tablas salariales Iberia tierra 2025
|

Tablas salariales Iberia tierra 2025: 7 claves

Tablas salariales Iberia tierra 2025: subida, atrasos y claves del convenio

La Resolución de 31 de marzo de 2026, publicada en el BOE de 15 de abril de 2026, registra y publica el acta de actualización de las tablas salariales y del resto de conceptos retributivos revalorizables correspondientes a 2025 del XXII Convenio colectivo del personal de tierra de Iberia Líneas Aéreas de España, SA, Operadora SU. Para empresa, RRHH y plantilla, la clave práctica es muy clara: el texto confirma una revisión salarial con efectos desde el 1 de enero de 2025, fija la retroactividad de todo el ejercicio y señala el 30 de abril de 2026 como fecha de abono de las cantidades actualizadas. No estamos ante una renegociación completa del convenio, sino ante una actualización económica de sus tablas y conceptos revalorizables para 2025.

El convenio afectado es un convenio de empresa y su actividad real se vincula al personal de tierra de Iberia, es decir, a perfiles laborales ligados a la operativa aeroportuaria, servicios de apoyo en tierra, atención al pasajero, coordinación operativa y demás funciones propias del entorno de tierra de una compañía aérea. El propio texto deja constancia de que esta actualización se aplica a las personas trabajadoras sujetas al XXII Convenio colectivo del personal de tierra hasta la expiración del convenio, fijada en el 31 de diciembre de 2025.

Resumen de los puntos del convenio

La actualización parte del artículo 154.b) del XXII Convenio, que liga la subida salarial al ratio EBIT/Ingresos del Grupo Iberia. Como ese ratio fue superior al 12 % en 2025, corresponde un incremento consolidado del 2,5 % sobre la masa salarial de ese año. Ahora bien, como la masa salarial integra conceptos revalorizables y no revalorizables, el porcentaje efectivo aplicado a los conceptos revalorizables asciende al 2,81878 %. Este matiz es importante porque explica por qué la revisión de las tablas puede mostrar una variación superior al 2,5 % en los conceptos afectados, sin contradecir el objetivo global pactado.

  • Incremento consolidado sobre masa salarial 2025: 2,5 %.
  • Porcentaje efectivo sobre conceptos revalorizables: 2,81878 %.
  • Efectos económicos: desde el 1 de enero de 2025.
  • Retroactividad reconocida: del 1 de enero de 2025 al 31 de diciembre de 2025.
  • Fecha de abono de atrasos y actualización: 30 de abril de 2026.
  • Vigencia de aplicación de esta actualización: hasta el 31 de diciembre de 2025.
  • Publicado en BOE: 15 de abril de 2026.

En cuanto a salario, el anexo I fija las nuevas cuantías de sueldo base, prima de productividad y complemento transitorio por niveles. La remuneración anual va desde 15.241,94 euros en el nivel 1F hasta 46.388,44 euros en el nivel 24. Entre medias, aparecen referencias útiles para RRHH y para las personas trabajadoras, como 23.010,54 euros en el nivel 10, 30.522,38 euros en el nivel 16, 40.037,90 euros en el nivel 20 y 43.931,72 euros en el nivel 23. La tabla mensual total se mueve, por ejemplo, entre 1.088,71 euros en 1F y 3.313,46 euros en 24, siempre dentro de la estructura retributiva definida por el propio convenio.

El texto también actualiza el salario hora/base y el incremento por trienio. A modo orientativo, el salario hora/base pasa por importes como 2,355275 euros en el nivel 1F, 4,580201 euros en el nivel 10 y 10,382774 euros en el nivel 24. El incremento por cada trienio acreditado va desde 0,154695 euros en 1F hasta 0,755416 euros en 24. Además, la resolución recuerda que la remuneración anual corresponde a 14 pagas y que en 2025 se añade una mensualidad con las claves que integran la decimoquinta paga, identificada como Gratificación Fin de Ejercicio, según las retribuciones vigentes a 31 de diciembre de 2024.

  • Jornada: No consta en el texto del convenio.
  • Vacaciones: No consta en el texto del convenio.
  • Permisos y licencias: No consta en el texto del convenio.
  • Teletrabajo y desconexión: No consta en el texto del convenio.
  • Formación: No consta en el texto del convenio.
  • Conciliación: No consta en el texto del convenio.

Cambios y novedades de las tablas salariales Iberia tierra 2025

La primera novedad relevante es que la subida no nace de una cifra arbitraria, sino de una fórmula pactada en convenio y vinculada al desempeño económico del Grupo Iberia. El hecho de superar el 12 % de ratio EBIT/Ingresos activa automáticamente el tramo máximo previsto en la escala para 2025, con un 2,5 % sobre la masa salarial consolidada. La segunda novedad es técnica, pero muy relevante para administración laboral y nómina: el ajuste real sobre los conceptos revalorizables se eleva al 2,81878 % para que el resultado final sobre la masa salarial total sea exactamente el pactado.

La tercera novedad es la retroactividad completa del ejercicio 2025. El acta establece de forma expresa que las cantidades actualizadas se abonarán con efectos desde el 1 de enero de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2025, con pago fijado el 30 de abril de 2026. Esto obliga a revisar nóminas, regularizaciones y posibles diferencias pendientes en todos los conceptos afectados por la actualización. Para RRHH, no basta con aplicar la nueva tabla desde la publicación en BOE: la clave está en recalcular lo devengado durante todo 2025.

La cuarta novedad es que la actualización no se limita al salario base. El texto indica que se revisan las tablas salariales y el resto de conceptos retributivos revalorizables recogidos en los anexos I, II, IV y VI del XXII Convenio. En el anexo VI, por ejemplo, se actualizan otras bases de referencia por nivel, que van desde 535,75 / 493,75 / 1.095,98 en el nivel 1F hasta 2.157,83 / 1.988,67 / 3.645,96 en el nivel 24. Además, la nota del anexo señala que la base para el Fondo Social se incrementará un 7,5 % por cada trienio acreditado, con los límites de número de trienios y topes de nivel previstos en el artículo 126 del convenio.

También conviene subrayar otro dato contextual: la masa salarial tomada en consideración incluye a las personas trabajadoras subrogadas desde Iberia a South Europe Ground Services, SL, dentro del proceso de segregación de la actividad de asistencia en tierra. Ese detalle no cambia la lectura práctica principal para el personal afectado por este convenio, pero sí explica el encaje económico de la revisión y el modo en que se ha calculado la masa salarial definitiva de 2025.

Impacto en empresa, RRHH y plantilla

Para la empresa, esta resolución obliga a asegurar que las tablas, los conceptos revalorizables y los atrasos queden correctamente integrados en nómina. La fecha de pago del 30 de abril de 2026 es un hito operativo claro y exige coordinación entre relaciones laborales, administración de personal, nómina, control presupuestario y mandos responsables de validación. No es solo una subida salarial: es una regularización completa de importes con efectos retroactivos.

Para RRHH, el impacto más inmediato está en la revisión técnica de los niveles profesionales, la actualización de la remuneración anual por nivel, la comprobación de trienios y la aplicación de la decimoquinta paga conforme a las reglas retributivas vigentes a 31 de diciembre de 2024. También conviene revisar comunicaciones internas, consultas de plantilla y cualquier cuadro comparativo interno que todavía recoja importes anteriores. En departamentos con varios centros o con personal sujeto a distintas reglas convencionales, la trazabilidad documental será especialmente importante.

Para la plantilla, el efecto práctico es doble. Por un lado, se consolidan importes actualizados en las tablas de 2025. Por otro, se reconocen atrasos por todo el ejercicio, lo que puede tener impacto en la comprobación de recibos salariales y en la comparación de importes ya percibidos frente a los que deberían haberse devengado. Ahora bien, es importante no atribuir a esta resolución cambios que no aparecen en el texto: no introduce aquí una nueva jornada, no redefine vacaciones, no regula permisos y no desarrolla medidas específicas de teletrabajo, formación o conciliación. En esta publicación, el foco es estrictamente retributivo.


Servicios relacionados de Gestión de Implantaciones

Cuando una empresa actualiza condiciones económicas, conviene aprovechar para revisar también su arquitectura de cumplimiento laboral y organizativo. En Gestión de Implantaciones podemos ayudar a implantar o revisar LOPD y RGPD, canal de denuncias, protocolos contra el acoso, LSSI, registro de jornada, registro salarial y políticas de desconexión digital. Son áreas que suelen acabar conectando con la gestión diaria de RRHH, con auditorías internas y con la necesidad de documentar correctamente procedimientos ante plantilla, representación legal y terceros.

Una subida salarial o una actualización de tablas no debería gestionarse de forma aislada. Lo razonable es integrar nómina, compliance, registros y políticas internas en una misma hoja de ruta para reducir incidencias y ganar seguridad jurídica. Si necesitas apoyo para aterrizar estas obligaciones en tu empresa, puedes contactar directamente con nuestro equipo.

Formate Online

La actualización convencional también recuerda la importancia de la formación sectorial y de la capacitación continua en empresa. Desde Formate Online trabajamos la formación privada y bonificada por sector, en modalidad e-learning, para ayudar a empresas, autónomos y equipos de RRHH a mantener al día conocimientos clave en gestión laboral, prevención, digitalización y cumplimiento interno.

Una planificación formativa bien diseñada mejora la adaptación a cambios normativos, refuerza la comunicación interna y ayuda a profesionalizar procesos. En sectores con fuerte operativa, coordinación de equipos y exigencia documental, la formación continua deja de ser un extra y pasa a ser una herramienta real de organización y competitividad.

Cierre práctico con 4 pasos

  • Revisa qué personas trabajadoras están bajo el XXII Convenio del personal de tierra de Iberia y comprueba su nivel profesional.
  • Actualiza tablas, salario hora, trienios y demás conceptos revalorizables con efectos desde el 1 de enero de 2025.
  • Calcula atrasos de todo 2025 y verifica que el abono se alinee con la fecha fijada del 30 de abril de 2026.
  • Comunica internamente el cambio y conserva la referencia oficial del BOE para consultas, auditoría y trazabilidad documental.

Fuente oficial operativa: BOE-A-2026-8351, Resolución de 31 de marzo de 2026 sobre la actualización de las tablas salariales y conceptos retributivos revalorizables correspondientes a 2025 del XXII Convenio colectivo del personal de tierra de Iberia Líneas Aéreas de España, SA, Operadora SU.

Publicaciones Similares

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *