Tablas salariales enseñanza concertada 2026: 7 claves útiles
Tablas salariales enseñanza concertada 2026: claves para empresa y RRHH
Tablas salariales enseñanza concertada 2026: la resolución publicada en el BOE aprueba las tablas salariales de 2024 y 2025 para el personal docente en niveles concertados y las tablas de 2025 para el personal docente en niveles no concertados y para el personal de administración y servicios del VII Convenio colectivo de empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos. Para la empresa titular del centro, la dirección, la gestoría laboral y el área de recursos humanos, esta publicación tiene un efecto inmediato: revisar nóminas, atrasos, complementos y categorías para comprobar si el salario aplicado desde enero coincide con la tabla oficial.
El texto no publica un convenio nuevo completo, sino un acuerdo salarial firmado el 26 de marzo de 2026 y registrado por Resolución de 20 de abril de 2026. Su impacto práctico es claro porque afecta a personal docente en pago delegado de niveles concertados, a personal docente en niveles no concertados y al personal de administración y servicios. Además, incorpora reglas específicas sobre atrasos, complemento SMI, complemento temporal único adicional para determinadas categorías de administración y servicios, pluses para cocina y actualización del complemento por salidas escolares de más de un día.
En un sector donde conviven docentes, personal administrativo, recepción, portería, limpieza, cocina, comedor, mantenimiento y servicios auxiliares del centro, una tabla salarial mal aplicada no es un error menor. Puede afectar a la nómina mensual, a los trienios, a los atrasos pendientes y a la defensa documental frente a reclamaciones. Por eso conviene traducir esta publicación a decisiones concretas de gestión.
- Resumen de las tablas salariales y de los colectivos afectados.
- Cambios y novedades con impacto real en nómina y gestión.
- Consecuencias para empresa, RRHH y plantilla.
- Pasos prácticos para aplicar correctamente la publicación del BOE.
Resumen de las tablas salariales enseñanza concertada 2026
- Ámbito funcional: empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos.
- Publicación oficial: BOE de 1 de mayo de 2026.
- Objeto del texto: aprobación de las tablas salariales de 2024 y 2025 para personal docente en niveles concertados y de las tablas de 2025 para personal docente en niveles no concertados y personal de administración y servicios.
- Incremento salarial acordado: 2,5 % para 2024 respecto del personal en pago delegado y 2,5 % para 2025 para todo el personal y categorías.
- Ejemplos 2025 en niveles concertados: profesor o maestro de 2.º ciclo de Educación Infantil, 1.838,09 euros al mes y 43,98 euros por trienio en 14 pagas; profesor de Primaria o de 1.º y 2.º de ESO, 1.838,09 euros al mes y 43,98 euros por trienio; profesor de 3.º y 4.º de ESO o de Bachillerato, 2.158,52 euros al mes y 55,43 euros por trienio.
- Ejemplos 2025 en personal de administración y servicios: jefe de administración o secretaría, 1.507,56 euros al mes y 46,54 euros por trienio; auxiliar administrativo, 1.079,04 euros al mes y 39,29 euros por trienio; cocinero, 1.154,55 euros al mes y 39,29 euros por trienio; jefe de cocina, 1.211,28 euros al mes y 39,29 euros por trienio.
- Complemento por salidas escolares de más de un día en 2025: 59,69 euros por cada día lectivo o laborable no lectivo de presencia obligatoria en el centro que coincida con la salida; 95,45 euros por cada día no lectivo o laborable de una salida nacional; 107,37 euros por cada día no lectivo o laborable de una salida internacional.
- Atrasos: las diferencias con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2025 y, en su caso, desde el 1 de enero de 2024, deben quedar totalmente saldadas en el plazo de tres meses desde la publicación en el BOE.
- Jornada: No consta en el texto del convenio.
- Vacaciones: No consta en el texto del convenio.
- Permisos y licencias: No consta en el texto del convenio.
- Teletrabajo y desconexión: No consta en el texto del convenio.
- Formación: No consta en el texto del convenio.
- Conciliación: No consta en el texto del convenio.
El texto también incorpora un complemento SMI para 2025: si la retribución total a jornada completa no alcanza el salario mínimo interprofesional mensual en 14 pagas fijado por la norma correspondiente, debe añadirse un complemento absorbible y compensable hasta llegar a esa cuantía. Este punto es importante para los puestos más próximos al suelo salarial, especialmente en administración y servicios.
Cambios y novedades
La principal novedad es que el BOE deja cerradas las tablas aplicables a 2024 y 2025 para una parte del sector y a 2025 para el resto de colectivos incluidos en esta publicación. Esto obliga a revisar con efecto retroactivo los importes pagados desde enero, sobre todo en centros que hubieran venido utilizando referencias provisionales o pendientes de publicación oficial.
En docentes de niveles concertados, la subida del 2,5 % se aplica a 2024 para personal en pago delegado y vuelve a reflejarse en 2025 para todas las categorías. En la práctica, esto consolida importes diferentes según etapa educativa, categoría y complemento. No es lo mismo un profesor de Primaria o 1.º y 2.º de ESO, que queda en 1.838,09 euros mensuales, que un profesor de 3.º y 4.º de ESO, Bachillerato o determinadas enseñanzas postobligatorias, que pasa a 2.158,52 euros mensuales. Además, siguen existiendo complementos específicos, como el de equiparación de licenciados en 1.º y 2.º de ESO o el complemento de Bachillerato.
En administración y servicios aparece una de las novedades más prácticas: el complemento temporal único adicional de 2025 para determinadas categorías. Las personas con un trienio cumplido a 31 de diciembre de 2024 cobran 15 euros al mes en 14 pagas, y quienes tienen dos o más trienios cobran 25 euros al mes, también en 14 pagas. Este complemento se aplica, entre otros, a recepcionista-telefonista, auxiliar administrativo, cuidador, portero, guarda-vigilante, personal de limpieza, ayudante de cocina, personal de comedor, oficial de segunda de oficios y personal de mantenimiento, jardinería y oficios varios.
Para cocina hay una regulación específica: el personal con categoría de cocinero percibe un complemento temporal único de 45 euros al mes en 14 pagas y el jefe de cocina percibe 90 euros al mes en 14 pagas. Estos importes son incompatibles con el complemento temporal del bloque anterior. Esto obliga a revisar bien la categoría profesional que figura en nómina para no aplicar dos mejoras incompatibles entre sí ni dejar de aplicar la correcta.
Otra novedad es la actualización del complemento por salidas escolares de más de un día, con una subida del 2,8 % correspondiente al IPC del año anterior. En centros donde el profesorado participa en viajes, convivencias, intercambios o actividades fuera del centro, este dato tiene impacto directo en coste y planificación. No basta con pagar una cantidad genérica: el texto distingue entre día lectivo o laborable con presencia obligatoria, día no lectivo en salida nacional y día no lectivo en salida internacional.
Por último, la disposición sobre atrasos obliga a cerrar diferencias pendientes en un plazo máximo de tres meses desde la publicación en el BOE. Esto exige una revisión inmediata de nóminas ya abonadas, especialmente en centros con gran volumen de personal docente en pago delegado o con plantillas amplias de administración y servicios.
Impacto en empresa, RRHH y plantilla
Para la empresa titular del centro educativo, el impacto inmediato es económico y documental. Hay que confirmar qué colectivos están afectados por las tablas publicadas, revisar si las cuantías de salario y trienios se han aplicado correctamente desde enero y calcular atrasos cuando corresponda. También conviene revisar los conceptos específicos de categoría, porque una mala asignación entre cocinero y jefe de cocina, o entre auxiliar administrativo y otra categoría, altera el complemento aplicable y puede provocar incidencias.
Para recursos humanos o gestoría laboral, el trabajo no acaba en la tabla. Debe verificarse la fecha de devengo de los trienios, la proporcionalidad en jornadas parciales, la identificación separada en nómina del complemento temporal único adicional 2025 y el control del plazo máximo de tres meses para abonar atrasos. También es importante recordar que, en niveles concertados, el propio texto señala que la Administración educativa competente asume las obligaciones legales y salariales que le correspondan en pago delegado, lo que obliga a coordinar bien la gestión y las posibles reclamaciones.
Para la plantilla, el efecto más visible está en la nómina. El personal docente ve consolidada la actualización salarial por etapa y categoría, mientras que parte del personal de administración y servicios gana un refuerzo temporal adicional en 2025. Además, quien participe en salidas escolares de más de un día tiene ya cuantías actualizadas y diferenciadas según el tipo de día y de desplazamiento. Todo ello mejora la seguridad jurídica si el centro lo aterriza bien en los recibos salariales.
- Salario: revisión de tablas y trienios con efectos retroactivos.
- Atrasos: pago obligatorio dentro de los tres meses siguientes a la publicación.
- PAS: complementos temporales de 15, 25, 45 o 90 euros al mes según categoría y antigüedad.
- Salidas escolares: importes actualizados y diferenciados para 2025.
- Cumplimiento: necesidad de revisar categorías, nóminas y conceptos incompatibles.
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Aunque esta publicación se centra en tablas salariales, el entorno educativo exige actualización continua en normativa, gestión laboral, protección de datos, convivencia, igualdad y organización interna. Por eso la formación privada y bonificada en modalidad e-learning resulta especialmente útil para titulares de centros, equipos directivos, personal administrativo, responsables de comedor, mantenimiento y docentes.
Formate Online ayuda a planificar itinerarios formativos por sector con un enfoque práctico: protección de datos, igualdad, prevención del acoso, organización del trabajo, atención a familias, liderazgo y actualización normativa. Es una forma directa de convertir una necesidad operativa en una mejora real del centro.
Cierre práctico: 5 pasos para aplicar el texto publicado
- Identifica qué personal del centro entra en las tablas publicadas: docentes en concertada, docentes en no concertada y personal de administración y servicios.
- Revisa salario, trienios y categoría profesional de cada persona trabajadora para comprobar si coincide con la tabla de 2024 o 2025 que corresponda.
- Calcula y abona atrasos dentro del plazo de tres meses desde la publicación del BOE.
- Comprueba si procede el complemento SMI o el complemento temporal único adicional de 15, 25, 45 o 90 euros, evitando incompatibilidades.
- Actualiza los criterios de nómina para salidas escolares, conceptos diferenciados y archivo documental de soporte.