Convenio pilotos Eurowings España: 7 claves laborales
Convenio pilotos Eurowings España: salarios, descansos y claves 2026-2027
El Convenio Colectivo de Pilotos de Eurowings Europe Limited en España establece el marco laboral para el personal técnico de vuelo de la compañía con base de trabajo en España. Fue suscrito el 3 de marzo de 2026, subsanado mediante acta de 3 de agosto de 2026 y publicado en el BOE el 4 de septiembre de 2026. Aunque su publicación es de 2026, el convenio entra en vigor con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2025 y mantiene su vigencia general hasta el 31 de diciembre de 2027, con las reglas de prórroga previstas en el propio texto.
Se trata de un convenio de empresa, no de un convenio sectorial. Afecta exclusivamente a los pilotos contratados por Eurowings Europe Ltd. como personal técnico de vuelo, incluidos Comandantes y Copilotos, cuyo lugar de trabajo o “home base” esté situado en España. Por tanto, sus condiciones no pueden generalizarse al conjunto de las compañías aéreas ni a otros colectivos de la propia actividad aeronáutica.
Resumen del convenio pilotos Eurowings España
- Tipo de convenio: convenio de empresa aplicable exclusivamente a los pilotos de Eurowings Europe Ltd. con home base en España.
- Vigencia: efectos desde el 1 de enero de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2027, con posible prórroga automática de doce meses si no se denuncia con la antelación pactada.
- Salario: se establecen tablas mensuales diferenciadas para Comandantes y Copilotos, con niveles ligados a la clasificación y progresión profesional.
- Jornada anual: No consta en el texto del convenio.
- Tiempo de trabajo y descansos: se regulan mediante tiempos de vuelo, servicio y descanso, programación mensual y reglas específicas. El convenio reconoce 132 días libres por año natural.
- Vacaciones: mínimo de 30 días naturales al año, aumentando por antigüedad hasta un máximo de 42 días naturales.
- Permisos retribuidos: se reconocen conforme a la legislación española y deben acreditarse en los términos legalmente exigidos.
- Teletrabajo: No consta en el texto del convenio.
- Desconexión digital: No consta en el texto del convenio.
- Formación: la empresa asume los costes de la formación inicial y de perfeccionamiento requerida para la actividad, incluidos desplazamiento y alojamiento.
Cambios y novedades
Uno de los puntos con mayor impacto económico son las tablas salariales. El salario base se abona en 12 mensualidades ordinarias e incluye la parte proporcional de las pagas extraordinarias. A este salario se pueden sumar la remuneración variable por tiempo de servicio relevante y otros complementos previstos en el convenio, en acuerdos de empresa o en el contrato de trabajo.
Para 2026, la tabla de salario base mensual parte de 8.450,85 euros para un Comandante en nivel 1 y alcanza 13.047,86 euros en el nivel 18. En el caso de los Copilotos, la tabla de 2026 va desde 4.598,89 euros en el nivel 1 hasta 5.981,76 euros en el nivel 13. Además, desde el 1 de enero de 2026 la categoría de Comandante se amplía hasta 18 niveles salariales.
Para 2027, los salarios base mensuales publicados oscilan entre 8.831,14 y 13.635,02 euros para Comandantes y entre 4.805,85 y 6.250,94 euros para Copilotos. La progresión entre niveles está vinculada al tiempo de permanencia y a las reglas de clasificación previstas en el convenio.
El texto establece además pagos de cuantía fija junto con las nóminas de mayo y noviembre: 1.000 euros en cada uno de esos meses para Comandantes y 800 euros para Copilotos. También se pactó un pago único bruto de 9.000 euros con la nómina de febrero de 2026 para quienes hubieran estado empleados y basados en España durante 2025 y continuaran en activo en España a 31 de enero de 2026, con el prorrateo previsto en el convenio.
Las partes manifiestan igualmente su intención de implantar un programa opcional de retribución flexible. Si dicho programa no pudiera implantarse antes del 1 de julio de 2026, el convenio dispone que los importes anuales del pago a tanto alzado pasarían a 2.500 euros para Comandantes y 2.000 euros para Copilotos. La aplicación práctica de esta condición debe comprobarse antes de comunicar una cuantía individual.
En la planificación del servicio hay una modificación relevante con efectos desde el 1 de febrero de 2026. El número máximo ordinario de días de actividad programados de forma consecutiva pasa a ser seis. La persona trabajadora puede optar por un periodo ampliado de hasta siete días consecutivos, con reglas específicas: el séptimo día solo puede destinarse a posicionamiento o a un único tramo activo y, tras determinados bloques de actividad, deben programarse los descansos mínimos previstos.
El convenio también regula fórmulas de trabajo a tiempo parcial, entre ellas el modelo Wings Pattern, así como diferentes sistemas de reducción de la obligación de servicio. Estas modalidades tienen reglas propias sobre retribución, días sin servicio, asignación y proporcionalidad.
A quién afecta este convenio
Este es un convenio de empresa. Su ámbito personal y funcional se limita a las personas trabajadoras contratadas como Pilotos o Cockpit Staff por Eurowings Europe Ltd. El propio texto identifica dentro de este colectivo al personal técnico de vuelo, como Comandantes y Copilotos.
El ámbito territorial se determina por la home base. El convenio se aplica exclusivamente a los pilotos de Eurowings Europe Ltd. cuyo lugar de trabajo o base esté situado en España. Esto significa que no se aplica a todos los trabajadores del transporte aéreo ni al conjunto de las personas que puedan prestar servicios para otras compañías.
El convenio también contiene determinadas reglas para personas contratadas en España que puedan prestar servicios en dependencias de la empresa en el extranjero, especialmente en materia disciplinaria, sin perjuicio de las normas de orden público aplicables en el lugar correspondiente. La referencia principal para determinar la inclusión en el convenio sigue siendo la contratación como piloto de la empresa y la home base situada en España.
Impacto en empresa, RRHH y plantilla
Para Recursos Humanos y planificación de tripulaciones, el convenio obliga a coordinar nómina, clasificación profesional, progresión salarial, roster, días libres, vacaciones, formación, licencias, situaciones de incapacidad y medidas de conciliación. Al no establecerse una jornada anual convencional expresada en un número total de horas, la organización del trabajo se articula mediante la normativa aplicable a tiempos de vuelo, servicio y descanso y mediante las reglas específicas recogidas en el convenio.
La plantilla tiene derecho a 132 días libres por año natural. El mínimo mensual es de 11 días libres entre noviembre y marzo y de 10 días entre abril y octubre. Además, el convenio regula bloques de actividad, descansos posteriores, servicios de standby y reserva y condiciones para solicitar determinados días libres. Los cuadrantes mensuales deben publicarse con la antelación establecida y se prevén avances del roster durante el mes anterior.
Las vacaciones parten de un mínimo de 30 días naturales al año. Al completar cinco años de servicio se incorporan cinco días adicionales; al alcanzar diez años, otros cinco; y al completar doce años se añaden dos días más, con un máximo total de 42 días naturales al año. El convenio desarrolla además un sistema específico para solicitar y adjudicar vacaciones y regula capacidades mínimas de planificación.
En permisos retribuidos, el convenio remite a la legislación española. La persona trabajadora debe acreditar la causa y duración de la ausencia y comunicarla a la empresa. Para matrimonio o unión de hecho se garantiza, previa solicitud, el disfrute del permiso correspondiente en el día de la celebración, y en caso de fallecimiento se contempla que el inicio pueda producirse, a elección del piloto, desde el fallecimiento o desde el funeral.
La conciliación ocupa un bloque específico. Para guarda legal se reconoce una reducción de jornada de entre el 10 % y el 50 %, con reducción proporcional del salario y aplicación en días laborables completos por las características del servicio de vuelo. Para cuidado de menores con cáncer u otra enfermedad grave se regula una reducción de al menos el 50 % y hasta el 99,99 %, dentro de las condiciones establecidas.
También se regulan excedencias para cuidado de familiares, con una duración máxima de dos años, y para cuidado de hijos, con una duración máxima de tres años. La excedencia voluntaria puede tener una duración mínima de cuatro meses y máxima de cinco años, siempre que se cumplan las condiciones pactadas. El permiso sin sueldo puede solicitarse, pero requiere acuerdo entre empresa y persona trabajadora.
Con efectos desde el 1 de enero de 2025, Eurowings complementa las prestaciones legales durante el permiso por nacimiento y cuidado del menor hasta alcanzar el 100 % del salario base durante un máximo de 16 semanas, sujeto a los procedimientos y plazos de solicitud del convenio. Para las personas a tiempo parcial, el complemento se calcula proporcionalmente.
En formación, los pilotos deben completar las acciones iniciales y de perfeccionamiento que sean necesarias para la actividad operativa y superar los exámenes correspondientes. La empresa asume los costes de estas acciones, incluidos desplazamiento y alojamiento. El texto también incorpora formación y sensibilización en igualdad y protección del colectivo LGTBIQ+, especialmente para quienes tengan personas bajo su supervisión.
Entre otras medidas con impacto económico destacan las dietas por viajes de servicio: 66,11 euros por día para viaje internacional sin pernoctación, 36,06 euros para viaje nacional sin pernoctación, 91,35 euros para viaje internacional con pernoctación y 53,34 euros para viaje nacional con pernoctación. Durante los meses activos se establecen, con las condiciones pactadas, mínimos de 750 euros para Comandantes y 500 euros para Copilotos.
El cambio obligatorio de home base decidido por la empresa genera un paquete de movilidad de 10.000 euros brutos, al que se añaden 5.000 euros brutos cuando el traslado sea desde o hacia territorios insulares, con las condiciones de pago y posible devolución previstas. El convenio también regula reconocimientos médicos, licencias, habilitaciones y determinados costes asociados a la habilitación de tipo.
El régimen disciplinario prevé amonestación verbal o escrita para faltas leves; suspensión de empleo y sueldo de uno a veinte días para faltas graves; y suspensión de veintiún a sesenta días o despido para faltas muy graves. Para las faltas graves y muy graves se establece, con las excepciones previstas, un expediente disciplinario que debe resolverse en un máximo de 28 días naturales.
Qué debería revisar ahora RRHH
- Comprobar que todos los pilotos incluidos están correctamente clasificados como Comandantes o Copilotos y en el nivel salarial que corresponda.
- Verificar las tablas salariales de 2026 y preparar las de 2027, incluyendo retribución variable, dietas, pagos a tanto alzado y condiciones particulares aplicables.
- Revisar los sistemas de roster, días libres, standby, reserva, vacaciones y reducciones de jornada conforme a las reglas y fechas de entrada en vigor del convenio.
- Actualizar procedimientos de conciliación, excedencias, permiso por nacimiento, formación, medidas LGTBI y régimen disciplinario.
- Coordinar la aplicación del convenio con protección de datos, registro de jornada, registro salarial, protocolos contra el acoso y canales internos de cumplimiento.
Fuente oficial: BOE-A-2026-18628 — Convenio colectivo de Pilotos de Eurowings Europe Limited en España.
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