convenio colectivo pastas papel y cartón 2026
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Convenio papel y cartón 2026: claves y salarios

Convenio colectivo pastas papel y cartón 2026: salarios, jornada y novedades

El convenio colectivo pastas papel y cartón 2026 regula las principales condiciones laborales de las empresas y personas trabajadoras incluidas en el sector de fabricación de pastas, papel y cartón en España. El acuerdo fue suscrito el 8 de julio de 2026 y publicado en el BOE el 14 de octubre de 2026, con efectos generales desde el 1 de enero de 2026 y vigencia hasta el 31 de diciembre de 2028.

Se trata de un convenio sectorial estatal. Por ello, no afecta a una única empresa, sino a las empresas y personas trabajadoras comprendidas en sus ámbitos funcional, territorial y personal. Entre sus contenidos más relevantes se encuentran los incrementos salariales para 2026, 2027 y 2028, la reducción de jornada anual a partir de 2027, las vacaciones, los permisos, el trabajo a distancia, la desconexión digital y la formación profesional.

Resumen de los puntos del convenio colectivo pastas papel y cartón 2026

  • Vigencia: del 1 de enero de 2026 al 31 de diciembre de 2028.
  • Ámbito territorial: todo el territorio del Estado español.
  • Jornada máxima: 1.744 horas de trabajo efectivo en 2026 y 1.736 horas anuales desde el 1 de enero de 2027.
  • Vacaciones: 30 días naturales, de los cuales al menos 24 deben ser laborables.
  • Incremento salarial 2026: 3 % sobre la Retribución Total Teórica Bruta de cada persona trabajadora, con efectos retroactivos desde el 1 de enero.
  • Incremento salarial 2027: 2,25 % sobre la RTTB de 2026.
  • Incremento salarial 2028: 2,25 % sobre la RTTB de 2027.
  • Revisión salarial: si el IPC nacional acumulado entre 2026 y 2028 supera el 7,5 %, las tablas y la RTTB de partida de 2029 se actualizarán por el exceso.
  • Trabajo a distancia: voluntario para empresa y persona trabajadora y sujeto a acuerdo escrito.
  • Desconexión digital: las empresas deben contar con una política específica.

Cambios y novedades

Una de las medidas económicas de mayor impacto es el incremento salarial pactado para los tres años de vigencia. Para 2026, las empresas incluidas en el convenio garantizan un aumento del 3 % sobre la Retribución Total Teórica Bruta de cada persona trabajadora, con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2026 y el correspondiente abono de atrasos.

Para 2027 y 2028 se establece un incremento adicional del 2,25 % cada año. El convenio cifra así en el 7,5 % el incremento salarial acordado para el conjunto del periodo 2026-2028 y añade una cláusula de revisión ligada al IPC. Si el IPC general nacional acumulado durante esos tres años supera ese 7,5 %, el exceso deberá incorporarse a las tablas salariales y a la RTTB de partida aplicable en 2029.

Las tablas salariales de 2026 distinguen diferentes grupos profesionales. Como referencia, la tabla de mano de obra fija un salario bruto anual de 21.187,92 euros para el grupo A y de 23.668,16 euros para el grupo K, sin perjuicio de antigüedad, complementos u otros conceptos que procedan en cada caso.

También cambia la jornada máxima anual. Durante 2026 queda fijada en 1.744 horas de trabajo efectivo, mientras que desde el 1 de enero de 2027 se reduce a 1.736 horas anuales para los años restantes de vigencia del convenio.

En materia de contratación temporal por circunstancias de la producción, cuando determinados contratos de plantilla propia superen los nueve meses y alcancen hasta doce meses, el convenio establece la obligación de contratar o transformar en indefinidos, durante el año natural siguiente, al menos el 20 % del número de esos contratos que hubieran finalizado durante el año anterior.

A quién afecta este convenio

Este es un convenio sectorial estatal. Su ámbito no debe confundirse con el de una sola empresa ni extenderse a actividades diferentes de las previstas expresamente en el texto.

  • Ámbito funcional: empresas y personal pertenecientes al sector de fabricación de pastas, papel y cartón, junto con aquellas empresas que ya se rijan por este convenio y las que se adhieran mediante acuerdo entre la representación de las personas trabajadoras y la dirección.
  • Ámbito territorial: todo el territorio del Estado español.
  • Ámbito personal: las personas que prestan servicios en las empresas comprendidas en el ámbito funcional. Se excluye al personal de explotaciones forestales por estar encuadrado en otro sector económico.
  • Condiciones retributivas: las personas de los grupos profesionales 11 a 14 quedan excluidas de las condiciones retributivas del artículo 11.1, sin perjuicio de las condiciones salariales mínimas anuales establecidas en el propio convenio y de las excepciones legales o pactadas aplicables.
  • Ámbito temporal: del 1 de enero de 2026 al 31 de diciembre de 2028, con prórroga anual salvo denuncia o acuerdo para su revisión.

Impacto en empresa, RRHH y plantilla

Para los departamentos de Recursos Humanos, el convenio obliga a revisar las nóminas y aplicar correctamente los incrementos salariales, tablas, atrasos y complementos correspondientes. Las empresas también deben adaptar el calendario laboral a la jornada máxima anual y al sistema de vacaciones previsto.

Las vacaciones retribuidas se fijan en 30 días naturales para todo el personal incluido en el convenio, de los cuales al menos 24 deben ser días laborables. El calendario debe establecer el sistema de disfrute, preferentemente durante el verano, entre el 21 de junio y el 21 de septiembre, garantizando el funcionamiento de las secciones y departamentos.

Entre los permisos retribuidos destacan 16 días por matrimonio o registro de pareja de hecho, cinco días por hospitalización, accidente o enfermedad grave o determinadas intervenciones quirúrgicas de familiares o convivientes incluidos en el convenio, y un día por traslado del domicilio habitual. También se contemplan hasta 12 horas anuales para acompañamiento a determinados familiares a consultas médicas y hasta cuatro días al año, distribuidos por horas, por causas de fuerza mayor relacionadas con familiares o personas convivientes.

El registro de jornada adquiere una relevancia específica. La empresa debe garantizar un sistema diario objetivo, accesible y fiable que refleje las horas concretas de inicio y finalización. Estos registros tienen que conservarse durante cuatro años y permanecer disponibles para la plantilla, su representación legal y los organismos de control correspondientes.

En materia de teletrabajo, el convenio considera trabajo a distancia regular el que alcance al menos el 30 % de la jornada en un periodo de referencia de tres meses. La modalidad es voluntaria para ambas partes y exige un acuerdo escrito previo que detalle, entre otras cuestiones, los medios de trabajo, gastos y compensación, horario, distribución entre trabajo presencial y remoto, lugar de prestación y sistemas de control.

La reversibilidad del trabajo a distancia puede ejercerse por la empresa o la persona trabajadora con un preaviso de un mes, salvo que exista una previsión legal o convencional más favorable.

El convenio también reconoce el derecho a la desconexión digital fuera del horario laboral. Las empresas deben elaborar, previa audiencia a la representación de las personas trabajadoras, una política que defina cómo se ejerce la desconexión y contemple medidas de información y formación.

Respecto a la formación profesional, las partes la consideran un elemento estratégico para compatibilizar competitividad empresarial y desarrollo profesional. Cuando un puesto se vea afectado por modificaciones tecnológicas, la empresa deberá ofrecer formación durante el tiempo razonablemente necesario para facilitar la adaptación. También se regulan los planes anuales de formación y la información a la representación legal de la plantilla.

Servicios relacionados de Gestión de Implantaciones

La aplicación del convenio debe coordinarse con otras obligaciones empresariales que afectan directamente a Recursos Humanos y a la organización del trabajo. Gestión de Implantaciones puede ayudar a revisar y adecuar procedimientos relacionados con protección de datos y RGPD, canal de denuncias, protocolos frente al acoso, LSSI, registro de jornada, registro salarial y políticas de desconexión digital.

Aspectos como el control horario, el teletrabajo, la utilización de dispositivos, la geolocalización o el tratamiento de información laboral requieren que las políticas internas estén actualizadas y correctamente documentadas.

Formate Online

El propio convenio concede especial importancia a la formación como herramienta para la competitividad y la adaptación a los cambios tecnológicos. Las empresas pueden complementar sus planes internos mediante formación privada y bonificada adaptada a las necesidades profesionales del sector de pastas, papel y cartón.

Formate Online ofrece formación en modalidad e-learning que permite organizar acciones formativas con flexibilidad y facilitar el acceso de la plantilla a programas relacionados con prevención, competencias profesionales, digitalización, igualdad, cumplimiento normativo y otras materias de interés para las empresas.

Qué hacer ahora: pasos prácticos

  1. Comprobar si la actividad de la empresa y su plantilla están incluidas en los ámbitos funcional, territorial y personal del convenio.
  2. Revisar las nóminas de 2026, los atrasos derivados del incremento del 3 % y las tablas salariales aplicables a cada grupo profesional.
  3. Actualizar el calendario laboral para respetar las 1.744 horas de 2026 y la reducción a 1.736 horas desde 2027, además del régimen de vacaciones.
  4. Revisar permisos, trabajo a distancia, registro de jornada, desconexión digital y políticas internas relacionadas.
  5. Contrastar cualquier decisión laboral concreta con el texto oficial y realizar una revisión profesional antes de aplicar medidas que puedan afectar individual o colectivamente a la plantilla.

Fuente oficial: Convenio colectivo estatal del sector de pastas, papel y cartón 2026-2028 — BOE-A-2026-21427.

Contenido generado con inteligencia artificial.

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