Tablas salariales Iberia pilotos 2025: resumen
Tablas salariales Iberia pilotos 2025
Las tablas salariales Iberia pilotos 2025 han sido publicadas oficialmente mediante la Resolución de 22 de junio de 2026, de la Dirección General de Trabajo. El texto registra y publica el acuerdo de revisión salarial del X Convenio colectivo de Iberia LAE, S.A., Operadora, y sus tripulantes pilotos, con código de convenio 90002650011982.
La publicación aparece en el BOE núm. 160, de 2 de julio de 2026, y recoge el acuerdo firmado en Madrid el 9 de marzo de 2026 entre la representación de Iberia y la Sección Sindical de SEPLA en Iberia. Su finalidad principal es actualizar las tablas salariales y determinados conceptos retributivos del colectivo de pilotos para el año 2025.
El acuerdo tiene efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2025. Además, establece que la regularización correspondiente se producirá en la nómina del mes de abril de 2026, momento en el que deben actualizarse los conceptos retributivos incluidos en las tablas publicadas.
Resumen de los puntos del convenio: tablas salariales Iberia pilotos 2025
El texto publicado se centra en la revisión salarial del colectivo de tripulantes pilotos de Iberia LAE, S.A., Operadora. No modifica de forma general todas las condiciones laborales del convenio, sino que actualiza tablas, primas, dietas, fondos y otros conceptos retributivos incluidos en los anexos del X Convenio Colectivo de Pilotos.
La revisión deriva del artículo 132 del convenio, que vincula los incrementos salariales de los años 2024, 2025, 2026 y 2027 a una escala relacionada con el nivel de EBIT/INGRESOS del Grupo Iberia, formado por Iberia e Iberia Express. En 2025 se superó el 12 %, lo que activa un incremento salarial consolidado del 2,5 %. Además, el EBIT/INGRESOS de la línea aérea del Grupo Iberia alcanzó el 18,8 %, lo que genera un incremento adicional del 1 %.
Como resultado, el incremento salarial total aplicable sobre la masa salarial del colectivo de pilotos en 2025 es del 3,5 %. Para alcanzar ese resultado global, el acuerdo aplica un incremento del 3,58 % en los conceptos correspondientes.
- Ámbito: Iberia LAE, S.A., Operadora, y sus tripulantes pilotos.
- Tipo de acuerdo: revisión de tablas salariales y conceptos retributivos del X Convenio Colectivo de Pilotos.
- Fecha del acuerdo: 9 de marzo de 2026.
- Fecha de resolución: 22 de junio de 2026.
- Fecha de publicación en BOE: 2 de julio de 2026.
- Efectos económicos: desde el 1 de enero de 2025.
- Regularización: próxima nómina del mes de abril de 2026.
- Incremento salarial total: 3,5 % sobre la masa salarial del colectivo de pilotos.
- Incremento aplicado en conceptos: 3,58 %.
En la nueva tabla salarial de tripulantes pilotos, el sueldo base queda fijado en 1.216,94 euros para los niveles publicados. La prima por razón de viaje garantizada para 70 horas varía según nivel, desde 4.641,82 euros en el nivel 1D hasta 202,77 euros en el nivel 11.1, correspondiente al año 1.
También se actualizan los precios de horas atípicas, horas de vuelo adicionales desde la hora 71 inclusive, horas hasta 156,54 de actividad laboral y horas desde 156,55 de actividad laboral en adelante. El texto indica que determinados valores que excedan de la garantía tendrán un incremento del 19,57 %.
Entre los conceptos concretos publicados destacan la prima de responsabilidad de comandante, fijada en 2.751,68 euros para el Grupo 1 y 2.974,83 euros para el Grupo 2. La prima de responsabilidad de copiloto queda en 167,78 euros y la gratificación de copiloto senior en 324,30 euros. La prima de productividad se fija en 918,32 euros para comandantes, 648,26 euros para copilotos de niveles 1D a 9, 449,19 euros para nivel 10, 273,14 euros para nivel 11.2 y 90,13 euros para nivel 11.1.
El acuerdo también incorpora otros importes relevantes: renuncia a la recogida, 239,53 euros; gratificación para mayores de 60 años, 2.333,88 euros; plus de imaginaria, 188,34 euros; importe de reserva o rescisión especial de 60 a 65 años, 4.667,79 euros; importe de prima comandante anexo 10, 25.737,50 euros; indemnización anual de vestuario, 1.300,42 euros; reconocimiento médico en centro distinto a los reconocidos por Iberia, con cantidad máxima de 165,73 euros.
- Salario: consta revisión salarial del 3,5 % sobre la masa salarial del colectivo de pilotos y actualización del 3,58 % en conceptos retributivos.
- Jornada: No consta en el texto del convenio.
- Vacaciones: No consta en el texto del convenio.
- Permisos y licencias: No consta en el texto del convenio.
- Teletrabajo y desconexión: No consta en el texto del convenio.
- Formación: No consta en el texto del convenio.
- Conciliación: No consta en el texto del convenio.
Cambios y novedades
La novedad principal es la consolidación de las tablas salariales para 2025. Las tablas publicadas anulan y sustituyen a las vigentes hasta ese momento en 2025 y pasan a formar parte integrante del X Convenio Colectivo de Pilotos. Los conceptos que no figuran en los anexos mantienen sus importes actuales.
Desde el punto de vista práctico, el cambio no consiste únicamente en aplicar un porcentaje general. La empresa debe trasladar la revisión a las tablas salariales y al resto de conceptos retributivos recogidos en los anexos 1, 2, 3, 4 y acta aneja. Esto incluye sueldo base, primas, gratificaciones, dietas, fondos y bases de cálculo vinculadas al colectivo afectado.
Otro cambio relevante es la regularización retroactiva. Aunque el acuerdo se firma el 9 de marzo de 2026 y se publica en el BOE el 2 de julio de 2026, sus efectos económicos se retrotraen al 1 de enero de 2025. Por ello, la gestión de nómina debe contemplar el ajuste de importes del ejercicio 2025 conforme a la tabla definitiva.
También se actualizan las dietas por desplazamiento y destacamento. Las dietas por desplazamiento quedan fijadas en 139,08 euros para desplazamiento nacional y en 179,17 USD o 122,55 euros para desplazamiento extranjero. En los destacamentos, las cuantías varían según se trate de destinos nacionales o extranjeros, y según el grupo de países establecido en el propio texto.
El acuerdo incorpora, además, importes vinculados al Fondo Solidario de Pilotos, al fondo de consecución de objetivos y a la base de cálculo para fondo social y mutual. En esta última base, se indica que se verá incrementada con las primas consolidadas que procedan y que también se incrementará por cada trienio en 109,15 euros.
Impacto en empresa, RRHH y plantilla
Para Iberia y para los equipos responsables de administración de personal, el impacto más directo está en la revisión de nóminas y conceptos retributivos. Deben comprobarse los niveles, las primas aplicables, los importes por dietas, las regularizaciones y la correcta aplicación de los efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2025.
Para RRHH, el acuerdo exige una lectura cuidadosa de los anexos. La actualización afecta a conceptos muy específicos del colectivo de pilotos, como prima por razón de viaje garantizada, precio de hora atípica, precios de horas de vuelo adicionales, primas de responsabilidad, gratificaciones, productividad, dietas y fondos asociados.
Para la plantilla de tripulantes pilotos, la publicación aporta seguridad jurídica sobre los importes definitivos de 2025. La regularización debe permitir ajustar diferencias y consolidar las tablas salariales definitivas, evitando que permanezcan importes provisionales o conceptos desactualizados.
Para asesorías laborales y profesionales que colaboran con empresas del sector aéreo, este acuerdo es un ejemplo claro de la importancia de revisar no solo el salario base, sino todo el conjunto de conceptos salariales y extrasalariales que pueden verse afectados por una revisión colectiva. Una actualización incompleta puede provocar errores en nómina, dudas internas y diferencias acumuladas.
Cierre práctico con pasos recomendados
Para aplicar correctamente las tablas salariales Iberia pilotos 2025, conviene seguir una revisión ordenada:
- Identificar el nivel y los conceptos retributivos aplicables a cada tripulante piloto.
- Actualizar las tablas y conceptos publicados con efectos desde el 1 de enero de 2025.
- Calcular la regularización retroactiva que corresponda y reflejarla correctamente en nómina.
- Revisar primas, dietas, gratificaciones, fondos y bases de cálculo para evitar omisiones.
- Documentar la aplicación del acuerdo y coordinar la información entre RRHH, nóminas, asesoría y plantilla.