Convenio Colectivo yesos cales y prefabricados 2025-2027. Resumen RRHH
Convenio Colectivo yesos cales y prefabricados 2025-2027
El BOE ha publicado el IX Convenio colectivo estatal del sector de fabricantes de yesos, escayolas, cales y sus prefabricados (código 99011915011998), suscrito el 10 de diciembre de 2025 y publicado en el BOE núm. 68 de 18 de marzo de 2026. Su ámbito temporal abarca los años 2025, 2026 y 2027, con prórroga anual si no se denuncia con un mes de antelación al vencimiento. Esta guía está pensada para dirección, empresa y RRHH: qué hay que cambiar en nómina, calendario, permisos y políticas internas, sin “copiar legal” y con datos concretos.
Idea clave: aunque es un convenio estatal, el régimen retributivo se apoya en tablas salariales por provincia (anexos IV, V y VI). Por tanto, la implantación correcta empieza identificando el centro de trabajo y su provincia, y asignando categoría o nivel conforme al sistema de clasificación profesional del convenio.
Resumen de los puntos del convenio colectivo yesos cales y prefabricados 2025-2027
- Vigencia: 2025-2027 (3 años) y prórroga anual si no se denuncia con 1 mes de antelación.
- Jornada anual: máximo de 1.736 horas durante la vigencia. Se prevé adaptación si hay una reducción legal de jornada.
- Distribución irregular: topes orientativos 7 a 9 horas/día y 35 a 45 horas/semana (modificables por acuerdo en empresa).
- Horas extra: uso excepcional; preferencia por descanso. Límite general legal de 80 horas/año (salvo supuestos de fuerza mayor). Si no se compensa en el plazo de 4 meses por causa imputable a la empresa, se retribuye al 150% del valor de la hora ordinaria.
- Vacaciones: mínimo 22 días laborables. Calendario con 2 meses de antelación y, si se fracciona, un bloque mínimo de 12 días laborables continuados.
- Permisos retribuidos (selección práctica): 15 días por matrimonio/registro de pareja de hecho; 5 días por enfermedad grave/hospitalización/intervención con reposo domiciliario de familiares y convivientes; 3 días por fallecimiento (4 con desplazamiento) + 1 día por fallecimiento de 3.º grado para entierro/incineración; 2 días por traslado dentro de provincia (4 fuera).
- Conciliación: lactancia (1 hora hasta 9 meses, con opciones de acumulación; posible extensión hasta 12 meses con reducción salarial desde el mes 9), permiso parental hasta 8 semanas (hasta que el menor cumpla 8 años), reducción de jornada por guarda legal y medidas reforzadas para víctimas de violencia de género/sexual o terrorismo.
- Permisos por fuerza mayor y emergencias: hasta 4 días/año (en horas) por motivos familiares urgentes; y hasta 4 días por imposibilidad de acceso al centro por restricciones o riesgo grave (catástrofes/meteo), con posible prolongación mientras duren las circunstancias.
- Salarios: incrementos pactados sobre tablas vigentes: +3,1% en 2025, +2,5% en 2026 y +2,4% en 2027. Atrasos de 2025: pago en 2 meses desde la publicación en BOE del convenio.
- SMG (salario mínimo garantizado) por niveles: por ejemplo en 2025, Nivel II 23.587,14 € y Nivel XI 19.706,31 €; en 2027, Nivel II 24.757,06 € y Nivel XI 20.683,74 €.
- Teletrabajo: posible cuando el puesto lo permita y las comunicaciones lo soporten, conforme a la Ley 10/2021 (con suministro de medios/equipos); se refuerza en supuestos de protección a víctimas.
- Desconexión digital: derecho expreso para trabajo a distancia; obligación de la empresa de establecer medidas para garantizar descanso, con excepciones por urgencias y riesgos graves.
- Formación: anexo específico de formación profesional, remitiendo al sistema de formación para el empleo (Ley 30/2015 y RD 694/2017) e incorporando permisos individuales de formación.
- Igualdad y diversidad: directrices de planes de igualdad (especialmente para empresas de más de 50 personas), comisión paritaria sectorial por la igualdad y anexo de protocolo de acoso LGTBI.
- Otras medidas con impacto laboral: reglas de llamamiento de fijo-discontinuo con preaviso, regulación de uso de internet, protección de datos (RGPD) y figura del Delegado de Sostenibilidad con 8 horas/mes adicionales de crédito horario.
Cambios y novedades
En comparación con implantaciones “habituales” del sector industrial y con los puntos que suelen revisar auditorías y asesorías laborales, este convenio trae varias novedades especialmente relevantes en 2025-2027:
- Subidas salariales pactadas y calendario de atrasos: el incremento del 3,1% para 2025 exige regularización y pago de atrasos en 2 meses desde la publicación en BOE. Si no se planifica, se concentra tensión en nómina y tesorería.
- SMG por niveles + “pluses extrasalariales”: se publica un salario mínimo garantizado por nivel (II a XI) y se establece que los pluses extrasalariales, cualquiera que sea su nombre, equivaldrán al 8% del SMI vigente. Esto obliga a revisar cómo se etiquetan dietas/transportes/otros pluses en nómina y su naturaleza.
- Vacaciones más “operativas”: además de los 22 días laborables, se refuerza la anticipación (2 meses) y el bloque mínimo continuo de 12 días si hay fraccionamiento.
- Permisos y emergencias: se incorpora un paquete claro de permisos por fuerza mayor y por catástrofes/fenómenos meteorológicos (hasta 4 días, con extensión si persiste la causa), y se abre la puerta al trabajo a distancia si el puesto lo permite.
- Trabajo a distancia + desconexión digital: el convenio no solo menciona teletrabajo, también regula el derecho a la desconexión para personas que trabajan a distancia, obligando a fijar medidas internas y un marco de “urgencias”.
- Políticas internas digitales: capítulo específico de uso de internet y protección de datos, además de la desconexión. Es un recordatorio directo de compliance (RGPD) en entornos industriales con sistemas telemáticos corporativos.
- Igualdad y diversidad con herramientas: se incluyen directrices para planes de igualdad (RD 901/2020 y 902/2020) y un protocolo de acoso LGTBI, que en la práctica pide documentación, comunicación y formación.
Impacto en empresa, RRHH y plantilla
Para implantar el convenio sin incidencias, conviene bajar a tierra cuatro áreas: nómina, calendario y turnos, permisos y conciliación y políticas de cumplimiento. Aquí están los puntos donde más suele “romper” el día a día.
1) Salario: cómo aterrizar las tablas provinciales
El convenio incorpora tablas salariales para 2025, 2026 y 2027 por provincia. En implantación, RRHH debe: (1) confirmar provincia del centro, (2) asignar categoría/nivel, y (3) parametrizar salario base, pluses y pagas/vacaciones según el anexo aplicable.
Ejemplos de referencia (tablas 2025): en Alicante, “Jefe de oficina” (administrativos) figura con 1.563,18 € de salario base (más plus actividad y plus transporte), y en operarios “Oficial de primera” aparece como 47,90 € en salario base (formato día), con conceptos adicionales definidos en la propia tabla provincial. Además, se publican “otros conceptos” como media dieta y kilometraje en algunas provincias.
Para evitar errores: usa el SMG por niveles como red de seguridad en provincias sin tabla propia o sin presencia de empresas, y revisa complementos mínimos, como nocturnidad ≥ 25% del salario base, si la empresa trabaja en turno de noche.
2) Jornada: 1.736 horas y distribución irregular
La jornada máxima anual pactada es 1.736 horas. En plantas con producción continua, la clave no es solo el número: es el calendario anual y la trazabilidad de cambios. El convenio permite distribución irregular con horquillas de referencia (7-9 h/día, 35-45 h/semana) y contempla el pago del exceso al cierre del contrato si hay saldo positivo, con un incremento del 50% sobre la hora ordinaria en ese caso.
- Recomendación RRHH: fija el calendario dentro del mes siguiente a la publicación del calendario oficial de fiestas, y déjalo expuesto/visible.
- Turnos: si se establecen cambios de turnicidad o distribución 24/7, mejor documentar acuerdo con RLT o, en ausencia, el mecanismo previsto (incluida comisión paritaria si procede).
- Horas extra: define si se compensan en descanso y controla el plazo de 4 meses para evitar pago al 150% por falta de disfrute imputable a la empresa.
3) Vacaciones y permisos: reglas claras para evitar conflictos
En vacaciones, la combinación de 22 días laborables + 2 meses de preaviso + bloque mínimo de 12 días continuos (si se fracciona) pide planificación temprana. A esto se suman reglas de interrupción por IT (incluida la posibilidad de disfrute hasta 18 meses tras el final del año de devengo, según supuestos).
En permisos, destacan por impacto operativo:
- 5 días por hospitalización o intervención con reposo domiciliario (familiares hasta 2.º grado y convivientes que requieran cuidado efectivo).
- 4 días por imposibilidad de acceso al centro por restricciones o riesgo grave (catástrofes/meteo), con prolongación si persiste y opción de trabajo a distancia cuando el puesto lo permita.
- Fuerza mayor familiar: hasta el equivalente a 4 días/año retribuidos (en horas) por urgencias familiares, con acreditación documental en 48 horas.
- Lactancia y permiso parental: define procedimiento interno (preavisos, solicitudes, limitaciones por funcionamiento y alternativas) para evitar respuestas improvisadas.
4) Teletrabajo y desconexión digital: políticas internas obligatorias
El convenio prevé la posibilidad de trabajo a distancia cuando sea compatible con el puesto y la red lo permita, obligando a cumplir la Ley 10/2021 (medios/equipos). Además, reconoce expresamente la desconexión digital para personas que trabajan a distancia y exige que la empresa establezca medidas para garantizar descanso, con una excepción: urgencias y riesgos graves o perjuicios empresariales relevantes.
En la práctica, esto se traduce en: política de desconexión (franjas y canales), definición de “urgencia”, formación a mandos, y evidencias de comunicación interna. Es un punto recurrente en conflictos por disponibilidad fuera de jornada.
5) Igualdad, acoso LGTBI y datos: documentación y formación
Las empresas de más de 50 personas deben elaborar y aplicar plan de igualdad y el convenio incluye directrices y referencias a RD 901/2020 y 902/2020. Además, incorpora un protocolo de acoso LGTBI y capítulos de uso de internet, protección de datos (RGPD) y desconexión digital. Si tu empresa tiene intranet, tablets de planta, sistemas de fichaje o comunicaciones por apps, conviene alinear todo con RGPD y con los límites de uso de recursos digitales.
Servicios relacionados de Gestión de Implantaciones
Si quieres implantar este convenio con evidencias y reducir riesgos de sanción o conflicto (especialmente en industria con turnos y herramientas digitales), estos servicios suelen ser los más útiles:
- LOPD y RGPD: revisión de tratamientos en RRHH (nómina, salud laboral, comunicaciones digitales), políticas y evidencias.
- Canal de denuncias: implantación del sistema interno de información y procedimientos.
- Protocolos contra el acoso: implantación/actualización (incluye acoso sexual y LGTBI), formación y trazabilidad.
- LSSI: cumplimiento en comunicaciones corporativas, intranet y entornos digitales.
- Registro de jornada: implantación/auditoría (si aplica) y evidencias para inspección.
- Registro salarial: soporte en registro retributivo, complementos y trazabilidad.
- Desconexión digital: política, definición de urgencias y formación a mandos.
Formate Online
Para que el convenio colectivo yesos cales y prefabricados 2025-2027 se aplique sin interpretaciones distintas por planta, turno o mando, lo más efectivo es acompañarlo de formación (mandos, RRHH y plantilla). En Formate Online puedes desplegar formación privada y bonificada (cuando aplique) en modalidad e-learning.
- Gestión de calendarios, turnos y horas extra (descanso vs pago, evidencias).
- Permisos, conciliación y gestión de emergencias (catástrofes/meteo).
- Desconexión digital y uso de herramientas corporativas.
- Igualdad, diversidad y prevención del acoso (incluye LGTBI).
- Buenas prácticas de cumplimiento (RGPD, canal interno, documentación).
Cierre práctico con 5 pasos
- Encaje y provincia: confirma que tu actividad entra en yesos/escayolas/cales/prefabricados y determina la provincia del centro para aplicar la tabla correcta.
- Actualiza nómina 2025: aplica el incremento del 3,1%, parametriza pluses (nocturnidad, transporte, dietas) y planifica el pago de atrasos en 2 meses desde publicación BOE.
- Calendario anual: ajusta jornada a 1.736 horas, define turnos y reglas de horas extra (compensación y plazo) y publica el calendario laboral.
- Vacaciones y permisos: planifica 22 días laborables, bloque mínimo de 12 días si fraccionas, y define circuito interno para permisos (5 días cuidados, fuerza mayor, emergencias de movilidad).
- Políticas y formación: implanta/actualiza desconexión digital, uso de internet, RGPD en RRHH y protocolos de igualdad/acoso, y forma a mandos para aplicar criterios homogéneos.
Fuente oficial (BOE): BOE-A-2026-6391.