convenio colectivo veterinarios 2026
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Convenio colectivo veterinarios 2026: novedades

Convenio colectivo de centros y servicios veterinarios 2026-2028: salarios, jornada y novedades

El convenio colectivo de centros y servicios veterinarios 2026-2028 establece las principales condiciones laborales para las empresas y personas trabajadoras incluidas en este sector en España. El III Convenio colectivo fue publicado en el BOE el 21 de septiembre de 2026 y regula, entre otras materias, salarios, jornada, vacaciones, licencias, formación, carrera profesional, disponibilidad y desconexión digital.

Se trata de un convenio sectorial de ámbito estatal. Su vigencia comienza el 1 de enero de 2026 y finaliza el 31 de diciembre de 2028.

Resumen de los puntos del convenio

  • Salarios: incremento del 4% en 2026, 4% en 2027 y 4% en 2028 sobre todos los conceptos salariales, con cláusula de revisión vinculada al IPC y un máximo adicional del 1,25% en los términos establecidos en el convenio.
  • Jornada anual: 1.780 horas en 2026, 1.770 horas en 2027 y 1.760 horas en 2028.
  • Vacaciones: 30 días naturales retribuidos al año.
  • Formación: 20 horas anuales de formación profesional para el empleo para personas con al menos un año de antigüedad, acumulables hasta cinco años.
  • Desconexión digital: se reconoce expresamente el derecho y se obliga a las empresas a desarrollar una política interna en los términos previstos en el convenio.
  • Permisos: se regulan licencias retribuidas por matrimonio o pareja de hecho, fallecimiento, enfermedad grave, hospitalización y otras situaciones contempladas en el convenio.
  • Vigencia: del 1 de enero de 2026 al 31 de diciembre de 2028.

Cambios y novedades del convenio colectivo de centros y servicios veterinarios 2026-2028

Uno de los aspectos de mayor impacto económico es la actualización salarial. Las tablas se establecen para 2026, 2027 y 2028 y el convenio fija incrementos del 4% sobre todos los conceptos salariales para cada uno de esos tres ejercicios.

Además, si el IPC de cada ejercicio supera el 4%, se contempla un pago durante el primer trimestre del ejercicio siguiente por el diferencial entre el IPC real y ese 4%, con un máximo del 1,25%, calculado en los términos establecidos por el propio convenio.

Como referencia, la tabla de 2026 establece para el Personal Veterinario Director un salario anual de 28.958,38 euros; para Personal Veterinario Generalista, 23.693,20 euros; para Personal Veterinario Supervisado, 21.938,13 euros; y para Personal Auxiliar Clínico de Veterinaria, 18.055,13 euros. Existen tablas diferenciadas para el resto de categorías sanitarias y no sanitarias.

El convenio establece además dos gratificaciones extraordinarias, una en la primera quincena de junio y otra en la primera quincena de diciembre, en las condiciones económicas definidas en su articulado.

También destaca la reducción progresiva de la jornada máxima anual. Pasa de 1.780 horas en 2026 a 1.770 en 2027 y 1.760 horas desde el 1 de enero de 2028. A partir del 1 de enero de 2027 se establece una distribución irregular de la jornada del 10%, respetando los descansos legales y con un preaviso mínimo de cinco días.

Las vacaciones son de 30 días naturales retribuidos y se disfrutarán preferentemente durante junio, julio, agosto y septiembre, excepto cuando la carga de trabajo del centro se concentre precisamente durante ese período.

En formación, las personas con al menos un año de antigüedad tienen derecho a 20 horas anuales de formación profesional para el empleo vinculada a la actividad de la empresa, acumulables durante un máximo de cinco años. Cuando determinada formación obligatoria se realice fuera del horario laboral, las horas computarán como tiempo efectivo de trabajo en los supuestos previstos por el convenio.

El convenio incorpora asimismo una regulación detallada de la carrera profesional del personal sanitario, estructurada en ocho escalas y vinculada, entre otros factores, a la experiencia y formación.

A quién afecta este convenio

Estamos ante un convenio sectorial, no un convenio de una empresa concreta. Su ámbito territorial comprende todo el territorio del Estado español.

Su ámbito funcional comprende las empresas que realizan actividades de asistencia a los animales en centros y servicios sanitarios veterinarios o fuera de ellos, ya sean personas físicas o jurídicas, mercantiles, benéficas o sin ánimo de lucro, incluidas las fundaciones. También contempla estas actividades cuando se prestan a Administraciones Públicas, empresas públicas u otros organismos o entidades del sector público mediante las contrataciones indicadas en el propio convenio.

En el ámbito personal se aplica al personal que presta servicios en las empresas afectadas y que está regulado por la legislación laboral vigente. La clasificación profesional comprende personal sanitario y no sanitario, incluyendo categorías como personal veterinario director, generalista y supervisado, especialistas de laboratorio y radiodiagnóstico, auxiliares clínicos de veterinaria, personal administrativo, adiestradores-educadores caninos, peluqueros de animales de compañía, auxiliares administrativos, limpieza y servicios generales.

Impacto en empresa, RRHH y plantilla

Para empresas y departamentos de RRHH, la entrada en vigor del convenio implica revisar las tablas salariales desde el 1 de enero de 2026 y abonar los atrasos correspondientes a los incrementos salariales antes del último día hábil del mes siguiente a la publicación del convenio en el BOE.

También será necesario adaptar la planificación de jornada a la reducción progresiva de horas anuales y tener presente el régimen de disponibilidad del personal sanitario, la jornada continuada de atención sanitaria y los límites establecidos para estas situaciones.

En materia de conciliación, el convenio recoge permisos y reducciones de jornada y hace referencia a las adaptaciones de duración y distribución de la jornada, ordenación del tiempo de trabajo y forma de prestación para facilitar la conciliación familiar y laboral.

La desconexión digital adquiere especial relevancia. Las empresas deben elaborar, previa audiencia de la representación legal del personal, una política interna que determine cómo ejercer este derecho e incluya formación y sensibilización sobre el uso razonable de las herramientas tecnológicas. Con carácter general, las personas trabajadoras tienen derecho a no responder comunicaciones digitales una vez finalizada su jornada, con las excepciones previstas expresamente en el convenio, entre ellas determinados períodos de disponibilidad del personal sanitario.

En cuanto al teletrabajo, No consta en el texto del convenio una regulación autónoma y específica con esa denominación. Sí se contempla el trabajo a distancia en relación con la conciliación y se establece que el derecho a la desconexión digital debe preservarse cuando el trabajo se realice total o parcialmente a distancia.


Servicios relacionados de Gestión de Implantaciones

La aplicación del convenio debe coordinarse con otras obligaciones que afectan a centros y servicios veterinarios. Gestión de Implantaciones puede prestar apoyo en materias como LOPD y RGPD, canal de denuncias, protocolos contra el acoso, LSSI, registro de jornada, registro salarial y desconexión digital.

Especial atención merece el registro de jornada, ya que el convenio establece que la jornada debe registrarse diariamente y contempla expresamente como falta leve no cumplimentar en tiempo y forma dicho registro. También resulta conveniente revisar la política de desconexión digital y su adaptación a las particularidades de los períodos de disponibilidad.

Formate Online

La formación ocupa un espacio destacado en este convenio sectorial. Se considera un instrumento esencial para el desarrollo profesional y se contemplan objetivos relacionados con la actualización de conocimientos, adaptación al puesto, especialización, igualdad de oportunidades y promoción profesional.

Formate Online ofrece formación privada y bonificada por sectores en modalidad e-learning. Para los centros veterinarios puede facilitar la planificación de acciones formativas compatibles con las necesidades organizativas de la empresa, sin perjuicio de las obligaciones y condiciones concretas de formación establecidas en el convenio y en la normativa aplicable.

Qué debe hacer ahora la empresa

  1. Revisar las categorías profesionales y aplicar las tablas salariales correspondientes a 2026, incluyendo los atrasos que procedan.
  2. Actualizar la planificación de jornada teniendo en cuenta las 1.780 horas de 2026 y las posteriores reducciones a 1.770 y 1.760 horas.
  3. Comprobar permisos, vacaciones, disponibilidad y jornada continuada aplicables a cada puesto.
  4. Revisar el registro diario de jornada, la política interna de desconexión digital y las medidas de conciliación.
  5. Planificar la formación y comprobar las obligaciones específicas que correspondan a cada puesto y actividad.

Fuente oficial: BOE-A-2026-19605 – III Convenio colectivo de centros y servicios veterinarios.

Contenido generado con inteligencia artificial.

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