Guía tablas salariales aparcamientos 2026
Tablas salariales aparcamientos y garajes 2026: salarios actualizados por nivel
Las tablas salariales aparcamientos y garajes 2026 ya han sido publicadas en el BOE. La Resolución de 21 de mayo de 2026 registra y publica el acta en la que se acuerda la actualización de las tablas salariales para el año 2026 del VII Convenio colectivo general de ámbito nacional del sector de aparcamientos y garajes.
Este documento no publica un convenio colectivo completo nuevo, sino una actualización salarial concreta para 2026. La revisión deriva de la prórroga del VII Convenio colectivo general de ámbito nacional del sector de aparcamientos y garajes, al no haber mediado denuncia, y de la aplicación de los criterios previstos en el propio convenio para revisar los salarios mínimos de garantía.
El acta fue firmada el 8 de abril de 2026 por la Comisión Negociadora del convenio, integrada por la Asociación Española de Aparcamientos y Garajes, ASESGA, en representación empresarial, y por las organizaciones sindicales UGT y CC.OO., en representación de las personas trabajadoras afectadas. La publicación oficial se realizó en el BOE número 136, de 4 de junio de 2026.
Resumen de los puntos de las tablas salariales aparcamientos y garajes 2026
El objetivo principal del acta es fijar las tablas salariales aplicables durante 2026 en el sector de aparcamientos y garajes. Para ello, la Comisión Negociadora parte de dos datos clave: el IPC real de 2025, situado en el 2,9%, y el Salario Mínimo Interprofesional de 2026, fijado en 17.094 euros anuales.
El propio convenio establece que, si durante su vigencia se fija un nuevo SMI superior al Salario Mínimo de Garantía previsto en las tablas, estas deben regularizarse automáticamente. En ese caso, el nivel afectado se equipara al nuevo SMI, incorporando el 75% de la diferencia al concepto de plus complementario y el 25% al salario base.
Salario: el acta publica las cuantías anuales para 2026 por niveles profesionales. En el nivel I, correspondiente a jefe/a de área, licenciado/a, grado superior o jefe/a de servicio, se fija un salario base anual de 18.703,79 euros, un plus complementario anual de 936,71 euros y un total anual de 19.640,50 euros.
En el nivel II, correspondiente a jefe/a de sección, técnico/a medio, diplomado/a o encargado/a, el salario base anual queda en 17.699,64 euros, el plus complementario anual en 886,41 euros y el total anual en 18.586,05 euros.
En el nivel III, que incluye oficial/a administrativo/a, agente de aparcamiento, oficial de aparcamiento y operador/a de centro de control, el salario base anual se fija en 16.152,08 euros, el plus complementario anual en 941,92 euros y el total anual en 17.094 euros.
En el nivel IV, que incluye auxiliar administrativo/a, auxiliar de aparcamiento, engrasador/a, lavacoches y personal de limpieza, el salario base anual se sitúa en 15.865,79 euros, el plus complementario anual en 1.228,21 euros y el total anual en 17.094 euros.
La actualización tiene especial relevancia para los niveles III y IV, porque sus totales anuales se ajustan al SMI de 2026. Esto obliga a revisar nóminas, conceptos salariales y posibles diferencias generadas desde el 1 de enero de 2026.
Cambios y novedades
La principal novedad es la aprobación de las tablas salariales de 2026 para el sector de aparcamientos y garajes. La Comisión Negociadora constata que el IPC real de 2025 fue del 2,9% y aplica la revisión salarial prevista para los salarios mínimos de garantía del convenio prorrogado.
Otra novedad importante es la regularización derivada del SMI de 2026. El salario mínimo interprofesional anual queda fijado en 17.094 euros, por lo que los niveles profesionales que quedaban por debajo deben ajustarse a esa cuantía mínima. En el acta, los niveles III y IV aparecen con un total anual de 17.094 euros.
También se establece el momento de pago de las diferencias salariales. Las diferencias resultantes desde el 1 de enero de 2026 hasta la aplicación efectiva de las nuevas tablas deben abonarse en la nómina del mes siguiente a la publicación de las tablas en el BOE.
Para las empresas del sector, esto implica revisar nóminas ya abonadas durante 2026, calcular atrasos cuando proceda y actualizar los sistemas salariales internos. Para asesorías laborales y departamentos de RRHH, el acta exige comprobar el nivel profesional aplicable, el salario base anual, el plus complementario y el total anual de cada persona trabajadora incluida en el convenio.
Impacto en empresa, RRHH y plantilla
Este acuerdo afecta a las empresas del sector de aparcamientos y garajes incluidas en el ámbito del VII Convenio colectivo general de ámbito nacional, así como a las personas trabajadoras afectadas por dicho convenio.
Para la empresa, el impacto principal está en la actualización de costes laborales de 2026. Los nuevos importes obligan a comprobar si los salarios aplicados desde enero coinciden con las tablas oficiales y si existen diferencias pendientes de abono.
Para RRHH, la clave está en revisar correctamente la clasificación profesional. No es lo mismo aplicar el nivel I o II, con importes superiores, que los niveles III y IV, que quedan alineados con el SMI anual. Un error en la asignación del nivel puede provocar diferencias salariales, reclamaciones o incidencias en inspecciones laborales.
Para la plantilla, el acuerdo confirma los salarios mínimos anuales de garantía para 2026. Los importes van desde 17.094 euros anuales en los niveles III y IV hasta 19.640,50 euros anuales en el nivel I. Estas cuantías sirven como referencia para revisar si la nómina y los atrasos están correctamente aplicados.
El acta tiene especial interés para puestos habituales del sector, como agentes de aparcamiento, auxiliares de aparcamiento, operadores de centro de control, oficiales de aparcamiento, personal administrativo, encargados, jefes de sección y personal de limpieza vinculado al ámbito del convenio.
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Cierre práctico
Para aplicar correctamente esta actualización salarial, conviene seguir estos pasos:
- Identificar a las personas trabajadoras incluidas en el Convenio colectivo estatal de aparcamientos y garajes.
- Revisar el nivel profesional asignado a cada puesto: I, II, III o IV.
- Actualizar salario base anual, plus complementario anual y total anual conforme a las tablas 2026.
- Calcular las diferencias salariales generadas desde el 1 de enero de 2026.
- Abonar los atrasos en la nómina del mes siguiente a la publicación de las tablas en el BOE y documentar la actualización.
Fuente oficial: BOE-A-2026-12011. Tablas salariales 2026 del VII Convenio colectivo general de ámbito nacional del sector de aparcamientos y garajes.