Convenio Bridgestone 2024-2026
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Convenio Bridgestone 2024-2026: 7 claves imprescindibles

Convenio Bridgestone 2024-2026

El Convenio Bridgestone 2024-2026 (Bridgestone Hispania Manufacturing, SL) marca el marco laboral de referencia para los centros de Basauri, Burgos, Galdácano y Puente San Miguel. A continuación tienes una lectura práctica, pensada para empresa y RRHH, con los datos que más suelen impactar en planificación, nómina, calendarios y gestión del día a día.

El convenio fija su vigencia general desde el 1 de enero de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2026 y aplica a toda la plantilla, salvo alta dirección. Además, define una Comisión Paritaria para interpretar el texto y resolver discrepancias antes de ir a vía administrativa o judicial.

Resumen de los puntos del Convenio Bridgestone 2024-2026

  • Ámbito: centros de Basauri, Burgos, Galdácano y Puente San Miguel.
  • Jornada anual: tablas por sistema de turnos (entre 1.632 y 1.704 horas efectivas/año según colectivo).
  • Flexibilidad: posibilidad de subir hasta 5 días/año o reducir hasta 20 días/año (con reglas y procedimiento).
  • Vacaciones: 22 días laborables (general) o 30 días naturales en 5 turnos, más días adicionales y días extra por antigüedad.
  • Permisos retribuidos: matrimonio/pareja de hecho (15 días), enfermedad grave/hospitalización (5 días laborables), fallecimiento (2 días, con mejoras en supuestos concretos), mudanza, gestiones administrativas, consulta médica, etc.
  • Retribución: tablas salariales 2025 (+2,8% vs 2024) y revisiones por IPC para 2026 y 2027; pluses por turnicidad, nocturnidad, sábados/domingos y festivos.
  • Formación: plan anual de formación con participación de la comisión y módulos de igualdad y diversidad.
  • Conciliación y protección: reducción de jornada (incluida acumulación en días completos en determinados grupos), lactancia y medidas para víctimas de violencia (incluida opción de trabajo a distancia si es compatible).

Cambios y novedades

En materia económica, el convenio publica tablas salariales de 2025 con un incremento del 2,8% respecto de 2024 y establece un criterio de revisión: la actualización para enero de 2026 se vincula al IPC interanual de diciembre de 2025 y la de enero de 2027 al IPC interanual de diciembre de 2026. Si el IPC fuera negativo, no se reducen las tablas. Las diferencias del incremento de 2025 se abonan en un solo pago durante el primer trimestre de 2026 (fecha a determinar).

En organización del tiempo de trabajo, el Convenio Bridgestone 2024-2026 detalla la jornada anual efectiva por sistemas de trabajo, con una referencia diaria general de 8 horas. Además, regula un sistema interno de flexibilidad de jornada (positiva y negativa) con límites claros y una comisión de seguimiento.

En conciliación, se recogen reglas prácticas sobre permisos y reducción de jornada, y se explicita que las víctimas de violencia de género, violencia sexual o terrorismo pueden solicitar medidas de adaptación del tiempo de trabajo y, si el puesto lo permite, trabajo total o parcial a distancia como vía de protección.


Impacto en empresa, RRHH y plantilla

Este apartado traduce el convenio a decisiones operativas: qué hay que mirar en planificación, nóminas y calendarios.

Salario y conceptos retributivos

El sistema retributivo se estructura en salario de calificación (fijo) y complementos. Para 2025 se publican importes brutos con base mensual y/o por hora según tablas. Como referencia:

  • Personal operario (Tabla I): salario de calificación entre 1.568,10 € y 1.992,23 € brutos/mes según escalón (0 a 5), con valores por hora entre 6,44431 € y 8,18701 €. Base reguladora de prima: 8,59636 €/hora.
  • Personal empleado (Tabla I): salario de calificación entre 1.522,40 € y 2.994,75 € brutos/mes según escalón (0 a 8).
  • Condiciones modificativas (Tabla II): posiciones A–F con importes mensuales desde 136,05 € (A) hasta 8,39 € (F).
  • Antigüedad (Tabla III y reglas): en empleados, quinquenio de 186,58 €/mes (tabla); en operarios, porcentajes desde 7,34% (a partir de 11 años) hasta 36,73% (a partir de 31 años) aplicados sobre los conceptos definidos en el convenio.
  • Pluses (Tabla IV): nocturnidad 36,66 €/día; plus de turnos 73,34 €/mes; sábado/domingo 82,88 €/día; festivo 89,97 €/día.

Además, se mantiene un sistema de cinco pagas extraordinarias: cuatro trimestrales (abril, julio, octubre y diciembre) y una paga anual en la última semana de diciembre, calculadas conforme a las reglas del convenio.

Jornada anual, turnos y flexibilidad

La jornada efectiva anual del Convenio Bridgestone 2024-2026 se fija por colectivos:

  • 5 turnos: 204 días y 1.632 horas efectivas/año (8 horas/día).
  • 4 turnos reforzado: 207 días y 1.656 horas efectivas/año (8 horas/día).
  • 4 turnos: 209 días y 1.672 horas efectivas/año (8 horas/día).
  • Resto de personal: 213 días y 1.704 horas efectivas/año.

Se regula la flexibilidad como herramienta interna para ajustar producción sin recurrir a medidas externas: puede suponer hasta +5 días de trabajo al año (flexibilidad positiva) o hasta −20 días (flexibilidad negativa). El uso exige causas justificadas, información previa y seguimiento por comisión. Si se aplican más de 10 días de flexibilidad negativa, no más de la mitad se situarán en fin de semana.

En calendarios, se contemplan medidas concretas como el cierre total de los centros los días 24 y 31 de diciembre (con una posible excepción limitada a turno de mañana si se aplica flexibilidad).

Vacaciones

  • Vacaciones generales: 22 días laborables para todo el personal (en sistemas de 4 turnos y lunes a viernes).
  • 5 turnos: 30 días naturales, con al menos 28 días consecutivos entre junio y septiembre (salvo colectivos de mantenimiento/servicios esenciales).
  • 4.º turno reforzado: regla general de dos periodos de 15 días naturales consecutivos entre junio y septiembre; con posibilidad de acordar 30 días naturales con al menos 21 días (en lo posible) entre el 10 de junio y el 25 de septiembre.
  • Vacaciones adicionales: 5 días adicionales para toda la plantilla; si el sistema es lunes a viernes, un día adicional más.
  • Por antigüedad: desde 25 años (1 día) hasta 40 o más (11 días laborables o 15 naturales, a elección).

Para RRHH es clave controlar las reglas de devengo (año natural para altas desde 1/7/2003) y las situaciones especiales: si la persona está en IT o en permisos de nacimiento/cuidado y coincide con vacaciones, se reconoce el derecho a disfrutarlas en fecha distinta, incluso fuera del año natural, dentro de los márgenes que marca el convenio.

Permisos y licencias retribuidas

El convenio recoge un bloque de permisos retribuidos con mejoras sobre el mínimo legal en varios supuestos. En resumen:

  • Matrimonio o pareja de hecho: 15 días naturales.
  • Accidente/enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización con reposo (cónyuge/pareja y familiares hasta 2.º grado, conviviente u otros supuestos previstos): 5 días laborables; si hay desplazamiento fuera de la provincia, +2 días (sin superar el máximo indicado).
  • Fallecimiento: 2 días (hasta 2.º grado) y +2 por desplazamiento; mejoras: 5 días por fallecimiento de cónyuge/pareja/hijos y 4 días por fallecimiento de madre o padre (sin afinidad).
  • Traslado de domicilio habitual: 1 día hábil (con justificación).
  • Gestiones: tiempo indispensable para renovar DNI, carnet de conducir o pasaporte.
  • Otros: 1 día por boda de padres/hijos/hermanos (si coincide con día laborable), deber inexcusable, funciones sindicales, asistencia a consultorio médico (con reglas) y acompañamiento a familiar de primer grado a consulta médica (máximo acumulado 16 horas/año).

Teletrabajo y desconexión

Teletrabajo: no se regula un régimen general de teletrabajo para toda la plantilla. Sí se recoge expresamente, en el marco de medidas de protección, la posibilidad de realizar el trabajo total o parcialmente a distancia (o dejar de hacerlo si era el sistema), cuando sea compatible con el puesto, para víctimas de violencia de género, violencia sexual o terrorismo.

Desconexión digital: no consta en el texto del convenio.

Formación

El convenio prevé planes anuales de formación por fábricas y servicios, basados en análisis de necesidades. La Comisión de Formación participa en la elaboración y recibe información detallada (acciones, colectivos, calendario, medios, criterios de selección y balance del año anterior). Se incluyen módulos de sensibilización en igualdad y diversidad. También se prevén acciones formativas voluntarias orientadas a la promoción profesional, fuera de la jornada, con condiciones.

Conciliación

Además de los permisos, se recoge la reducción de jornada por guarda legal y motivos familiares conforme al Estatuto de los Trabajadores, con reglas de concreción en turnos. Para determinados grupos (Producción y Servicios de Fabricación) se permite solicitar la acumulación de la reducción en días completos, con solicitud previa (al menos 4 meses) y un máximo de una vez al año. En lactancia se contempla la ausencia de 1 hora (divisible), la posibilidad de reducción de media hora o acumulación en jornadas completas, y la extensión hasta los 12 meses cuando ambas personas progenitoras ejerzan el derecho en los términos indicados (con reducción salarial a partir de los 9 meses).


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  • LOPD y RGPD: adecuación documental, contratos, registros y medidas.
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  • LSSI: textos legales web, cumplimiento y auditoría básica.
  • Registro de jornada: sistema, política interna y control.
  • Registro salarial: estructura, análisis y soporte de auditoría.
  • Desconexión digital: política, medidas y comunicación interna.

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Cierre práctico: 5 pasos para aplicarlo en tu empresa

  • 1) Actualiza tablas y nómina: carga los importes 2025 y define el criterio de revisión por IPC para 2026/2027 en tu sistema.
  • 2) Revisa calendarios: valida jornada anual por colectivo, festivos (incluidos 24 y 31 de diciembre) y reglas de turnos.
  • 3) Define el protocolo de flexibilidad: quién solicita, qué información se entrega y cómo se comunica a plantilla con los plazos previstos.
  • 4) Estandariza permisos: crea plantillas y checklists de documentación (72 horas de justificación cuando proceda) y registra los límites (por ejemplo, 16 horas/año de acompañamiento médico).
  • 5) Plan anual de formación: planifica necesidades, calendario y comunicación interna, incorporando igualdad y diversidad como exige el convenio.

Fuente oficial (BOE): https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-5979

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