Revisión salarial 2026 convenio industria química: tablas y pluses
revisión salarial 2026 convenio industria química
El BOE publica la Resolución de 6 de febrero de 2026 (BOE-A-2026-3870) por la que se registra y publica el acuerdo de la Comisión Negociadora del XXI Convenio colectivo general de la industria química (código 99004235011981). El documento es, sobre todo, una guía de aplicación inmediata para nóminas: confirma que no hay revisión salarial adicional en 2025 y fija el incremento salarial y tablas económicas para 2026 con efectos desde el 1 de enero de 2026.
Si gestionas RRHH, administración de personal o asesoría laboral en empresas del sector químico, este texto te interesa por tres motivos: (1) define el porcentaje de incremento para 2026 y cómo se distribuye, (2) publica salarios mínimos garantizados por grupos profesionales y valores mínimos de pluses, y (3) actualiza cuantías muy operativas: compensación por trabajo a distancia, dietas y kilometraje. A continuación, lo convertimos en una lectura práctica para empresa y plantilla (sin copiar lenguaje jurídico).
Resumen de los puntos de la revisión salarial 2026 convenio industria química
La comisión negociadora (FEIQUE, CC. OO. de Industria y UGT-FICA) se reunió el 27 de enero de 2026 y trató dos asuntos: revisión salarial de 2025 e incremento salarial de 2026. El BOE publica el acta y las cuantías resultantes para aplicar en 2026.
- Revisión salarial 2025: no procede revisión adicional porque el IPC general a 31/12/2025 fue 2,9% y el incremento pactado para 2025 fue 3%. Se confirman las tablas y valores económicos ya vigentes en 2025.
- Incremento salarial 2026: para 2026 se aplica un 3% de incremento sobre la masa salarial bruta depurada y homogeneizada calculada a 31/12/2025, según el procedimiento del convenio.
- Reserva interna del 0,6%: dentro del 3% de 2026, se prevé reservar un 0,6% para “nuevas antigüedades”, “complemento de puesto de trabajo” y “ajustes de abanicos salariales” dentro del mismo grupo profesional y entre grupos.
- Salarios mínimos garantizados 2026: se publican importes anuales mínimos por grupo profesional (aplicables desde 01/01/2026) y una tabla específica para sistemas a turnos en proceso continuo.
- Pluses mínimos 2026: se actualiza el plus mínimo de nocturnidad y los pluses mínimos de turnicidad y festivos.
- Teletrabajo, dietas y kilometraje: se actualizan importes de compensación de trabajo a distancia, dietas y kilometraje, con efectos 01/01/2026.
Salario: Sí consta en el texto (incremento 2026 y tablas de salarios mínimos garantizados).
Jornada: No consta en el texto del acuerdo publicado.
Vacaciones: No consta en el texto del acuerdo publicado.
Permisos y licencias: No consta en el texto del acuerdo publicado.
Teletrabajo y desconexión: Sí consta parcialmente (se actualiza la compensación económica de trabajo a distancia). Desconexión digital: No consta en el texto del acuerdo publicado.
Formación: No consta en el texto del acuerdo publicado.
Conciliación: No consta en el texto del acuerdo publicado.
Cambios y novedades de la revisión salarial 2026 convenio industria química
Este BOE no es un “convenio nuevo”, sino una actualización económica para aplicar en 2026. Las novedades son claras y medibles, y conviene trasladarlas a un checklist de nómina.
1) Salarios mínimos garantizados anuales por grupo profesional (desde 01/01/2026): si tu política retributiva usa el mínimo garantizado como referencia (o si necesitas verificar cumplimiento), estos son los importes anuales de la tabla general:
- Grupo 1: 20.311,46 €/año
- Grupo 2: 21.733,25 €/año
- Grupo 3: 23.561,31 €/año
- Grupo 4: 26.201,81 €/año
- Grupo 5: 29.856,97 €/año
- Grupo 6: 34.935,76 €/año
- Grupo 7: 42.450,95 €/año
- Grupo 8: 53.825,35 €/año
2) Salarios mínimos garantizados anuales para proceso continuo (turnos) desde 01/01/2026: tabla específica para sistemas a turnos en proceso continuo (útil para plantas con producción 24/7):
- Grupo 1: 25.023,72 €/año
- Grupo 2: 26.445,52 €/año
- Grupo 3: 28.273,56 €/año
- Grupo 4: 30.914,04 €/año
- Grupo 5: 34.570,13 €/año
- Grupo 6: 39.648,00 €/año
- Grupo 7: 47.163,22 €/año
- Grupo 8: 58.537,63 €/año
3) Pluses mínimos actualizados: aunque el incremento general es del 3%, los valores mínimos de nocturnidad y turnos/festivos se actualizan con un 5%, lo que requiere revisar configuraciones de nómina en centros con turnos.
- Plus mínimo de nocturnidad: 15,30 € por noche completa trabajada.
- Plus de turnicidad: 1,68 € por día efectivo trabajado en régimen de turnos (rotativos distintos del proceso continuo).
- Plus de festivo: 41,48 € por cada domingo o festivo completo trabajado.
4) Trabajo a distancia (compensación económica): para personal a jornada completa y con el 100% de trabajo a distancia, la compensación mínima queda en 44,10 € mensuales (desde 01/01/2026). Esto impacta en políticas de teletrabajo, acuerdos individuales y evidencias ante inspecciones.
5) Dietas y kilometraje (desde 01/01/2026): las cuantías publicadas ayudan a actualizar políticas de gastos y plantillas de liquidación:
- Realizando una comida fuera: 27,31 €/día
- Realizando dos comidas fuera: 54,54 €/día
- Dos comidas y pernocta fuera del domicilio: 163,06 €/día
- Kilometraje por uso de vehículo propio: 0,50 €/km
6) “Reserva” del 0,6% dentro del 3%: este punto suele generar dudas. En la práctica, es una indicación para que parte del incremento se destine a antigüedad de nueva generación, complementos de puesto o ajustes de abanicos. Traducción a gestión: define un criterio interno transparente, pactado si procede, para evitar desigualdades o conflictos (por ejemplo: priorizar puestos críticos, corregir solapes salariales o actualizar complementos ligados a turnos, toxicidad o responsabilidad).
Impacto en empresa, RRHH y plantilla
La revisión salarial 2026 convenio industria química afecta a empresa y plantilla de forma directa porque entra por nómina y por gastos, y además impacta en cumplimiento (evidencias, encuadramientos, acuerdos de teletrabajo). Estas son las áreas donde más conviene actuar.
- Actualización de nómina desde 01/01/2026: el incremento 2026 tiene efectos desde el 1 de enero. Si enero se cerró con importes anteriores, revisa atrasos, regularización y cotización. En auditoría interna, documenta la fecha de aplicación y el cálculo.
- Encuadramiento por grupo profesional: las tablas de mínimos garantizados por grupo son un “punto de control” excelente. Revisa que cada puesto esté bien clasificado (grupo 1 a 8) y que las retribuciones no caigan por debajo de mínimos, especialmente en cambios de puesto o promociones.
- Turnos (proceso continuo vs. turnos rotativos): hay una tabla específica para proceso continuo y valores mínimos de turnicidad/festivo para otros turnos. En plantas 24/7, un error de configuración puede multiplicarse en coste y generar reclamaciones.
- Nocturnidad: el mínimo por noche completa (15,30 €) se convierte en referencia para políticas de turnos y para revisiones de nómina. Si tu empresa paga importes superiores, el impacto será proporcional al porcentaje de incremento aplicable en tu sistema.
- Teletrabajo: la compensación mínima publicada (44,10 €/mes para 100% remoto y jornada completa) obliga a revisar acuerdos de trabajo a distancia, criterios de elegibilidad y evidencias (acuerdo firmado, medios, compensación y periodicidad).
- Dietas y kilometraje: actualiza la política de gastos, plantillas de liquidación, circuito de aprobación y archivo de justificantes. Esto reduce fricción con la plantilla y evita errores contables.
- Gestión del 0,6% reservado: define un procedimiento: quién propone, qué datos se usan (brechas, bandas, mercado, rotación), cómo se comunica y cómo se documenta. Un enfoque claro protege a RRHH y mejora la percepción de equidad interna.
Consejo práctico: crea un “paquete de implantación” con 3 piezas: (1) informe interno de cambios 2026, (2) checklist de parametrización (tablas, pluses, teletrabajo, dietas), y (3) comunicado breve a la plantilla con fecha de efectos y canal de dudas.
Servicios relacionados de Gestión de Implantaciones
La aplicación de una revisión salarial no es solo “cambiar importes”: implica procedimientos, evidencias y cumplimiento. En Gestión de Implantaciones te ayudamos a aterrizar la revisión salarial 2026 convenio industria química en herramientas y documentación para minimizar riesgos.
- LOPD y RGPD: gestión segura de datos de personal (nóminas, turnos, teletrabajo, gastos), minimización y control de accesos.
- Canal de denuncias: implantación y mantenimiento para cumplimiento, prevención y gestión de incidencias.
- Protocolos contra el acoso: actualización, comunicación interna y trazabilidad.
- LSSI: revisión legal de web corporativa, avisos legales y comunicaciones comerciales.
- Registro de jornada: soporte para centros con turnos, nocturnidad y festivos; evidencias y auditoría interna.
- Registro salarial: evidencias para igualdad retributiva, auditorías internas y soporte a planes de igualdad.
- Desconexión digital: política y medidas aplicables a equipos con uso intensivo de herramientas digitales, incluido teletrabajo.
Formate Online
Para aplicar bien la revisión salarial 2026 convenio industria química, conviene formar a quienes ejecutan nómina y gestionan turnos, teletrabajo y gastos. En Formate Online puedes organizar formación privada y bonificada (según sector), en modalidad e-learning, con enfoque práctico y material actualizable.
- Parametrización de nómina: tablas, pluses y auditoría de incidencias.
- Turnos, nocturnidad y festivos: criterios homogéneos y evidencias.
- Teletrabajo: acuerdos, compensación, RGPD y desconexión digital.
- Gestión de dietas y kilometraje: política de gastos y control documental.
Cierre práctico con 3 a 5 pasos
- Revisa encuadramientos: confirma el grupo profesional de cada puesto (1 a 8) y verifica mínimos garantizados 2026.
- Actualiza tu sistema de nómina: aplica el incremento 2026, el mínimo de nocturnidad (15,30 €), turnicidad (1,68 €) y festivo (41,48 €) donde proceda.
- Teletrabajo: revisa acuerdos y aplica la compensación mínima (44,10 €/mes) en casos de 100% remoto y jornada completa.
- Gastos y desplazamientos: actualiza dietas (27,31 €/día; 54,54 €/día; 163,06 €/día con pernocta) y kilometraje (0,50 €/km) y ajusta plantillas y aprobaciones.
- Documenta y comunica: guarda evidencia de la implantación y envía una comunicación interna breve con fecha de efectos (01/01/2026) y canal de dudas.
Fuente oficial (BOE): BOE-A-2026-3870