subvenciones de Formación Profesional 2026
|

Subvenciones de Formación Profesional 2026: claves

Subvenciones de Formación Profesional 2026: claves de la convocatoria estatal de 46,7 millones

El Boletín Oficial del Estado del 30 de septiembre de 2026 publica el extracto de una convocatoria estatal de subvenciones destinada a financiar acciones formativas vinculadas al Sistema de Formación Profesional. La convocatoria, promovida por la Secretaría General de Formación Profesional, cuenta con una dotación total de 46.700.000 euros y se dirige a entidades de formación y agrupaciones de entidades que cumplan los requisitos previstos en sus bases reguladoras.

Las acciones financiables están orientadas a personas trabajadoras, tanto ocupadas como desempleadas. El título de la convocatoria indica además que se trata de formación vinculada al catálogo nacional de estándares de competencias profesionales, en sectores de alta demanda, priorizando la atención de personas en situación de especial vulnerabilidad.

La publicación analizada es el extracto oficial de la convocatoria y remite a la Base de Datos Nacional de Subvenciones para consultar el texto completo y las condiciones detalladas del procedimiento.

Qué regula esta publicación del BOE

La publicación da publicidad al extracto de la Resolución de la Secretaría General de Formación Profesional de 25 de septiembre de 2026 por la que se convoca, en régimen de concurrencia competitiva y con ámbito estatal, la concesión de subvenciones a entidades de formación para desarrollar acciones formativas vinculadas al Sistema de Formación Profesional.

El objeto expresamente recogido en el extracto es financiar acciones formativas dirigidas a personas trabajadoras, tanto ocupadas como desempleadas. La finalidad indicada es conceder subvenciones a las entidades beneficiarias para desarrollar proyectos que contribuyan a los objetivos establecidos en la normativa reguladora de estas ayudas.

El título oficial de la convocatoria señala que las acciones estarán vinculadas al catálogo nacional de estándares de competencias profesionales, se desarrollarán en sectores de alta demanda y priorizarán la atención a personas en situación de especial vulnerabilidad.

No consta en el texto oficial el detalle de cada especialidad formativa, el importe máximo por proyecto, los criterios concretos de valoración de las solicitudes ni la distribución territorial de los fondos.

Para conocer esos aspectos, la publicación remite al texto completo de la convocatoria disponible en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, identificada con el código BDNS 932069.

Puntos clave de las subvenciones de Formación Profesional 2026

  • La convocatoria es de ámbito estatal.
  • Las ayudas se conceden en régimen de concurrencia competitiva.
  • La dotación total asciende a 46.700.000 euros.
  • Los posibles beneficiarios son entidades de formación y agrupaciones de entidades que cumplan los requisitos establecidos en las bases reguladoras.
  • Las acciones formativas se dirigen a personas trabajadoras, tanto ocupadas como desempleadas.
  • La convocatoria está vinculada al catálogo nacional de estándares de competencias profesionales.
  • El título oficial hace referencia a sectores de alta demanda.
  • Se prioriza la atención de personas en situación de especial vulnerabilidad.
  • El plazo de presentación de solicitudes es de 10 días naturales desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOE.

El extracto no desarrolla qué sectores concretos se consideran de alta demanda ni detalla cómo se aplicará la prioridad relacionada con las personas en situación de especial vulnerabilidad.

A quién afecta o a quién se dirige

Los potenciales beneficiarios son las entidades de formación y las agrupaciones de entidades definidas en el artículo 12 de la Orden EFP/705/2022, de 20 de julio. Además, deben cumplir los requisitos establecidos en el artículo 13 de esa misma orden.

Por tanto, la publicación no establece que las personas trabajadoras sean beneficiarias directas de la subvención. Son las destinatarias de las acciones formativas que desarrollen las entidades que resulten beneficiarias de las ayudas.

El extracto menciona expresamente tanto a personas ocupadas como a personas desempleadas.

No consta en el texto oficial una relación completa de sectores empresariales, categorías profesionales o perfiles laborales concretos a los que se dirijan las acciones.

Tampoco constan en este extracto requisitos individuales de acceso para las personas trabajadoras que participen posteriormente en la formación.

Fechas, plazos y vigencia

La resolución está fechada el 25 de septiembre de 2026 y su extracto se publica en el BOE número 241, de 30 de septiembre de 2026, en las páginas 51352 y 51353, con referencia BOE-B-2026-31652.

El plazo para presentar solicitudes es de diez días naturales contados desde el día siguiente al de la publicación del extracto.

Al haberse publicado el 30 de septiembre de 2026, el cómputo comienza el 1 de octubre de 2026 y, de acuerdo con ese plazo de diez días naturales, finaliza el 10 de octubre de 2026.

No consta en el texto oficial una fecha general de inicio de las acciones formativas.

No consta en el texto oficial una fecha máxima de ejecución de los proyectos.

No consta en el texto oficial una duración concreta de la convocatoria más allá del plazo de solicitud indicado.

No consta en el texto oficial un régimen transitorio específico.

Normativa y referencias citadas

El extracto se publica conforme a los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Las bases reguladoras se encuentran en la Orden EFP/705/2022, de 20 de julio, publicada en el BOE de 26 de julio. Esta orden fue modificada posteriormente por la Orden EFP/1189/2023, de 30 de octubre, publicada en el BOE de 1 de noviembre.

La convocatoria aparece registrada en la Base de Datos Nacional de Subvenciones con el identificador BDNS 932069.

La firma corresponde a la Secretaria General de Formación Profesional, Esther Monterrubio Ariznabarreta, por delegación de la Ministra de Educación, Formación Profesional y Deportes, conforme a la Orden EFD/335/2025, de 3 de abril.

Resumen final de la publicación

El BOE hace pública una convocatoria estatal de subvenciones para financiar acciones formativas del Sistema de Formación Profesional dirigidas a personas trabajadoras ocupadas y desempleadas.

Las ayudas se concederán en régimen de concurrencia competitiva a entidades de formación y agrupaciones que reúnan los requisitos establecidos en las bases reguladoras.

La convocatoria dispone de una dotación global de 46.700.000 euros y establece un plazo de diez días naturales para presentar solicitudes desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOE.

Según el título oficial, la formación estará vinculada al catálogo nacional de estándares de competencias profesionales, se orientará a sectores de alta demanda y priorizará la atención a personas en situación de especial vulnerabilidad.

Al tratarse de un extracto, varios aspectos operativos no aparecen desarrollados en esta publicación.

No consta en el texto oficial el importe máximo por proyecto.

No consta en el texto oficial la cuantía individual de cada ayuda.

No consta en el texto oficial el calendario concreto de ejecución de las acciones formativas.

No consta en el texto oficial el detalle de los criterios de valoración.

No consta en el texto oficial la lista concreta de especialidades formativas o sectores incluidos.


En síntesis, la publicación abre una convocatoria de financiación pública para entidades de formación que desarrollen acciones vinculadas al Sistema de Formación Profesional, con una dotación total de 46,7 millones de euros y un plazo de solicitud especialmente breve.

Para conocer los requisitos operativos, criterios de valoración, condiciones de ejecución y demás elementos que no aparecen desarrollados en el extracto del BOE es necesario consultar el texto completo de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

Contenido generado con inteligencia artificial.

Publicaciones Similares

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *