Convenio gestión y mediación inmobiliaria 2026: claves
Convenio gestión y mediación inmobiliaria 2026: salarios y claves para RRHH
El convenio gestión y mediación inmobiliaria 2026 incorpora una actualización relevante para empresas y departamentos de Recursos Humanos: el BOE de 3 de septiembre de 2026 publica el acta de la Comisión Paritaria que corrige las tablas salariales anteriores, convierte en definitivas las tablas iniciales de 2025 y aprueba las tablas salariales definitivas para 2026 con un incremento del 3 % sobre las definitivas de 2025. Esta actualización debe leerse junto con el VIII Convenio colectivo estatal para las empresas de gestión y mediación inmobiliaria, cuya vigencia alcanza hasta el 31 de diciembre de 2026.
Resumen de los puntos del convenio gestión y mediación inmobiliaria 2026
- Tipo de convenio: convenio colectivo sectorial estatal.
- Ámbito funcional: empresas que se dedican principalmente a la gestión y mediación inmobiliaria, entendida como la actividad remunerada dirigida a poner en relación a futuros contratantes interesados en una operación inmobiliaria y facilitar, en su caso, la celebración del contrato.
- Ámbito territorial: todo el territorio del Estado español para las empresas y personas incluidas en sus ámbitos funcional y personal.
- Ámbito personal: personal por cuenta ajena de las empresas incluidas en el ámbito funcional, con las exclusiones previstas expresamente en el convenio.
- Vigencia: el VIII Convenio fue firmado el 9 de julio de 2024; sus condiciones económicas producen efectos desde el 1 de enero de 2024 y su vigencia finaliza el 31 de diciembre de 2026.
- Jornada ordinaria: 1.772 horas anuales de trabajo efectivo, salvo empresas con una jornada inferior pactada.
- Vacaciones: 32 días naturales retribuidos al año, con reglas específicas sobre calendario, fraccionamiento y coincidencia con determinadas situaciones de incapacidad temporal o suspensión del contrato.
- Días adicionales: dos días de libre disposición retribuidos al año y un día retribuido que coincidirá con el 24 o el 31 de diciembre, según acuerdo entre empresa y persona trabajadora.
- Teletrabajo: voluntario, reversible y documentado por escrito. La tabla de 2026 fija una compensación de 1,60 euros por día de trabajo a distancia efectivo.
- Formación: el convenio establece un mínimo de 20 horas anuales de formación dentro del cómputo de jornada para cada persona trabajadora.
Cambios y novedades
La novedad publicada el 3 de septiembre de 2026 es principalmente económica. La Comisión Paritaria constata que las tasas de variación anual del IPC consideradas en el acta son inferiores al incremento salarial del 3 % previsto en el artículo 28 del convenio. Por ello, ratifica como definitivas las tablas salariales iniciales de 2025 y aplica un 3 % de incremento para elaborar las tablas de 2026, corrigiendo las aprobadas en el acta de 30 de junio de 2026 y publicadas en agosto.
En salario base anual para jornada completa y catorce pagas, las cuantías de 2026 quedan, entre otras, en 21.926,17 euros para director/a gerente y director/a administrativo/a; 17.073,28 euros para director/a comercial y director/a de oficina; 25.529,78 euros para técnico/a de gestión de activos con titulación de grado superior; 23.842,53 euros para grado medio; 19.626,57 euros para técnicos/as de tasación, sostenibilidad, coordinadores/as, secretarios/as y oficiales administrativos; 17.246,02 euros para gestión de marketing y comunicación; 17.949,03 euros para administrativo/a 1; 17.325,17 euros para oficial de servicios; y 17.073,28 euros para varios perfiles de nivel 2, comerciales y auxiliares.
También se actualizan otros conceptos. El plus de polivalencia para el grupo IV alcanza 843,39 euros; el plus de responsabilidad, 2.699,87 euros anuales; y el plus de vinculación oscila desde 425,65 euros a los tres años hasta 2.528,63 euros a los dieciocho años. El precio de las horas extraordinarias de 2026 varía según perfil, desde 15,00 euros hasta 21,22 euros por hora. El kilometraje se fija en 0,32 euros por kilómetro, las dietas en 18,04 euros por una comida y 36,07 euros por dos comidas, y la ayuda a guardería para cada hijo o hija menor de tres años alcanza 742,63 euros anuales, con los requisitos establecidos en el convenio.
A quién afecta este convenio
Se trata de un convenio sectorial estatal, no de un convenio de empresa. Afecta a las empresas cuya actividad principal sea la gestión y mediación inmobiliaria y al personal por cuenta ajena incluido en su ámbito personal en todo el Estado español. El texto excluye expresamente, entre otros colectivos, a determinadas personas administradoras o consejeras delegadas, alta dirección, determinadas relaciones laborales especiales, personal de otras empresas subcontratadas, profesionales por cuenta propia que mantengan una relación de prestación de servicios y titulares de licencias, sublicencias, franquicias o subfranquicias.
Para RRHH es importante no extender automáticamente el convenio a cualquier actividad vinculada con inmuebles. El criterio funcional se centra en empresas dedicadas principalmente a la mediación inmobiliaria en los términos definidos por el propio convenio. La correcta clasificación de la actividad empresarial y de la relación laboral resulta esencial antes de aplicar tablas salariales, jornada, permisos o cualquier otro derecho convencional.
Impacto en empresa, RRHH y plantilla
El primer impacto práctico del convenio gestión y mediación inmobiliaria 2026 es revisar nóminas, categorías profesionales y complementos para comprobar que las cuantías aplicadas coinciden con las tablas de 2026. También conviene revisar atrasos o diferencias que pudieran derivarse de la corrección publicada por la Comisión Paritaria.
En organización del tiempo de trabajo, la referencia general es una jornada de 1.772 horas anuales. El convenio permite distribución irregular con condiciones y límites, exige elaborar calendario laboral y regula el registro de jornada. Las empresas deben disponer de un sistema que refleje de forma fidedigna el inicio y la finalización de la jornada y que respete la intimidad, la protección de datos y los derechos digitales.
En vacaciones, la plantilla dispone de 32 días naturales retribuidos. El calendario debe conocerse con dos meses de antelación y, por acuerdo, las vacaciones pueden fraccionarse en periodos que no sean inferiores a siete días naturales, garantizando al menos un tercio del periodo vacacional entre el 1 de junio y el último día de septiembre. Se añaden dos días de libre disposición retribuidos y un día retribuido a elegir entre el 24 y el 31 de diciembre.
En permisos, destacan 15 días naturales por matrimonio o registro de pareja de hecho; cinco días laborables por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario en los supuestos contemplados; dos días laborables por fallecimiento, ampliables en dos días cuando sea necesario desplazamiento; y permisos vinculados a deberes públicos, exámenes, atención médica y determinadas urgencias familiares. El convenio también regula licencias no retribuidas y medidas de conciliación.
El teletrabajo debe formalizarse mediante acuerdo individual escrito y es reversible. En 2026, además de los medios que correspondan, la compensación general por gastos restantes se actualiza a 1,60 euros por día efectivo de trabajo a distancia. El derecho a la desconexión digital se reconoce tanto para trabajo presencial como a distancia: fuera de la jornada no existe obligación de responder comunicaciones, salvo las situaciones excepcionales muy justificadas previstas en el convenio.
En formación, el convenio impulsa la formación programada por las empresas, el uso del crédito de formación y los permisos individuales de formación. Además, fija un mínimo de 20 horas anuales de formación por persona dentro del cómputo anual de jornada. Cuando excepcionalmente una formación requerida por la empresa deba realizarse fuera del horario laboral, el tiempo se compensa con descanso equivalente.
Servicios relacionados de Gestión de Implantaciones
La aplicación práctica de un convenio sectorial no se limita a actualizar salarios. Las empresas también deben coordinar sus obligaciones laborales y organizativas con la protección de datos y los derechos digitales. Gestión de Implantaciones puede apoyar la implantación y revisión de medidas relacionadas con LOPD y RGPD, canal de denuncias, protocolos frente al acoso, LSSI, registro de jornada, registro salarial y políticas de desconexión digital.
Formate Online
El convenio gestión y mediación inmobiliaria 2026 también refuerza la importancia de la formación profesional para el empleo. Formate Online ofrece formación privada y bonificada por sector en modalidad e-learning, una opción útil para planificar acciones formativas vinculadas a las necesidades de la empresa, actualizar competencias y facilitar el cumplimiento de los planes internos de formación.
Cierre práctico: qué revisar ahora
- Confirmar que la empresa está incluida realmente en el ámbito funcional del convenio sectorial estatal.
- Revisar grupo, nivel profesional, salario base y complementos con las tablas publicadas para 2026.
- Comprobar jornada anual, calendario, vacaciones, permisos, registro horario y reglas de teletrabajo.
- Actualizar procedimientos internos de desconexión digital, protección de datos, igualdad, acoso y registro salarial cuando proceda.
- Documentar las revisiones realizadas y comunicar a la plantilla los cambios que tengan impacto en nómina o condiciones de trabajo.
Fuente oficial: BOE-A-2026-18565, Resolución de 26 de agosto de 2026. Texto del VIII Convenio colectivo estatal: BOE-A-2024-19363.
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