Convenio Colectivo Industria Textil 2024-2026 – resumen de condiciones laborales
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Convenio Colectivo Industria Textil y Confección 2024-2026: Resumen y Claves











Convenio Colectivo Industria Textil: Resumen de los puntos clave

El nuevo Convenio Colectivo Industria Textil y de la Confección, publicado en el BOE el 13 de octubre de 2025, regula las relaciones laborales para el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de diciembre de 2026. Se trata de un acuerdo de ámbito estatal que afecta a todos los subsectores del textil y confección. Este convenio destaca por su apuesta por la modernización de las condiciones laborales, la equidad retributiva y la conciliación de la vida laboral y personal.

Entre los principales avances encontramos una estructura salarial más clara, incrementos retributivos garantizados, distribución flexible de la jornada, una regulación detallada del teletrabajo y garantías reforzadas en materia de contratación y movilidad.

Además, se establecen nuevos derechos y se refuerzan herramientas que permiten a las empresas organizar el trabajo con seguridad jurídica, siempre dentro del marco de la negociación con la representación legal de las personas trabajadoras.

Vigencia y aplicación

  • Aplicación desde el 1 de enero de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2026.
  • Las tablas salariales 2024 y 2025 tienen efectos retroactivos desde enero de cada año.
  • El convenio es de ámbito estatal y aplica a todas las empresas del sector textil y confección.

Salario

  • Incremento del 3,30 % anual durante 2024, 2025 y 2026.
  • Salario Mínimo Garantizado (SMG) para grupos A, B y C, superior al SMI.
  • Salario Referente del Grupo Profesional (SRGP), como referencia interna para cada grupo.
  • Complementos para acercarse al SRGP si la categoría queda por debajo.
  • Expressa prohibición de absorción o compensación de los incrementos salariales.

Jornada laboral

  • Jornada ordinaria: 1.789 horas anuales.
  • Jornada continuada: con reducción progresiva — 1.818 h en 2024, 1.808 h en 2025 y 1.798 h en 2026 — con un mínimo de 1.762 h efectivas.
  • Cuarto turno (weekend): 1.584 h al año. Quinto turno: hasta 1.738 h anuales.

Distribución irregular de jornada

  • Modalidad A: hasta 17 semanas al año con modificación de jornada (horas extras o menores) compensables dentro del año.
  • Modalidad B: distribución irregular del 10 % de la jornada mediante bolsa individual de horas, previa negociación con la RLPT.

Permisos y licencias

  • 3 días retribuidos por asuntos personales.
  • Liquidación proporcional de vacaciones y pagas no disfrutadas en caso de cese.
  • Preaviso en cese voluntario: 1 mes para grupos D‑G, 15 días para A‑C.

Contratación

  • Contrato por circunstancias de la producción: duración máxima de 12 meses.
  • Contratos ocasionales limitados a 90 días por año.
  • Períodos de prueba: según grupo profesional, hasta 6 meses.
  • Jubilación obligatoria a los 68 años si el puesto es reemplazado.

Teletrabajo

  • Acuerdo voluntario por escrito necesario.
  • La empresa debe proporcionar medios y mantenimiento.
  • Igualdad de derechos con el trabajo presencial.

Organización del trabajo y movilidad

  • Modificaciones organizativas: deben basarse en análisis técnico y notificarse a la RLPT.
  • Traslados: preaviso de un mes. Si el trabajador no acepta, indemnización de 20 días por año trabajado.

Subcontratación

  • La empresa principal responde solidariamente si la subcontrata no cumple con el convenio.

Comisión paritaria

  • Formada por 8 representantes empresariales y 8 sindicales.
  • Función: interpretar el convenio y resolver conflictos.

Cambios y novedades destacadas

  • Implementación de modelo retributivo basado en grupos profesionales con SMG y SRGP.
  • Subidas salariales obligatorias que no pueden ser absorbidas ni compensadas.
  • Reducción real de la jornada en régimen continuado.
  • Regulación clara del teletrabajo, flexibilidad horaria y mecanismos de compensación.
  • Mayor control y transparencia en contratos temporales y subcontratación.

Aplicación del Convenio Colectivo Industria Textil en empresas, RRHH y trabajadores

Empresas

  • Revisión de salarios y turnos.
  • Planificación ante reducción de jornada.
  • Supervisión de subcontratas para evitar sanciones.

RRHH

  • Actualización de contratos.
  • Negociación de medidas de flexibilidad con RLPT.
  • Control documental del teletrabajo y organización.

Trabajadores

  • Salario garantizado y progresivo.
  • Menos horas en jornadas continuadas.
  • Más derechos en organización, movilidad y jornada.

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Conclusión clara y práctica

Este Convenio Colectivo Industria Textil aporta mejoras significativas en el ámbito laboral para miles de personas trabajadoras y empresas del sector.

El convenio 2024‑2026 del sector textil y confección incorpora medidas esenciales para la modernización laboral: salarios claros, jornada equilibrada, mecanismos de flexibilidad y mayor control en teletrabajo y contratación. Realizar una implementación adecuada no solo evita riesgos legales, sino que puede mejorar la competitividad, clima interno y cumplimiento normativo de tu empresa.


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