convenio industrias de ferralla 2025-2028
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Convenio industrias de ferralla 2025-2028: guía RRHH

convenio industrias de ferralla 2025-2028: claves prácticas para empresa y RRHH

El BOE (BOE-A-2026-3872) publica el VIII Convenio colectivo de industrias de ferralla 2025-2028, de aplicación estatal para empresas dedicadas a la elaboración, transformación, comercialización y montaje en obra de acero corrugado y mallazos para armaduras pasivas y hormigón estructural. Su vigencia va del 1 de enero de 2025 al 31 de diciembre de 2028, con continuidad del contenido normativo hasta que sea sustituido por otro.

Este artículo convierte el texto del BOE en una guía utilizable por dirección, asesoría laboral y RRHH: qué cambia en salarios, jornada, vacaciones, permisos, trabajo a distancia y desconexión, formación, conciliación y otras medidas con impacto operativo (pluses, dietas, climatología, PRL e igualdad).


Resumen de los puntos del convenio industrias de ferralla 2025-2028

Salario: El convenio fija incrementos salariales y establece tablas (por provincias, niveles y conceptos) en anexos. En términos generales, se pactan incrementos fijos para todos los conceptos retributivos: 3,1% en 2025, 2,75% en 2026 y 2,25% en 2027 y 2028, con una cláusula de revisión ligada al IPC real (con tope máximo del 1%).

Las nóminas se estructuran con salario base, pluses salariales (por ejemplo, asistencia) y pluses extrasalariales (por ejemplo, transporte), además de dos pagas extra (junio y diciembre). Como criterio práctico: el salario se paga de forma mensual y se fija un marco para evitar prorrateos automáticos de las pagas extraordinarias, salvo acuerdo con representación legal.

Ejemplos para “hacer una comprobación rápida” (tablas 2025, diferentes según provincia y nivel): en el grupo de provincias que incluye Alicante, Cantabria, La Rioja, Vizcaya, Baleares, Cádiz y Barcelona, el Nivel I aparece con un total mensual de 2.870,52 € y un salario anual de 40.187,28 €; y el Nivel XII con 1.650,64 € de total mensual y 23.108,96 € de salario anual. Úsalo como referencia para detectar errores de encuadramiento (nivel) o de provincia, no como “mínimo universal” para todo el Estado.

  • Pagas extra: 2 al año (junio y diciembre), con fechas habituales de abono antes del 30 de junio y del 20 de diciembre.
  • Plus de salida: cuando el personal habitual de taller debe desplazarse a obra, se prevé 12 € por día.
  • Nocturnidad: trabajo entre 22:00 y 06:00 con plus equivalente al 25% del salario base (con regla específica según número de horas nocturnas en la jornada).
  • Penosidad, toxicidad y peligrosidad: incremento del 23% sobre el salario base si es excepcional; si afecta a media jornada o menos, el plus se reduce (referencia del 10%).
  • Kilometraje y dietas (referencias 2025 publicadas): 0,31 €/km, dieta completa 40,65 € y media dieta 14,35 €.
  • Dietas: la dieta completa aplica cuando el desplazamiento impide dormir en la residencia habitual; la media dieta cuando se come fuera por desplazamiento y se puede dormir en casa, con una distancia mínima de referencia (no se devenga por desplazamientos a menos de 10 km).

Jornada: la jornada máxima anual se fija en 1.728 horas en 2025 y 2026, y baja a 1.720 horas en 2027 y siguientes. El calendario laboral anual debe pactarse (empresa y representación legal) antes del 30 de enero de cada año.

Vacaciones: 30 días naturales de vacaciones anuales retribuidas. Como regla operativa, el disfrute arranca en día laborable que no sea viernes, se programan por años naturales y, de forma general, se encajan entre junio y septiembre (al menos una de las dos fracciones). No se fracciona en más de dos partes y el calendario de vacaciones se prepara con antelación (referencia de 3 meses).

Permisos y licencias: además de los permisos legales, el texto recoge permisos retribuidos prácticos para el día a día, como asistencia a consultas médicas (propias y acompañamiento de menores), con límites anuales, y un permiso por fuerza mayor ligado a urgencias familiares y a situaciones que impidan acudir al centro de trabajo (incluyendo restricciones de movilidad o riesgos graves).

  • Médicos (permiso retribuido): tiempo indispensable para atención primaria/especialistas (centros públicos o privados) para la propia asistencia y acompañamiento de hijos/as menores, con un límite de 20 horas retribuidas/año y un máximo de 6 horas en una misma jornada.
  • Enfermedad infectocontagiosa en menores: cuidado de hijos/as menores con límite de 6 horas diarias (justificante por cada ausencia).
  • Fuerza mayor familiar: horas de ausencia retribuidas equivalentes a 4 días al año cuando hay urgencias familiares por enfermedad/accidente que exige presencia inmediata.
  • Imposibilidad de acudir al trabajo: hasta 4 días por restricciones de desplazamiento, catástrofes o fenómenos meteorológicos adversos; y posibilidad de prolongación del permiso si persisten las causas, con alternativas organizativas (suspensión o reducción por fuerza mayor).

Teletrabajo y desconexión: el texto reconoce expresamente el derecho a la desconexión digital en escenarios de trabajo a distancia o uso de herramientas tecnológicas fuera del centro. Además, cuando el puesto lo permita y las comunicaciones lo hagan viable, la empresa puede establecer trabajo a distancia cumpliendo la Ley 10/2021, con suministro de medios.

Formación: el convenio incorpora un bloque de formación continua (planes de formación, prioridades, comisión paritaria sectorial), orientado a recualificación, nuevas tecnologías, productividad, calidad y, de forma muy relevante en el sector, seguridad y salud en el trabajo.

Conciliación: incluye medidas de lactancia (con posibilidad de acumulación en jornadas completas con mínimo de 15 días laborables), reducción de jornada por guarda legal y excedencias por cuidado de hijos/familiares (hasta 3 años, ejercitable hasta que el menor cumpla 12 años). También contempla medidas reforzadas para víctimas de violencia de género/sexual o terrorismo, incluyendo reducción de jornada con reglas específicas durante los primeros meses.

Otras medidas con impacto laboral: destacan la regulación de turnos y relevos, la limitación de horas extra habituales (solo fuerza mayor) y la compensación por tiempo libre cuando se realicen tareas extraordinarias estructurales. En movilidad geográfica, se fijan reglas de preaviso e indemnización por traslado. En PRL, se refuerzan medidas frente a inclemencias y un protocolo de adaptación ante avisos naranja/rojo de AEMET por calor extremo, con reglas de reorganización, recuperación de horas y protección de la conciliación. En igualdad, se incluyen directrices sobre planes de igualdad, y se incorpora un protocolo contra el acoso y medidas vinculadas a no discriminación (incluida diversidad LGTBI+).


Cambios y novedades

El VIII Convenio colectivo de industrias de ferralla 2025-2028 llega con varios puntos que, en la práctica, son los que más “tocan” nómina, planificación y compliance:

  • Incrementos salariales plurianuales claros (2025-2028) y cláusula de revisión por IPC con tope, lo que obliga a parametrizar subidas y a dejar trazabilidad del criterio de actualización.
  • Jornada anual con reducción desde 2027 (1728 a 1720), impactando en calendarios, bolsas de horas y costes/hora.
  • Pluses y extras con cifras concretas (plus de salida 12 €/día; nocturnidad 25% del salario base; penosidad 23% del salario base si es excepcional), útiles para auditorías de nómina.
  • Política de horas extra más restrictiva: se busca eliminar las horas extra habituales y compensar situaciones estructurales con descanso equivalente a 1,25 horas por cada hora realizada.
  • Permiso por fuerza mayor y por imposibilidad de acceso al centro con referencia a catástrofes y fenómenos meteorológicos, y encaje con fórmulas de fuerza mayor (suspensión/reducción).
  • Derecho a desconexión y encaje del trabajo a distancia cuando sea compatible, especialmente relevante para perfiles técnicos, administrativos o de gestión.
  • Protocolo de calor extremo (AEMET) con reglas operativas: avisos naranja/rojo, reorganización de tareas/horarios, pago de horas en el mes previsto y recuperación del 70% dentro de los 6 meses, protegiendo además la conciliación para evitar sanciones por no poder adaptarse.
  • Refuerzo en igualdad y prevención: directrices de planes de igualdad, protocolo frente al acoso y referencias a obligaciones de no discriminación (incluida diversidad LGTBI+).

Nota de gestión: aunque las tablas salariales publicadas en anexos se muestran para 2025, el propio convenio deja claro que los incrementos pactados se aplican a los años siguientes. Para 2026, 2027 y 2028, la clave es aplicar el porcentaje correcto a la estructura salarial (y, si procede, la revisión por IPC dentro del límite).


Impacto en empresa, RRHH y plantilla

En un sector con mucha movilidad entre obra y taller, y con condiciones de seguridad exigentes, el impacto del convenio se nota en cinco frentes: costes, calendario, movilidad, prevención y cultura organizativa.

  • Coste salarial y presupuestos: programa las subidas (2025-2028) y define un método interno para la revisión por IPC. En contratos de obra o servicios, revisa el coste/hora para evitar desviaciones de margen.
  • Calendarios y jornada: ajusta la planificación a 1728 horas (2025-2026) y 1720 (2027 en adelante). Cualquier bolsa de horas o planificación de turnos debe partir de esa base.
  • Auditoría de pluses: revisa nocturnidad, penosidad/tóxico/peligroso y el plus de salida. En obra, un error de encuadramiento o de plus suele generar reclamaciones rápidas.
  • Movilidad y desplazamientos: documenta traslados con preaviso, cálculos de indemnización y dietas/gastos. En desplazamientos diarios, controla tiempos y compensaciones para evitar conflictos.
  • PRL y calor extremo: integra el protocolo de AEMET en la evaluación de riesgos y en la planificación de obra. Define cómo se comunica el cambio de horario, cómo se pagan las horas y cómo se recupera el tiempo, respetando descansos y conciliación.
  • Conciliación y permisos: forma a mandos y administración para aplicar límites (por ejemplo, 20 horas/año para médicos) y gestionar el permiso por fuerza mayor sin fricciones.
  • Igualdad y protocolos: si tienes 50+ personas, prioriza plan de igualdad. Además, mantén actualizado el protocolo antiacoso y los procedimientos internos para prevenir discriminación.

Recomendación práctica: crea una “ficha de implantación” de 1 página para jefes de obra, administración y RRHH con: jornada anual por año, porcentajes de subida, pluses clave, permisos críticos y el circuito de decisión ante avisos de AEMET (quién decide, cómo se comunica y cómo se registra).


Servicios relacionados de Gestión de Implantaciones

La implantación de un convenio no es solo nómina: implica procedimientos, evidencias y cumplimiento. En Gestión de Implantaciones ayudamos a aterrizar el convenio industrias de ferralla 2025-2028 en documentación y herramientas para reducir riesgos laborales y sancionadores.

  • LOPD y RGPD: políticas de tratamiento de datos en RRHH (partes médicos, justificantes, gestión documental y accesos).
  • Canal de denuncias: implantación y soporte de gestión para el cumplimiento y prevención de conflictos.
  • Protocolos contra el acoso: actualización, comunicación interna y trazabilidad de actuaciones.
  • LSSI: revisión legal de web corporativa y comunicaciones digitales.
  • Registro de jornada: implantación o mejora del control horario (clave para turnos, desplazamientos y recuperación de horas).
  • Registro salarial: estructura de evidencias para igualdad retributiva y soporte al plan de igualdad.
  • Desconexión digital: política y medidas aplicables a perfiles que usan herramientas tecnológicas fuera de horario.

Formate Online

Para que el convenio se aplique bien, hay que formar a quien ejecuta: administración, mandos intermedios y RRHH. En Formate Online puedes organizar formación privada y bonificada (según sector), en modalidad e-learning, para homogeneizar criterios y evitar errores en nómina, permisos y PRL.

  • Nóminas en construcción/metal: estructura salarial, pluses y auditoría interna.
  • Registro de jornada y turnos: control horario, horas extra y compensaciones.
  • PRL y organización del trabajo ante calor extremo: procedimientos y evidencias.
  • Igualdad, protocolos antiacoso y cultura preventiva: implantación y comunicación.
  • Desconexión digital y uso de herramientas tecnológicas: política y buenas prácticas.

Cierre práctico con 3 a 5 pasos

  • Valida encuadramientos: provincia, grupo/nivel y categoría. Un error aquí dispara reclamaciones y atrasos.
  • Parametriza subidas 2025-2028: aplica los porcentajes pactados y documenta el criterio de revisión por IPC (si procede) para auditoría.
  • Revisa pluses críticos: salida (12 €/día), nocturnidad (25% base), penosidad/tóxico/peligroso (23% base) y dietas/kilometraje.
  • Actualiza procedimientos: permisos médicos (límites), fuerza mayor y gestión de incidencias por meteorología (AEMET), con registro de comunicaciones.
  • Refuerza compliance: registro de jornada, desconexión digital, planes de igualdad (si aplica), y protocolos antiacoso.

Fuente oficial (BOE): BOE-A-2026-3872

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