convenio colectivo ONCE 2026
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Convenio colectivo ONCE 2026: claves y novedades

Convenio colectivo ONCE 2026: salarios, jornada, vacaciones y principales novedades

El convenio colectivo ONCE 2026 establece las condiciones laborales aplicables al personal que trabaja para la Organización Nacional de Ciegos Españoles en todo el territorio del Estado. Se trata del XVIII Convenio colectivo de la ONCE y su personal, firmado el 1 de julio de 2026 y publicado en el Boletín Oficial del Estado el 14 de octubre de 2026.

Es un convenio de empresa y, por tanto, no regula las condiciones laborales de todo un sector ni de profesionales externos. Su ámbito personal comprende al personal vinculado laboralmente con la ONCE, quedando excluidos profesionales y colaboradores cuya relación con la organización derive de contratos distintos del laboral.

Resumen de los puntos del convenio colectivo ONCE 2026

  • Vigencia: desde la fecha de firma, 1 de julio de 2026, hasta el 31 de diciembre de 2030, sin perjuicio de materias con efectos retroactivos o diferidos expresamente establecidos.
  • Jornada del personal no vendedor: 36 horas semanales de promedio en cómputo anual. Como regla general se desarrolla de lunes a viernes.
  • Jornada del personal vendedor: flexible, con una duración máxima de 40 horas semanales en cómputo mensual.
  • Vacaciones: 24 días laborables de vacaciones anuales retribuidas, que pueden fraccionarse en un máximo de tres períodos.
  • Salarios 2026: se establecen tablas diferenciadas para los grados junior y senior, además de complementos según determinados puestos y funciones.
  • Pagas extraordinarias: dos pagas al año, en junio y diciembre.
  • Asuntos particulares: hasta seis días de licencia retribuida por año natural, proporcionalmente a la jornada semanal.
  • Desconexión digital: se reconoce expresamente este derecho fuera de la jornada, durante descansos, permisos, vacaciones y situaciones de incapacidad temporal.
  • Empleo estable: compromiso de formalizar al menos 3.200 nuevos contratos indefinidos durante los cinco años de vigencia del convenio, con prioridad para la contratación de personas con discapacidad.

Cambios y novedades

Uno de los aspectos con mayor impacto práctico es la regulación salarial para 2026. Las tablas tienen efectos desde el 1 de enero de 2026 y distinguen entre personal en grado inicial o junior y personal en grado de desarrollo o senior.

Entre las referencias salariales, el agente vendedor senior tiene fijado un salario base anual de 17.903,48 euros en catorce pagas, mientras que en grado junior asciende a 16.924,60 euros. Para otros puestos, las cuantías aumentan según el nivel profesional y los complementos de escala. Por ejemplo, las tablas senior contemplan salarios totales anuales que alcanzan los 60.627,28 euros en el nivel 6-1. En la tabla junior, el nivel 6-1 alcanza un salario total anual de 45.470,46 euros.

El convenio prevé además que la Comisión Negociadora se reúna en noviembre de cada año para analizar, entre otras variables, la evolución de las ventas y el resultado de explotación y determinar la subida del salario base y del complemento de escala aplicable al ejercicio siguiente.

En materia de permisos y conciliación destacan cinco días por accidente o enfermedad grave, hospitalización o determinadas intervenciones quirúrgicas de familiares y convivientes incluidos en el convenio; once días laborables por matrimonio o formalización registral de pareja de hecho; y permisos específicos para acompañamiento a consultas médicas en determinados supuestos.

También se regulan hasta seis días anuales de asuntos particulares. Dos de esos seis días se conceden automáticamente, si se solicitan con al menos diez días de antelación y responden a alguno de los motivos expresamente previstos, entre ellos cumpleaños de la persona interesada, determinadas celebraciones familiares o acompañamiento de una mascota al servicio veterinario.

La conciliación adquiere igualmente relevancia. Las personas trabajadoras pueden solicitar adaptaciones de la duración y distribución de la jornada, de la ordenación del tiempo y de la forma de prestación, incluida la prestación de trabajo a distancia, cuando sea necesaria para hacer efectivo el derecho a la conciliación familiar y laboral.

Teletrabajo: No consta en el texto del convenio una regulación general y autónoma del teletrabajo como modalidad ordinaria. Sí se contempla el trabajo a distancia entre las posibles adaptaciones vinculadas a necesidades de conciliación.

En formación, la ONCE elaborará anualmente un Plan General de Formación. Las acciones vinculadas al puesto pueden desarrollarse dentro o fuera de la jornada, y se prevén medios técnicos y tiflotécnicos necesarios para las personas afiliadas o con otra discapacidad que participen en ellas.

A quién afecta este convenio

Estamos ante un convenio de empresa. Su objeto es regular las condiciones de trabajo del personal laboral que trabaja en la ONCE. No debe interpretarse como un convenio aplicable a otras empresas, a todo el sector de la discapacidad o a profesionales autónomos o colaboradores externos.

  • Ámbito personal: todo el personal que trabaja en la ONCE mediante relación laboral. Quedan excluidos profesionales y colaboradores vinculados mediante contratos de naturaleza distinta de la laboral.
  • Ámbito funcional: la actividad propia de la ONCE como corporación de derecho público de carácter social, incluyendo la explotación de modalidades de lotería destinada a financiar sus fines sociales y el resto de actividades desarrolladas por la organización.
  • Ámbito territorial: todo el territorio del Estado español.
  • Ámbito temporal: desde el 1 de julio de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2030, con las particularidades de efectos establecidas expresamente en determinadas materias.

Impacto en empresa, RRHH y plantilla

Para Recursos Humanos, la aplicación del convenio exige revisar calendarios, jornadas, registro de tiempo, permisos, vacaciones, nóminas, complementos y procedimientos internos. La diferencia entre personal vendedor y no vendedor es especialmente importante: mientras el personal no vendedor tiene una jornada ordinaria de 36 horas semanales de promedio en cómputo anual, los agentes vendedores tienen una jornada flexible con un máximo de 40 horas semanales en cómputo mensual.

El descanso durante la jornada también debe incorporarse a la gestión horaria: las personas con jornadas superiores a seis horas diarias tienen derecho a treinta minutos de descanso computados como tiempo de trabajo efectivo.

En materia salarial, RRHH deberá aplicar correctamente las tablas de 2026 según puesto, nivel y grado junior o senior, junto con los complementos que correspondan. También deberá controlar las dos pagas extraordinarias y los complementos funcionales previstos para situaciones como jornada partida, turnos, trabajo nocturno o funciones superiores.

Otro punto relevante es la desconexión digital. El convenio reconoce el derecho y obliga a desarrollar, con participación del Comité Intercentros, un protocolo que regule su ejercicio e incluya medidas de formación y sensibilización sobre el uso razonable de las herramientas tecnológicas. El protocolo deberá aprobarse antes de que transcurra un año desde la firma del convenio.


Qué hacer ahora: pasos prácticos

  1. Identificar qué personas trabajadoras están incluidas en el ámbito del convenio y su puesto, nivel y grado profesional.
  2. Revisar las tablas salariales de 2026, complementos, jornada, vacaciones y permisos aplicables a cada colectivo.
  3. Actualizar procedimientos de registro de jornada, conciliación, desconexión digital y gestión de permisos.
  4. Informar a responsables y plantilla de los cambios que afecten directamente a la organización del trabajo.
  5. Realizar una revisión jurídica y laboral de la implantación antes de adoptar decisiones individuales o colectivas.

Fuente oficial: XVIII Convenio colectivo de la ONCE y su personal — BOE-A-2026-21428.

Contenido generado con inteligencia artificial.

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