tablas salariales Exide Technologies 2026
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Tablas salariales Exide Technologies 2026: subida

Tablas salariales Exide Technologies 2026: subida del 4,4 %

El Boletín Oficial del Estado publicó el 17 de julio de 2026 la revisión de las condiciones económicas del VIII Convenio Colectivo de Exide Technologies España, SLU. Las nuevas cuantías tienen efectos desde el 1 de abril de 2026 hasta el 31 de marzo de 2027, periodo que la empresa identifica como FY’27.

El acuerdo fue firmado el 20 de abril de 2026 por la Comisión Paritaria, integrada por representantes de la dirección y del Comité Intercentros. Su contenido se centra exclusivamente en salarios y conceptos económicos. La subida pactada es del 4,4 %, resultado de sumar un punto al IPC nacional del periodo de referencia, fijado en el 3,4 %.

Exide Technologies desarrolla actividades industriales relacionadas con la fabricación, comercialización y gestión de baterías y soluciones de almacenamiento de energía. La revisión afecta directamente a la empresa, a su plantilla incluida en el convenio y a los departamentos de RRHH, nóminas y administración laboral encargados de aplicar las nuevas tablas.


Resumen de las tablas salariales Exide Technologies 2026

Las tablas salariales Exide Technologies 2026 recogen las condiciones económicas aplicables entre el 1 de abril de 2026 y el 31 de marzo de 2027. La revisión alcanza las cuatro tablas del convenio: personal de mano de obra, empleados y subalternos, premios de permanencia y otros conceptos económicos.

  • Incremento general: 4,4 % sobre las tablas del FY’26.
  • Periodo de aplicación: del 1 de abril de 2026 al 31 de marzo de 2027.
  • Salario: se actualizan el salario base, los complementos por toxicidad o puesto, productividad y calidad, gratificaciones extraordinarias, beneficios, quinquenios y valor de las horas extraordinarias.
  • Pluses ad personam: se incrementan un 4,4 % para la totalidad de las personas de la plantilla que tengan reconocido este concepto.
  • Premios de permanencia: se actualizan un 4,4 % los derechos consolidados correspondientes a los premios de 35 y 40 años. El anexo público también fija las cuantías del premio de 25 años.
  • Jornada: No consta en el texto del convenio.
  • Vacaciones: No consta en el texto del convenio.
  • Permisos y licencias: No consta en el texto del convenio.
  • Teletrabajo y desconexión: No consta en el texto del convenio.
  • Formación: solo se actualiza el plus de compensación para la formación, que queda fijado en 14,36 euros por hora. No consta en el texto del convenio una modificación del sistema de formación.
  • Conciliación: No consta en el texto del convenio.

En la tabla de mano de obra, los salarios brutos anuales publicados ofrecen referencias desde 27.475,22 euros para la categoría de peón o peona especialista de producción, montaje o posventa de nivel C, hasta 37.770,40 euros para oficial de primera de mantenimiento o taller con la condición J.E. El valor de la hora extraordinaria se sitúa entre 23,10 y 23,92 euros en las categorías incluidas en esta tabla.

La tabla de empleados y subalternos presenta un abanico más amplio. El salario bruto anual parte de 23.430,53 euros para controlador, recepcionista, portero u ordenanza y alcanza 42.600,99 euros para ingeniería o licenciatura de tercer año o nivel superior. En este grupo, el valor de la hora extraordinaria va desde 15,32 euros hasta 27,89 euros, dependiendo de la categoría profesional.

Estas cifras son importes brutos anuales formados por varios conceptos, no una única cantidad mensual. Para comprobar una nómina concreta, RRHH debe identificar la categoría profesional, los complementos aplicables, la antigüedad, la productividad, las gratificaciones y las circunstancias particulares de cada persona.

Cambios y novedades

La principal novedad es la actualización del 4,4 %. La fórmula prevista en el VIII Convenio Colectivo toma el IPC real nacional del periodo comprendido entre marzo de 2025 y marzo de 2026, cifrado en el 3,4 %, y añade un punto porcentual. El resultado se aplica a las condiciones económicas del ejercicio anterior para obtener las tablas del FY’27.

La revisión no se limita al salario base. También modifica complementos y derechos económicos que pueden representar una parte relevante de la retribución final. Entre ellos se encuentran los pluses de nocturnidad, festivos, flexibilidad, jornada partida, coordinación, formación, dietas, quebranto de moneda y el plus variable progresivo.

  • Plus de nocturnidad: 19,86 euros diarios.
  • Trabajo en festivo: 61,04 euros diarios.
  • Flexibilidad por paro técnico: 41,72 euros diarios.
  • Flexibilidad por jornada adicional: 59,43 euros diarios.
  • Jornada partida: 204,86 euros mensuales.
  • Permanencia durante el descanso: 3,73 euros diarios.
  • Coordinación de jefes de equipo: 1.573,69 euros anuales.
  • Compensación para la formación: 14,36 euros por hora.
  • Quebranto de moneda: 108,46 euros mensuales.

Las dietas de viaje también se actualizan y varían según el grupo profesional. La cuantía diaria alcanza 115 euros para ingeniería y licenciatura, 110,49 euros para determinados perfiles universitarios, 105,98 euros para jefaturas administrativas y de taller, 101,47 euros para oficiales y categorías asimiladas y 90,18 euros para el resto del personal. En el servicio posventa se fijan 19,76 euros para comida y 18,44 euros para cena.

El premio de permanencia de 25 años oscila entre 7.723,21 y 9.640,72 euros, según la categoría. La Comisión Paritaria también actualiza en un 4,4 % los derechos consolidados de los premios de 35 y 40 años, aunque los listados individuales no se publican porque contienen datos personales. Las personas interesadas pueden consultarlos en los archivos del Departamento de RRHH de Exide Technologies en Zaragoza.

Otra novedad práctica afecta al proceso de nómina. Los anticipos a cuenta se realizarán con fecha valor del día 26 de cada mes y tendrán una cuantía lo más próxima posible a la retribución neta fija mensual. No incluirán los pluses variables generados en ese periodo. Estos conceptos se incorporarán a la liquidación definitiva mensual, que deberá transferirse antes del día 10 del mes siguiente.

Impacto en empresa, RRHH y plantilla

Para Exide Technologies, la revisión implica aplicar los nuevos importes con efectos desde el 1 de abril de 2026. Si las nóminas de los primeros meses del periodo se calcularon con las cuantías anteriores, la empresa deberá revisar si corresponde abonar atrasos y reflejarlos de forma comprensible en el recibo salarial.

RRHH y nóminas deben cargar correctamente las cuatro tablas, comprobar la clasificación profesional y actualizar los conceptos fijos y variables. También deben revisar los valores de horas extraordinarias, dietas, nocturnidad, festivos, antigüedad, premios de permanencia y pluses personales. Un error en cualquiera de estos elementos puede afectar tanto al bruto mensual como a cotizaciones, retenciones y bases de cálculo posteriores.

La actualización de los pluses ad personam requiere especial control porque los importes se encuentran en un listado individual que no forma parte de la publicación oficial. RRHH debe conservar la documentación, facilitar la consulta a las personas interesadas y garantizar que el tratamiento de esos datos respeta las medidas de confidencialidad y protección de datos.

La nueva operativa de anticipos obliga a diferenciar claramente entre el adelanto de la retribución fija y la liquidación definitiva. La plantilla debe poder identificar qué cantidades se abonan el día 26, qué variables quedan pendientes y cuándo se regularizan. Resulta recomendable acompañar el cambio con una comunicación interna sencilla y un canal para resolver incidencias.

Para la plantilla, el efecto más relevante es el incremento del 4,4 % en los conceptos incluidos en las tablas y derechos económicos actualizados. No obstante, la cuantía concreta dependerá de la categoría, el puesto, los complementos, la antigüedad y las situaciones efectivamente realizadas durante el mes.

Los profesionales autónomos no están incluidos directamente en este convenio de empresa y no adquieren por esta revisión derechos salariales, pluses, premios o anticipos. Solo podría existir una repercusión comercial indirecta para proveedores o contratistas cuando sus servicios estén vinculados a costes o condiciones contractuales pactadas con Exide, pero no por aplicación del convenio colectivo.


Pasos prácticos para aplicar la revisión salarial

  1. Identificar la categoría profesional, los complementos y los derechos individuales aplicables a cada persona de la plantilla.
  2. Actualizar en el sistema de nómina las tablas I, II, III y IV con efectos desde el 1 de abril de 2026.
  3. Calcular y abonar, cuando proceda, las diferencias o atrasos generados desde la fecha de efectos económicos.
  4. Adaptar el proceso de anticipos del día 26 y la liquidación definitiva anterior al día 10 del mes siguiente.
  5. Informar a la plantilla y archivar los cálculos, listados y justificantes con las medidas adecuadas de protección de datos.

Fuente oficial: Revisión de las tablas salariales del Convenio Colectivo de Exide Technologies España, SLU.

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