Subvenciones economía social y RSE 2026: 7 claves
Subvenciones economía social y RSE 2026: convocatoria BOE
Subvenciones economía social y RSE 2026 es la palabra clave de esta publicación del BOE, que recoge el extracto de la Resolución de 25 de junio de 2026 de la Secretaría de Estado de Economía Social por la que se aprueba una convocatoria de ayudas para proyectos de economía social, responsabilidad social de las empresas y gastos de funcionamiento de entidades representativas.
El anuncio aparece publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 159, de 1 de julio de 2026, dentro de la sección V, Anuncios, apartado B, Otros anuncios oficiales, con la referencia BOE-B-2026-22418. El propio extracto identifica la convocatoria con el código BDNS 915702 y remite al Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones para consultar el texto íntegro.
La publicación tiene un contenido principalmente subvencional y administrativo. No establece una obligación general para todas las empresas ni crea un régimen sancionador específico. Su interés práctico se centra en delimitar qué entidades pueden ser beneficiarias, qué finalidad persiguen las ayudas, qué importes máximos se contemplan y qué reglas básicas de presentación, financiación y recurso se anuncian en el texto oficial.
- Convocatoria de subvenciones vinculada a economía social y responsabilidad social de las empresas.
- Financiación de proyectos y gastos de funcionamiento de entidades asociativas y representativas.
- Procedimiento de concesión en régimen de concurrencia competitiva.
- Presupuesto máximo total de 7.943.380,00 euros con cargo a los Presupuestos Generales del Estado de 2026.
- Entrada en vigor el día siguiente a la publicación del extracto en el BOE.
Qué regula esta publicación del BOE sobre subvenciones economía social y RSE 2026
El extracto regula la convocatoria para conceder subvenciones destinadas a financiar gastos derivados de la realización de proyectos de economía social y de responsabilidad social de las empresas. También contempla la financiación parcial de gastos de funcionamiento de entidades asociativas y representativas de la economía social de ámbito estatal, con la finalidad de facilitar el cumplimiento de sus fines propios.
El órgano emisor que figura en la disposición es la Secretaría de Estado de Economía Social, integrada en el Ministerio de Trabajo y Economía Social. La fecha de la resolución es el 25 de junio de 2026 y la fecha de publicación en el BOE es el 1 de julio de 2026.
La convocatoria se apoya en la Orden TES/567/2026, de 27 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a actividades de promoción de la economía social y de la responsabilidad social de las empresas, así como a gastos de funcionamiento de entes representativos de la economía social de ámbito estatal. El extracto indica que dicha orden fue publicada en el BOE número 138, de 6 de junio de 2026.
El procedimiento de concesión será de concurrencia competitiva. Según el texto, la concesión se ajustará a los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación previstos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Puntos clave del texto oficial
El primer punto relevante es la identificación de tres líneas de subvención. Las líneas 1 y 2 se dirigen a proyectos vinculados a economía social y responsabilidad social de las empresas. La línea 3 se refiere a gastos necesarios para el funcionamiento ordinario de entidades asociativas y representativas, conforme a la definición incluida en la Orden de Bases.
En cuanto a las cuantías individualizadas, el extracto fija importes máximos de 165.000 euros y 55.000 euros para determinadas actividades de las líneas 1 y 2, según los apartados concretos del artículo 6.2 de la Orden de Bases. Para la línea 3, el texto se remite a los gastos necesarios para el funcionamiento ordinario de las entidades asociativas y representativas.
La ayuda concedida no podrá superar el coste total del proyecto ni el importe solicitado. En las líneas 1 y 2, el porcentaje del coste total del proyecto que puede financiarse podrá alcanzar hasta el 85 %. La entidad beneficiaria deberá aportar, al menos, el 15 % de los costes totales de la actividad. En la línea 3, el extracto prevé que puedan financiarse hasta el 100 % de los gastos de funcionamiento presentados.
El importe total máximo previsto para la convocatoria es de 7.943.380,00 euros. El texto distribuye esa cantidad entre varias aplicaciones presupuestarias del Ministerio de Trabajo y Economía Social para el ejercicio 2026: 100.000,00 euros, 50.000,00 euros, 150.000,00 euros, 50.000,00 euros, 150.000,00 euros, 3.080.370,00 euros, 1.550.000,00 euros y 2.813.010 euros.
Los créditos tienen carácter estimativo. El extracto indica que, en caso de remanente de crédito en alguno de los grupos de entidades, podrá acordarse la reasignación de ese crédito a otros grupos en los que no exista disponibilidad presupuestaria suficiente para atender todas las solicitudes.
- Qué se aprueba: una convocatoria de subvenciones para proyectos de economía social, RSE y gastos de funcionamiento.
- Qué se modifica: No consta en el texto oficial.
- Qué se desarrolla: la convocatoria vinculada a la Orden TES/567/2026, de 27 de mayo.
- Qué se prorroga: No consta en el texto oficial.
- Qué se deroga: No consta en el texto oficial.
- Régimen transitorio: No consta en el texto oficial.
- Régimen sancionador específico: No consta en el texto oficial.
A quién afecta o a quién se dirige
El texto oficial menciona como posibles beneficiarias, en las líneas 1 y 2, a entidades asociativas de cooperativas, sociedades laborales, empresas de inserción, centros especiales de empleo de iniciativa social, mutualidades, cofradías de pescadores y otras entidades que formen parte de la economía social. También incluye entidades representativas de la economía social de ámbito estatal, asociaciones, fundaciones y universidades públicas. En la línea 2 se añaden las entidades locales que pertenezcan a la Red Retos.
Para la línea 3, el extracto menciona entidades asociativas de carácter intersectorial y ámbito estatal, entidades asociativas de carácter sectorial y ámbito estatal, y entidades representativas de la economía social de ámbito estatal. El texto vincula estas entidades a cooperativas, sociedades laborales, empresas de inserción, centros especiales de empleo de iniciativa social, mutualidades, cofradías de pescadores y otros entes representativos de la economía social.
Además, las entidades beneficiarias deberán cumplir varios requisitos generales expresamente indicados: tener contratada por cuenta ajena al menos una persona trabajadora a tiempo completo, gozar de personalidad jurídica, estar legalmente constituidas y estar inscritas en el registro público correspondiente cuando proceda. También deberán no estar incursas en las prohibiciones reguladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
La publicación no se dirige de forma general a cualquier empresa, persona autónoma o particular. Su ámbito subjetivo está delimitado por las categorías de entidades que el extracto relaciona y por las bases reguladoras citadas.
Fechas, plazos y vigencia
La resolución lleva fecha de 25 de junio de 2026. La publicación del extracto en el BOE se produce el 1 de julio de 2026. La entrada en vigor se fija para el día siguiente al de la publicación del extracto en el «Boletín Oficial del Estado», por lo que, según los datos del anuncio, la convocatoria entra en vigor el 2 de julio de 2026.
El plazo de presentación de solicitudes será el que se establezca en la convocatoria. El extracto añade una regla mínima: no podrá ser inferior a quince días a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOE. La fecha exacta de cierre del plazo no consta en el extracto publicado.
En materia de recursos, la resolución de convocatoria pone fin a la vía administrativa. El texto indica que puede interponerse recurso potestativo de reposición ante el órgano que dictó la resolución en el plazo de un mes, conforme a los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. También prevé la posibilidad de recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional. Ambos plazos se computan desde el día siguiente al de la publicación en el BOE.
- Fecha de la resolución: 25 de junio de 2026.
- Fecha de publicación en BOE: 1 de julio de 2026.
- Entrada en vigor: 2 de julio de 2026.
- Plazo de solicitudes: el que establezca la convocatoria; no inferior a quince días desde el día siguiente a la publicación.
- Fecha exacta de cierre de solicitudes: No consta en el texto oficial.
Resumen final de la publicación
La disposición publicada en el BOE anuncia una convocatoria estatal de subvenciones para financiar proyectos de economía social y responsabilidad social de las empresas, así como determinados gastos de funcionamiento de entidades asociativas y representativas de la economía social de ámbito estatal.
El extracto concreta quiénes pueden ser beneficiarios, cuáles son los requisitos generales de acceso, el régimen de concurrencia competitiva, los límites económicos por línea, el porcentaje máximo de financiación y el presupuesto máximo total. También identifica la Orden TES/567/2026 como base reguladora, la referencia BDNS 915702 y los cauces de recurso frente a la resolución de convocatoria.
Desde el punto de vista práctico, es una publicación relevante para entidades de la economía social, entidades representativas, asociaciones, fundaciones, universidades públicas y entidades locales de la Red Retos en los supuestos expresamente mencionados. Para el resto de empresas o personas físicas, el extracto no establece una obligación directa ni un cambio normativo general.
Cierre práctico con 5 pasos
- Comprobar si la entidad está incluida entre las beneficiarias mencionadas para la línea que corresponda.
- Revisar los requisitos generales: personalidad jurídica, constitución legal, inscripción registral cuando proceda y contratación de al menos una persona trabajadora a tiempo completo.
- Consultar el texto íntegro de la convocatoria en la BDNS mediante el identificador 915702.
- Valorar la línea aplicable, el límite económico y el porcentaje máximo de financiación previsto.
- Confirmar el plazo concreto de presentación de solicitudes en la convocatoria completa, ya que el extracto solo fija que no podrá ser inferior a quince días.
En síntesis, el BOE publica una convocatoria de ayudas con un presupuesto máximo de 7.943.380,00 euros para proyectos de economía social, responsabilidad social de las empresas y gastos de funcionamiento de determinadas entidades representativas. Su efecto principal es abrir un marco de financiación sujeto a concurrencia competitiva y a las bases de la Orden TES/567/2026.
Fuente oficial: BOE-B-2026-22418, publicado en el BOE número 159, de 1 de julio de 2026.