido en un lugar del territorio español, podrá ejercer su actividad económica en La Rioja, con establecimiento físico o sin él, siempre que cumpla los requisitos de acceso y ejercicio de la actividad del lugar de origen. También se prevé la libre circulación y oferta en La Rioja de productos legalmente producidos al amparo de la normativa de otro lugar del territorio español.

La ley contempla excepciones. El principio de eficacia no se aplica, entre otros supuestos, a autorizaciones, declaraciones responsables y comunicaciones vinculadas a una instalación o infraestructura física concreta, a determinados actos relacionados con ocupación de dominio público o cuando concurran razones de orden público, seguridad pública o protección civil debidamente motivadas.

Este bloque no elimina las facultades de comprobación e inspección de la Administración. De hecho, el texto regula la actividad de comprobación posterior de declaraciones responsables y comunicaciones, así como las consecuencias de inexactitudes, falsedades u omisiones de carácter esencial.

Transformación digital, datos e inteligencia artificial

La ley incorpora un título específico sobre transformación digital para la simplificación. Regula el derecho de ciudadanía y empresas a disponer de un espacio personalizado en la sede electrónica, denominado Carpeta ciudadana, desde el que puedan conocer el estado de tramitación de procedimientos, gestionar servicios, acceder a documentación, datos, notificaciones, comunicaciones y certificados.

También regula el ofrecimiento proactivo de servicios públicos personalizados, siempre con medidas adecuadas para proteger derechos, libertades e intereses legítimos. Cuando sea necesario tratar datos personales para prestar esos servicios, el texto exige consentimiento de la persona interesada, información conforme a la normativa de protección de datos y medidas de seguridad adecuadas.

Otro aspecto destacado es la creación de una plataforma de gobernanza de datos en el plazo de un año desde la entrada en vigor de la ley. La plataforma operará con los datos gestionados por los distintos órganos de la Administración en sus sistemas de información. Además, se aprobará una política de gobierno del dato para asegurar la calidad, seguridad e integridad de la información.

El texto también prevé la incorporación progresiva y ética de inteligencia artificial en procedimientos administrativos, con aplicaciones como automatización de procesos repetitivos, asistentes virtuales, análisis predictivo, personalización de servicios, detección de errores o fraudes, interoperabilidad y resolución automatizada de procesos administrativos o técnicos. La ley exige garantizar derechos y libertades y prevé la publicación de un inventario interoperable de sistemas de inteligencia artificial que tengan impacto en procedimientos administrativos o en la prestación de servicios públicos.

Régimen sancionador y entidades colaboradoras de certificación

La ley crea un marco para las entidades colaboradoras de certificación. Estas entidades podrán realizar funciones de comprobación, informe y certificación en los ámbitos en los que exista un régimen de intervención administrativa o en aquellos otros en que se establezca normativamente. La certificación documental acreditada tiene carácter voluntario para las personas interesadas y no sustituye el visado colegial ni las funciones propias de las respectivas profesiones.

El texto establece requisitos de acreditación, inscripción registral, obligaciones de confidencialidad, mantenimiento documental, incompatibilidades y responsabilidad de estas entidades. También prevé la creación del Registro general de entidades colaboradoras de certificación, que será público y accesible.

El régimen sancionador tipifica infracciones leves, graves y muy graves relacionadas con declaraciones responsables, comunicaciones y actuaciones de entidades colaboradoras de certificación. Las multas previstas son de 600 a 3.000 euros para infracciones leves, de 3.001 a 120.000 euros para graves y de 120.001 a 900.000 euros para muy graves. También pueden imponerse sanciones no pecuniarias en infracciones graves o muy graves, como inhabilitación, pérdida de acreditación, prohibición de obtener nueva acreditación y decomiso de beneficios en los casos previstos.

Servicios relacionados de Gestión de Implantaciones

El contenido de esta publicación permite una conexión directa con procesos de implantación, revisión documental y cumplimiento interno. La norma regula declaraciones responsables, comunicaciones, certificaciones, registros, trazabilidad documental, gobernanza de datos, seguridad de la información, procedimientos automatizados, análisis de riesgos y calidad normativa.

Gestión de Implantaciones puede ser relevante cuando una organización necesita revisar sus procedimientos internos para relacionarse con la Administración autonómica, ordenar evidencias documentales, preparar protocolos de gestión de declaraciones responsables o comunicaciones, mantener registros de certificaciones, revisar responsabilidades internas o adaptar circuitos de documentación y trazabilidad a nuevos modelos administrativos.

Esta conexión debe entenderse vinculada al contenido real de la ley: simplificación administrativa, documentación, certificación, seguridad, datos, registros, interoperabilidad y calidad normativa. No supone interpretar la norma como asesoramiento jurídico individualizado ni como sustitución del análisis específico de cada procedimiento.

Formate Online

La ley menciona expresamente la formación permanente y específica de las personas empleadas públicas en simplificación administrativa y competencias digitales. También prevé formación en materia de competencias digitales con especial atención a la orientación a la ciudadanía, la protección y la seguridad de la información, así como programas de formación continua en competencias digitales e inteligencia artificial.

Por ese motivo, Formate Online encaja de forma natural en acciones de actualización normativa, formación por perfiles, capacitación en administración electrónica, protección de datos, seguridad de la información, tramitación digital, uso responsable de inteligencia artificial, gestión documental y atención ciudadana en entornos digitales.

La formación puede ser especialmente útil para equipos que deban aplicar procedimientos simplificados, utilizar nuevas herramientas digitales, revisar modelos de documentación o participar en la implantación de sistemas de datos, automatización y calidad normativa.

Resumen final de la publicación

La Ley 2/2026 crea un marco autonómico amplio para simplificar la actuación administrativa en La Rioja. Su contenido combina organización interna, revisión de procedimientos, reducción de cargas, impulso de declaraciones responsables y comunicaciones, mercado abierto, transformación digital, gobernanza de datos, inteligencia artificial, seguridad, entidades colaboradoras de certificación, régimen sancionador y calidad normativa.

La norma tiene efectos principalmente administrativos y procedimentales, aunque también puede incidir en la forma en que empresas, ciudadanía y operadores económicos se relacionan con la Administración autonómica. No regula ayudas económicas concretas ni fija porcentajes generales, pero sí establece plazos relevantes de implantación, nuevas obligaciones organizativas para la Administración y un régimen sancionador vinculado a declaraciones responsables, comunicaciones y certificaciones.

Cierre práctico con 4 o 5 pasos

  1. Identificar si los procedimientos afectados se tramitan ante la Administración autonómica de La Rioja o su sector público.
  2. Revisar si el procedimiento se basa en autorización, licencia, declaración responsable, comunicación o libre establecimiento.
  3. Comprobar documentación, formularios, registros internos, plazos y evidencias vinculadas al procedimiento concreto.
  4. Valorar necesidades de actualización en administración electrónica, datos, protección de información, IA o trazabilidad documental.
  5. Seguir la evolución reglamentaria de registros, directrices MAIN, plataforma de gobernanza de datos y medidas de implantación previstas por la ley.

En síntesis, la Ley de simplificación administrativa La Rioja constituye una norma estructural para reorganizar procedimientos, reducir cargas, ampliar el mercado abierto y reforzar la transformación digital de la Administración autonómica. Su aplicación práctica dependerá de la revisión de procedimientos, del desarrollo reglamentario y de las medidas de implantación previstas en los plazos fijados por el propio texto.

Fuente oficial: BOE-A-2026-10117. Ley 2/2026, de 28 de abril.

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