Corrección de erratas convenio Nordex Energy Spain
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Corrección de erratas convenio Nordex Energy Spain 2026

Corrección de erratas convenio Nordex Energy Spain

La Corrección de erratas convenio Nordex Energy Spain publicada en el BOE el 11 de marzo de 2026 no aprueba un nuevo convenio ni reabre una negociación: lo que hace es subsanar una omisión en la publicación anterior del convenio. En concreto, la resolución indica que, en la publicación del convenio de Nordex Energy Spain, SAU (septiembre de 2025), los anexos a partir de una determinada página aparecían incompletos y, por tanto, el BOE inserta ahora los anexos que se habían omitido.

Para empresa, nómina y RRHH, esto es importante por un motivo muy práctico: cuando una tabla o un anexo salarial se publica incompleto, la interpretación y el pago de conceptos variables (como nocturnidad, retén o complementos ligados a responsabilidad) puede quedar “en el aire”. Con esta corrección, el BOE deja por escrito los importes que deben aplicarse según el año y el nivel profesional en dos colectivos: (1) grupo de técnicos y (2) grupo técnico del centro de control.

Este resumen está orientado a uso corporativo: te indica qué se corrige, qué importes aparecen, qué no se modifica en esta publicación y qué pasos conviene dar para que la nómina y la documentación interna queden alineadas.

Resumen de los puntos de la Corrección de erratas convenio Nordex Energy Spain

  • Tipo de publicación: corrección de erratas por omisión en la publicación del convenio (no es un convenio nuevo completo).
  • Qué se corrige: anexos incompletos en la publicación anterior; ahora se insertan los anexos omitidos.
  • Qué anexos se incorporan: tablas de conceptos variables (importes en euros) para grupo técnicos (años 2022 a 2027) y para grupo técnico centro de control (años 2022 a 2027).
  • Conceptos afectados: nocturnidad variable (referenciada con un 35% en la tabla), retén/guardia y un paquete asociado (en técnicos se menciona “2 horas extras” en el anexo).
  • Qué no se modifica aquí: jornada, vacaciones, permisos, teletrabajo, formación, conciliación o el resto de estructura salarial del convenio completo. En esta corrección no se detallan.

Cambios y novedades

La novedad de esta corrección es operativa: donde antes faltaban anexos (y, por tanto, faltaban importes), ahora el BOE publica los valores para los conceptos variables. Esto reduce discrepancias internas y evita que cada centro o cada responsable aplique criterios diferentes por falta de tabla.

En concreto, la corrección incorpora dos series de tablas con importes por año:

  • Grupo técnicos: importes en euros/día para niveles 3 a 8, con dos tramos (nivel 3 con importe inferior y niveles 4 a 8 con importe superior en cada año).
  • Grupo técnico centro de control: importes en euros (según tabla) para niveles 3 a 7, con un valor único anual que se repite en los niveles indicados.

El incremento año a año es visible en los importes publicados. Esto no debe interpretarse como un “aumento adicional” por sí mismo, sino como la publicación de los anexos que faltaban, que son parte del marco retributivo que ya se había registrado y publicado.


Impacto en empresa, RRHH y plantilla

El impacto de esta corrección se concentra en nómina y en la coherencia documental. A continuación se traduce a “qué hacer” y se incluyen los importes clave para parametrización.

Salario

La corrección aporta importes de conceptos variables (nocturnidad variable, retén/guardia y paquete asociado según se describe en cada tabla). Para el grupo técnicos, los importes están en euros/día y se publican por año:

  • 2022: niveles 4 a 8: 34,32 €/día; nivel 3: 22,88 €/día.
  • 2023: niveles 4 a 8: 35,86 €/día; nivel 3: 23,91 €/día.
  • 2024: niveles 4 a 8: 37,12 €/día; nivel 3: 24,74 €/día.
  • 2025: niveles 4 a 8: 38,23 €/día; nivel 3: 25,49 €/día.
  • 2026: niveles 4 a 8: 39,38 €/día; nivel 3: 26,25 €/día.
  • 2027: niveles 4 a 8: 40,56 €/día; nivel 3: 27,04 €/día.

Para el grupo técnico centro de control, la tabla recoge importes anuales (un valor por año que se repite en los niveles indicados) asociados a nocturnidad (referenciada como 35%) y retén guardia. Los valores publicados son:

  • 2022: 26,87 €.
  • 2023: 28,08 €.
  • 2024: 29,06 €.
  • 2025: 29,93 €.
  • 2026: 30,83 €.
  • 2027: 31,76 €.

Qué debe hacer RRHH: revisar si en tu compañía estos conceptos variables se liquidan por día trabajado, por guardia efectivamente realizada, por turno nocturno o por disponibilidad. La corrección te da los importes y el “marco” (nocturnidad variable 35% y retén/guardia). Para evitar reclamaciones, conviene alinear: (1) sistema de turnos y partes de trabajo, (2) justificantes de guardias/retén, y (3) parametrización en nómina por año y nivel.

Jornada

No consta en el texto de esta corrección de erratas una actualización de jornada, calendarios o distribución de horas. Se mantiene lo que establezca el convenio completo publicado en 2025.

Vacaciones

No consta en el texto de esta corrección de erratas ninguna modificación de vacaciones. Debe consultarse el convenio completo.

Permisos y licencias

No consta en el texto de esta corrección de erratas ninguna modificación de permisos y licencias. Debe consultarse el convenio completo.

Teletrabajo y desconexión

Teletrabajo: No consta en el texto de esta corrección de erratas. Desconexión digital: No consta en el texto de esta corrección de erratas.

Formación

No consta en el texto de esta corrección de erratas ninguna medida nueva de formación. Debe consultarse el convenio completo.

Conciliación

No consta en el texto de esta corrección de erratas ninguna medida nueva de conciliación. Debe consultarse el convenio completo.

Otras medidas con impacto laboral

  • Trazabilidad: guarda la evidencia de que aplicas la corrección (captura de la tabla BOE, fecha de carga en nómina y versión de tablas).
  • Revisión de niveles: valida que el nivel profesional (3 a 8 en técnicos; 3 a 7 en centro de control) está correctamente asignado en tu HRIS y en nómina.
  • Control de incidencias: alinear parte de trabajo/turno/guardia con el concepto de nómina evita diferencias de interpretación.

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  • LOPD y RGPD: custodia de datos de jornada/turnos/guardias y trazabilidad de nómina.
  • Canal de denuncias: circuito interno para reclamaciones laborales con evidencias y plazos.
  • Protocolos contra el acoso: actualización, formación y documentación.
  • LSSI: textos legales web y cumplimiento básico.
  • Registro de jornada: sistema, política interna y auditoría de evidencias.
  • Registro salarial: estructura, criterios y soporte documental.
  • Desconexión digital: política, medidas y comunicación interna.

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Cierre práctico con 5 pasos

  • 1) Identifica colectivos: técnicos (niveles 3-8) y técnico centro de control (niveles 3-7) en tu estructura.
  • 2) Carga importes por año: 2022-2027, diferenciando el tramo del nivel 3 en técnicos.
  • 3) Revisa incidencias: qué turnos, noches, retén o guardias generan el concepto y cómo se valida.
  • 4) Haz un test: muestrea nóminas con nocturnidad/retén y verifica cálculo con la tabla del BOE.
  • 5) Documenta: guarda evidencia de la corrección aplicada (tabla, fecha de implantación y comunicación interna si procede).

Fuente oficial (BOE): https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-5695

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