convenio reposición y marketing operacional
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Convenio reposición y marketing operacional: 7 claves 2026

Convenio reposición y marketing operacional 2026-2029: salarios, jornada y claves

El nuevo convenio colectivo nacional para las empresas dedicadas a los servicios de campo para actividades de reposición y servicios de marketing operacional regula las condiciones mínimas de trabajo del sector en todo el territorio español durante el periodo 2026-2029. Fue suscrito el 5 de junio de 2026, subsanado mediante acta de 29 de julio de 2026 y publicado en el BOE el 4 de septiembre de 2026.

Se trata de un convenio sectorial de ámbito estatal. Afecta a empresas que prestan servicios de reposición de productos en grandes superficies, cadenas de distribución, hipermercados, supermercados y tiendas de conveniencia, así como a empresas que desarrollan servicios comerciales sobre el terreno o en puntos de venta: animación de venta, gestión del punto de venta, preventa, materiales PLV, visual merchandising, promociones, fuerzas de venta, reparto de muestras y otras actividades similares incluidas en su ámbito funcional.

Resumen del convenio reposición y marketing operacional

  • Tipo de convenio: sectorial de ámbito estatal.
  • Vigencia: del 1 de enero de 2026 al 31 de diciembre de 2029, con efectos económicos desde el 1 de enero de 2026.
  • Jornada máxima anual: 1.812 horas en 2026, 1.798 en 2027, 1.784 en 2028 y 1.770 en 2029.
  • Vacaciones: 31 días naturales al año.
  • Salarios: incremento del 3,5 % en 2026 y del 4 % en cada uno de los años 2027, 2028 y 2029.
  • Día de libre disposición: un día retribuido y no recuperable, sujeto a los requisitos del convenio.
  • Permisos: incluye, entre otros, 15 días naturales por matrimonio o pareja de hecho, 5 días por determinados supuestos de accidente, enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica y 4 días por fallecimiento en los casos previstos.
  • Teletrabajo: No consta en el texto del convenio.
  • Desconexión digital: No consta en el texto del convenio.

Cambios y novedades

El convenio fija una evolución salarial plurianual y una reducción progresiva de la jornada máxima anual a lo largo de toda su vigencia. Para 2026 establece un incremento del 3,5 % sobre las retribuciones pactadas para 2025. Para 2027, 2028 y 2029 el incremento es del 4 % anual sobre la tabla del ejercicio anterior.

Además, si el IPC de 2026 supera el 3,5 %, y hasta un límite del 3,75 %, se prevé un pago único compensatorio equivalente a la diferencia. Este pago no es consolidable y debe abonarse en la nómina siguiente a la publicación del IPC definitivo de 2026.

Las tablas de 2026 fijan salarios mínimos anuales de 17.156,16 euros para el Grupo I, 18.013,94 euros para el Grupo II, 18.914,70 euros para el Grupo III y 19.860,40 euros para el Grupo IV. Para 2029, las cuantías publicadas ascienden respectivamente a 19.298,30 euros, 20.263,32 euros, 21.276,36 euros y 22.340,22 euros anuales.

Las personas trabajadoras tienen derecho a dos pagas extraordinarias, abonables el 15 de julio y el 15 de diciembre, cada una por una mensualidad del salario base de convenio. El texto permite su prorrateo en doce mensualidades. Para el personal operativo, la retribución se vincula al salario hora y al número de horas efectivas de contrato.

También se concretan dietas de 9 euros cuando deba realizarse una comida fuera de la localidad, 18 euros cuando deban hacerse dos comidas y 54 euros cuando sea necesario pernoctar y realizar dos comidas fuera de la localidad.

A quién afecta este convenio

Este convenio es sectorial. Su ámbito funcional comprende, por un lado, a las empresas dedicadas a servicios de reposición de productos en grandes superficies y establecimientos de distribución comercial. Entre las tareas incluidas se encuentran la manipulación y ubicación de mercancías en estanterías, balizaje, control de caducidades, inventario, verificación de la exposición de producto y otras actividades de gestión de mercancías propias de supermercados, hipermercados y tiendas de conveniencia.

Por otro lado, también incluye a las empresas que prestan servicios para la actividad comercial de sus clientes sobre el terreno o en puntos de venta. El propio convenio menciona actividades como animación de venta, gestión de punto de venta, preventa, gestión de materiales PLV, visual merchandising, acciones comerciales tácticas, promoción comercial, fuerzas de venta y reparto de muestras y propaganda.

El ámbito territorial es todo el territorio nacional. En cuanto al ámbito personal, regula las condiciones de trabajo entre las empresas de servicios incluidas en su ámbito funcional y sus personas trabajadoras, tanto si prestan servicios en instalaciones de la empresa como en lugares ajenos, siempre que trabajen por cuenta de la empresa de servicios.

Impacto en empresa, RRHH y plantilla

La principal obligación práctica para RRHH es adaptar calendarios, salarios, contratación, descansos y sistemas internos a una jornada máxima anual que disminuye cada año. La jornada pasa de 1.812 horas en 2026 a 1.770 horas en 2029. Además, deben respetarse al menos doce horas entre el final de una jornada y el comienzo de la siguiente y un descanso semanal de día y medio.

Cuando la jornada sea partida, no puede dividirse en más de dos periodos y debe existir entre ellos un intervalo mínimo de una hora y máximo de tres. La jornada ordinaria diaria no puede superar nueve horas. El convenio permite distribución irregular de la jornada, dentro de los límites legales, para atender necesidades del servicio.

En domingos y festivos, el trabajo debe compensarse con descanso en otro día de la semana y el número trabajado no puede superar el 50 % de los autorizados por la comunidad autónoma correspondiente. Para quienes trabajen de media cinco o más días a la semana, se garantiza además la acumulación de un sábado y un domingo de libranza al menos seis veces al año.

Las vacaciones se fijan en 31 días naturales al año. Las personas con más de un año de antigüedad tienen derecho a 21 días seguidos entre junio y septiembre. El periodo de vacaciones estivales se extiende del 15 de junio al 30 de septiembre. Por acuerdo, las vacaciones anuales pueden dividirse en dos periodos de 10 y 21 días.

En permisos retribuidos, destacan los 15 días naturales por matrimonio o constitución de pareja de hecho registrada; 5 días por accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario de las personas incluidas en el convenio; 4 días por fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o familiares hasta segundo grado; y un día por traslado del domicilio habitual.

El convenio incorpora también hasta 4 días por imposibilidad de acceder al centro de trabajo o circular por las vías necesarias debido a recomendaciones, limitaciones o prohibiciones de las autoridades, riesgo grave e inminente, catástrofes o fenómenos meteorológicos adversos. Asimismo, las ausencias por fuerza mayor familiar urgente pueden ser retribuidas hasta el equivalente a 4 días al año en los términos previstos.

Se reconoce un día de libre disposición retribuido y no recuperable. Para disfrutarlo se exige, entre otros requisitos, un preaviso de cinco días hábiles y haber trabajado al menos treinta días de trabajo efectivo.

En conciliación, el texto recoge el derecho a solicitar reducción de jornada o adaptación horaria en los términos del Estatuto de los Trabajadores, permisos vinculados al cuidado del lactante y reducciones de jornada para guarda legal o cuidado de familiares. También regula excedencias para cuidado de hijos y familiares y una excedencia voluntaria por motivos personales, con reserva de puesto y horario, de entre 7 y 30 días naturales para personas con al menos dos años de antigüedad, sujeta a las condiciones previstas.

La formación profesional se orienta a la adaptación al puesto, actualización de conocimientos, especialización, obtención de títulos, reconversión profesional, idiomas y promoción interna. El convenio prevé un plan general anual de formación y contempla acciones impartidas por la propia empresa o por centros oficiales o reconocidos. La formación puede desarrollarse dentro o fuera de jornada; cuando se imparta dentro de horas de trabajo, la asistencia es obligatoria. La formación continua es voluntaria y se procurará adaptar sus horarios a las jornadas parciales y especiales.

Otros aspectos con impacto directo son la obligación empresarial de facilitar dos uniformes al año cuando sean necesarios, sin coste para la plantilla, y los equipos y herramientas precisos para desarrollar el trabajo. El convenio también contiene regulación sobre contratación temporal por circunstancias de producción, personal fijo discontinuo, promoción interna, incapacidad temporal, jubilación, igualdad retributiva, registro retributivo y medidas frente a la discriminación y el acoso.


Servicios relacionados de Gestión de Implantaciones

La aplicación del convenio exige coordinar sus obligaciones laborales con otros sistemas de cumplimiento empresarial. Gestión de Implantaciones puede ayudar a revisar la adecuación documental y operativa en materias como LOPD y RGPD, canal interno de información, protocolos contra el acoso, LSSI, registro de jornada, registro salarial y desconexión digital.

Para empresas de reposición, promoción comercial y marketing operacional resulta especialmente importante que el registro horario refleje correctamente jornadas móviles, trabajo en centros de clientes, domingos o festivos, descansos y distribución irregular. También deben mantenerse actualizados los registros retributivos y los protocolos internos de igualdad y acoso cuando resulten exigibles.

Formate Online

El convenio dedica un bloque específico a la formación profesional y a la formación para el empleo. Para las empresas del sector, la modalidad e-learning puede facilitar la actualización de competencias de personas reponedoras, promotoras, gestores de punto de venta, supervisores, personal comercial y equipos de estructura, especialmente cuando existen jornadas parciales, centros dispersos y servicios prestados en instalaciones de clientes.

Formate Online ofrece formación privada y bonificada por sector en modalidad e-learning, con programas que pueden organizarse de acuerdo con las necesidades de cada empresa y colectivo profesional.

Qué debería revisar ahora la empresa

  1. Comprobar si la actividad real de la empresa entra en el ámbito funcional del convenio y si todas las personas afectadas están correctamente encuadradas.
  2. Actualizar las tablas salariales de 2026 y programar los incrementos de 2027, 2028 y 2029, revisando también el eventual pago compensatorio ligado al IPC de 2026.
  3. Adaptar el calendario laboral a la reducción progresiva de la jornada máxima, los descansos, domingos y festivos y las reglas de distribución irregular.
  4. Revisar vacaciones, permisos, día de libre disposición, excedencias y medidas de conciliación para que los procedimientos internos coincidan con el convenio.
  5. Verificar registro de jornada, registro retributivo, protocolos de igualdad y acoso, formación y entrega de uniformes y equipos de trabajo.

Fuente oficial: BOE-A-2026-18631 — Convenio colectivo nacional para las empresas dedicadas a los servicios de campo para actividades de reposición y servicios de marketing operacional 2026-2029.

Contenido generado con inteligencia artificial.

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