Convenio colectivo de gestorías administrativas 2026: RRHH
Convenio colectivo de gestorías administrativas 2026: esta guía práctica resume el IX Convenio estatal de gestorías administrativas (vigencia 2024-2026, con efectos salariales desde el 01/01/2024) y la modificación publicada en el BOE el 16/02/2026 sobre medidas LGTBI. Aquí tienes lo esencial para aplicar salario, jornada, vacaciones, permisos, teletrabajo, desconexión digital y obligaciones de RRHH sin lenguaje jurídico.
Resumen del Convenio colectivo de gestorías administrativas 2026
Estos son los aspectos con mayor impacto directo en nómina, organización y gestión diaria:
- Ámbito y vigencia: estatal. Aplicación a gestorías administrativas y organizaciones colegiales. Duración hasta el 31/12/2026; salarios con efectos desde el 01/01/2024.
- Salarios: tablas anuales (cómputo anual en 14 pagas) para 2024, 2025 y 2026.
- Jornada: máximo 1.780 horas/año y jornada continua en verano durante dos meses consecutivos (uno debe ser agosto).
- Vacaciones: 22 días laborables/año retribuidos; el sábado cuenta como no laborable a estos efectos; preferencia de disfrute julio-septiembre.
- Permisos y licencias: catálogo de permisos retribuidos y no retribuidos, con mejoras prácticas (incluye días por necesidades personales y fuerza mayor familiar).
- Teletrabajo y trabajo a distancia: acuerdo por escrito, dotación mínima y compensación de gastos (1,00 €/día en 2024 por día efectivo de trabajo a distancia).
- Desconexión digital: derecho a no responder comunicaciones fuera de jornada y en descansos/ausencias.
- Modificación 2026: adenda LGTBI (medidas de acceso, clasificación/promoción, formación, entornos inclusivos) y protocolo específico antiacoso/violencia LGTBI.
Cambios y novedades
La novedad relevante publicada en febrero de 2026 es la incorporación al convenio de un conjunto planificado de medidas LGTBI. En la práctica, obliga a revisar procesos y documentación interna para asegurar igualdad de trato y no discriminación por orientación/identidad sexual, expresión de género, características sexuales y diversidad familiar. Puntos clave:
- Acceso al empleo: criterios objetivos y neutros en selección; evitar preguntas invasivas; formación específica para quienes seleccionan.
- Clasificación y promoción: carrera profesional basada en cualificación y capacidad, evitando discriminación directa/indirecta.
- Formación y sensibilización: módulos para toda la plantilla (incluidos mandos y RRHH) sobre derechos LGTBI e igualdad de trato.
- Entornos inclusivos: posibilidad de incluir LGTBIfobia en evaluación de riesgos laborales y psicosociales.
- Acompañamiento a personas trans: opción de protocolo de acompañamiento durante procesos de transición en el empleo.
La adenda incluye además un protocolo específico frente al acoso y la violencia contra las personas LGTBI, con una comisión de atención (máximo 4 personas, paritaria empresa/RLT) que debe reunirse en un máximo de 5 días laborables desde la recepción de la denuncia. El informe debe emitirse en un máximo de 20 días hábiles y la resolución final en un máximo de 30 días hábiles desde la denuncia.
Impacto en empresa, RRHH y plantilla
Para aterrizar el convenio en tareas operativas, estos son los bloques que más se mueven en implantación:
- Salarios (14 pagas) y revisión: parametriza tablas 2024-2026 y revisa posibles atrasos. Las tablas de 2025 y 2026 suponen un +3% sobre el año anterior y existe revisión adicional del 1% si el IPC supera el umbral previsto al cierre de 2024 y/o 2025.
- Tablas anuales (cómputo anual): Grupo I Titulado Superior 24.846,85 € (2024) / 25.592,25 € (2025) / 26.360,02 € (2026); Titulado Medio 23.423,44 € / 24.126,14 € / 24.849,93 €. Grupos II y III: Coordinador/Jefe Admvo./Jefe Técnico 20.457,75 € / 21.071,48 € / 21.703,62 €; Oficial 1ª/Técnico Senior 18.955,19 € / 19.523,84 € / 20.109,56 €; Oficial 2ª/Técnico Junior 17.320,74 € / 17.840,36 € / 18.375,58 €; Auxiliar Admvo./Ayudante Técnico 15.876,00 € / 16.352,28 € / 16.842,85 €. Grupo IV: Ordenanza 15.876,00 € / 16.352,28 € / 16.842,85 €; Personal limpieza 15.876,00 € / 16.352,28 € / 16.842,85 €.
- Jornada: máximo 1.780 h/año. Asegura descanso (tarde del sábado y domingo) y configura verano con jornada continua 2 meses consecutivos (uno agosto).
- Registro horario: sistema fiable con inicio/fin; notificación mensual del detalle a cada persona y, si hay RLT, también mensual con totalizaciones.
- Vacaciones: 22 días laborables; preferencia julio-agosto-septiembre; posible fraccionamiento en dos periodos; comunicar con 2 meses de antelación.
- Horas extra: criterio preferente descanso equivalente retribuido en 3 meses; alternativa retribución +50% sobre hora ordinaria.
- Pagas extra: dos gratificaciones (30 días de salario de convenio) en julio (máx. 15/07) y diciembre (máx. 22/12); posible prorrateo.
- Dietas y kilometraje: 0,26 €/km con autorización y gastos por desplazamiento. Dietas: 15 € (1 comida fuera) o 28 € (2 comidas fuera) si se pernocta en domicilio. Si se pernocta fuera, alojamiento y desayuno a cargo de empresa con factura (hasta 3 estrellas).
- Permisos retribuidos: se incluyen, entre otros, 15 días naturales por matrimonio/pareja de hecho, 5 días por fallecimiento de cónyuge/pareja/padres/hijos, 5 días por enfermedad grave/hospitalización/intervención con reposo, 2 días por traslado de domicilio, tiempo imprescindible para atención sanitaria, 1 día/año por necesidades personales (preaviso 5 días laborables) y un día adicional preferentemente 24 o 31 de diciembre. La fuerza mayor familiar urgente cubre horas retribuidas hasta equivalente a 4 días/año.
- Conciliación: procedimiento de adaptación de jornada (solicitud con antelación y negociación con respuesta motivada) y medidas para cuidados.
- Teletrabajo: acuerdo por escrito, dotación mínima, reversibilidad (preaviso 15 días; 3 días por causa grave/fuerza mayor) y compensación de 1,00 € por día efectivo de trabajo a distancia en 2024 (proporcional si no es toda la jornada) con actualización según subidas salariales.
- Desconexión digital: formaliza política interna, canales y excepciones por urgencia real para proteger salud y conciliación.
- Adenda LGTBI 2026: integra medidas en selección/promoción/formación y aplica protocolo antiacoso LGTBI (comisión paritaria formada + plazos 5/20/30 días).
Servicios relacionados de Gestión de Implantaciones
Si necesitas aplicar el convenio con garantías y dejarlo documentado, en Gestión de Implantaciones ayudamos a implantar y auditar:
- LOPD y RGPD (incluida privacidad en registro de jornada y comunicaciones).
- Canal de denuncias y gestión de investigaciones internas.
- Protocolos contra el acoso (incluido LGTBI) y protocolos de igualdad.
- LSSI y cumplimiento digital (correo, comunicaciones y evidencias).
- Registro de jornada, registro salarial y política de desconexión digital.
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El convenio ya impulsa la formación como palanca de profesionalización del sector y la modificación de 2026 añade, además, formación específica en igualdad de trato, diversidad y prevención del acoso (incluida la protección de las personas LGTBI). Con Formate Online puedes organizar formación privada y bonificada (FUNDAE), presencial, aula virtual o e-learning, adaptada a gestorías: normativa laboral, protección de datos, gestión documental, atención al cliente, herramientas digitales, igualdad y diversidad, y prevención del acoso.
Cierre práctico con 3 a 5 pasos
- 1) Actualiza tablas y pagas (14 pagas) y revisa atrasos/IPC si procede.
- 2) Ajusta calendario: 1.780 h/año, verano con jornada continua (2 meses, uno agosto) y descansos.
- 3) Normaliza permisos: circuito de solicitud/justificantes y criterio homogéneo (incluye día personal y fuerza mayor).
- 4) Regulariza teletrabajo: acuerdos escritos, dotación mínima, compensación y PRL/privacidad.
- 5) Implanta adenda LGTBI: formación + protocolo antiacoso LGTBI con comisión y plazos operativos.
Fuente oficial (BOE): BOE-A-2026-3595 (modificación LGTBI, 16/02/2026) y BOE-A-2024-17575 (texto del convenio, 30/08/2024).