convenio colectivo Hefame 2025-2028
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Convenio Colectivo Hefame 2025-2028: salarios y jornada

Convenio Colectivo Hefame 2025-2028: salarios, jornada, vacaciones y permisos

El BOE ha publicado el Convenio colectivo de Hermandad Farmacéutica del Mediterráneo, SCL (Hefame), con efectos desde el 1 de enero de 2025 y vigencia general hasta el 31 de diciembre de 2028. Para empresa y RRHH, lo importante no es “leer 55 páginas”, sino aterrizarlo a nómina, cuadrantes, permisos, teletrabajo, formación y cumplimiento (registro de jornada, desconexión, protección de datos, etc.).

En este resumen práctico encontrarás lo que suele pedir una gerencia o un departamento de personal: salarios base 2025 y 2026 por grupos, reglas de jornada, vacaciones y licencias, medidas de conciliación (incluye permisos innovadores) y otras cuantías económicas (guardias, nocturnidad, dietas, kilometraje). Todo explicado en lenguaje operativo para aplicar en tu día a día.


Resumen de los puntos del convenio colectivo Hefame 2025-2028

  • Ámbito: aplica en los centros de trabajo de Hefame cuyos representantes legales hayan participado en la comisión negociadora. Afecta al personal con contrato laboral en dichos centros (excluye socios cooperadores, ejercicio libre profesional y alta dirección).
  • Vigencia: efectos desde 01/01/2025 y vigencia hasta 31/12/2028, con prórroga anual tácita si no se denuncia con 2 meses de antelación.
  • Jornada: 40 horas semanales; distribución irregular hasta el 10% con preaviso mínimo de 5 días. Pausas de bocadillo incluidas como tiempo efectivo (25 minutos en jornada continuada de 8 horas; 20 minutos en jornada partida), con proporcionalidad según jornada.
  • Vacaciones: 31 días naturales retribuidos/año; 24 días naturales continuados entre julio y septiembre (rotación) y 7 días naturales fuera de ese periodo. Gratificaciones específicas en producción/atención al cliente/mantenimiento cuando se disfrutan fuera de verano o cuando, por necesidades, se van a septiembre.
  • Permisos retribuidos: matrimonio/pareja de hecho (15 días naturales), hospitalización o intervención con reposo domiciliario (5 días), defunciones (5 días laborables para familiares directos; 2 días para otros con ampliación por desplazamiento), traslado de domicilio (1 día o 2 si hay más de 350 km), bolsa de 8 horas/año para acompañamiento médico, entre otros.
  • Conciliación: lactancia (1 hora o reducción; acumulación de 12 días laborables), reducción de jornada por guarda legal y cuidados, asuntos propios (4 días laborables/año con reglas de disfrute), y un permiso sin sueldo de 1 mes/año por motivos tasados.
  • Teletrabajo: se reconoce como forma posible de organización cuando proceda, con definición y remisión a un procedimiento pactado con la RLT.
  • Desconexión digital: protocolo interno aprobado en comisión de igualdad que reconoce el derecho a no atender comunicaciones profesionales fuera de jornada salvo urgencias o puestos con disponibilidad.
  • Formación: plan anual de formación y posibilidad de solicitudes individuales; se menciona crédito formativo gestionado con la Fundación Tripartita/FUNDAE y formación inicial con tutoría.
  • Otras medidas con impacto laboral: reglas de horas extra, nocturnidad, guardias, dietas y kilometraje; protocolos de acoso, medidas LGTBI, protección de maternidad/embarazo/lactancia, y medidas especiales para víctimas de violencia de género.

Cambios y novedades

Aunque el convenio fija muchas reglas “clásicas” (jornada, vacaciones, permisos), hay varias medidas que destacan por su impacto real en la gestión diaria:

  • Bolsa de 8 horas anuales para acompañar al médico a hijos/as menores de 12 años o a padres/madres mayores de 65 años (con justificante y acreditación del parentesco).
  • Permiso retribuido ligado al nacimiento y cuidado (áreas de Producción o Atención al Cliente, con requisitos): tras el permiso legal, puede extenderse hasta que el menor cumpla 1 año, con una gratificación de 300 € brutos/mes (proporcional a la jornada media de los últimos 12 meses). Importante: computa a antigüedad y cotiza, pero no genera vacaciones.
  • Jornada flexible para determinados departamentos de servicios centrales: entrada flexible entre 7:00 y 9:00 y salida entre 15:00 y 17:00, manteniendo 8 horas diarias y 40 semanales, condicionada a requisitos y aprobación del responsable.
  • Desconexión digital formalizada mediante protocolo: útil para ordenar comunicaciones fuera de horario, especialmente con equipos mixtos (almacén, atención al cliente, servicios centrales).
  • Protocolo LGTBI incorporado como anexo: refuerza formación, lenguaje inclusivo, prevención del acoso discriminatorio y garantías de igualdad en permisos.

Además, hay novedades económicas que conviene parametrizar en nómina y en la gestión de tiempos: valor de horas de guardia, compensaciones navideñas, dietas y kilometraje.


Impacto en empresa, RRHH y plantilla

Este bloque está pensado como checklist para implantar el convenio colectivo Hefame 2025-2028 con el menor riesgo posible (errores de nómina, conflictos por vacaciones, incidencias con permisos o falta de evidencias en control horario).

1) Salarios base por grupos (Anexo I). El convenio publica tablas de salario base mensual por grupo profesional para 2025 y 2026. Como referencia, la tabla 2026 fija: Grupo I 2.553,63 €, Grupo II 2.222,39 €, Grupo III 2.053,75 €, Grupo IV 1.796,95 €, Grupo V 1.694,71 €, Grupo VI 1.351,58 €, Grupo VII (soporte informático) 1.140,08 € y Grupo VII 1.036,88 €. Para 2025, el salario base mensual va desde 2.474,45 € (Grupo I) hasta 1.004,73 € (Grupo VII).

2) Revalorización 2027 y 2028. La regla pactada es IPC nacional del año anterior + 0,3%, aplicable de forma porcentual a salario base y al complemento de adaptación a grupos profesionales. Esto es clave para presupuestar: no es una cifra fija, sino una fórmula.

3) Atrasos y fecha de implantación. El convenio tiene efectos desde 01/01/2025, pero se publica en BOE en 2026. Además, incluye una regla práctica: los atrasos y actualización de tablas se realizan en la nómina del mes siguiente a la publicación cuando la publicación sea en fecha igual o posterior al día 10 del mes. Esto obliga a revisar desde qué fecha estás aplicando tablas y si corresponde regularización.

4) Jornada y registro horario. La jornada general es 40 h/semana y se permite distribución irregular del 10% anual con preaviso mínimo de 5 días. Además, el propio texto exige fichaje de entradas y salidas mediante el sistema de accesos. Para RRHH, esto se traduce en: calendario laboral claro, evidencias de preavisos cuando se distribuya irregularmente, y trazabilidad del registro de jornada para inspecciones o reclamaciones.

5) Vacaciones con reglas y gratificaciones. Son 31 días naturales. Se reparten en 24 días de verano (julio-septiembre, rotatorios) y 7 días fuera de verano (voluntarios según periodos fijados). En producción/atención al cliente/mantenimiento: si por necesidades deben hacer las vacaciones de verano en septiembre, se abona una gratificación de 100 €; y por días naturales disfrutados fuera de julio-septiembre, se abonan 16 € por día. Además, el calendario debe publicarse antes del 31 de diciembre del año anterior.

6) Permisos y ausencias. Asegura que tu gestor de ausencias distingue bien días naturales y días laborables. Ejemplos de alto impacto: matrimonio/pareja de hecho (15 días naturales), hospitalización o reposo domiciliario (5 días), defunción de familiares directos (5 días laborables), traslado de domicilio (1 día o 2 si el traslado supera 350 km) y la bolsa de 8 horas para acompañamiento médico. En lactancia, la acumulación se fija en 12 días laborables consecutivos con comunicación previa.

7) Teletrabajo y desconexión. El convenio reconoce el teletrabajo y remite a un procedimiento pactado. La desconexión digital se refuerza con un protocolo interno: salvo urgencias o disponibilidad pactada, no se deben exigir respuestas fuera de jornada. Aquí el impacto es doble: cultura de comunicación y riesgo psicosocial.

8) Cuantías económicas que conviene parametrizar. Entre otras: plus de nocturnidad (35% del salario base del grupo para trabajadores nocturnos), horas nocturnas puntuales a 6 € por hora, horas extra no festivas con recargo del 50% y festivas del 80%, y horas de guardia: 20 €/h en domingo y 24 €/h en festivo (25 €/h en 2027 y 26 €/h a partir de 2028). Además, guardias en 25 de diciembre y 1 de enero: 28 €/h desde 01/01/2026 y 30 €/h desde 01/01/2027. En extrasalariales: kilometraje 0,25 €/km (pasa a 0,26 €/km desde la publicación en BOE), dieta completa 40 € si hay pernocta fuera, y media dieta 27 € si se pernocta en domicilio.

9) Igualdad, LGTBI, acoso y violencia de género. El texto incluye protocolos y medidas: prevención del acoso laboral y sexual, protocolo LGTBI (anexo), protección de maternidad/embarazo/lactancia y medidas específicas para víctimas de violencia de género (horario flexible, movilidad preferente con reserva de puesto, justificación de ausencias, etc.). Esto no es “papel”: tiene impacto en formación, procedimientos internos y evidencias.


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Si quieres convertir el convenio en procedimientos (y evitar conflictos, sanciones o reclamaciones), en Gestión de Implantaciones te ayudamos con:

  • LOPD y RGPD: políticas internas, cláusulas, proveedores y evidencias.
  • Canal de denuncias: implantación, documentación y comunicaciones.
  • Protocolos contra el acoso: diseño, formación y trazabilidad.
  • LSSI: adecuación legal de webs y comunicaciones digitales.
  • Registro de jornada: implantación, parametrización y auditoría de evidencias.
  • Registro salarial: estructura, evidencias y acompañamiento.
  • Desconexión digital: política, buenas prácticas y formación a mandos.

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La implantación real del convenio colectivo Hefame 2025-2028 mejora cuando mandos intermedios y equipos conocen reglas y límites. En Formate Online podemos ayudarte con formación privada y bonificada, en e-learning, orientada a operaciones y RRHH:

  • Gestión de jornada, fichajes y distribución irregular.
  • Gestión de vacaciones, permisos, asuntos propios y conciliación.
  • Desconexión digital y comunicación interna.
  • Prevención del acoso, igualdad y diversidad (incluye LGTBI).
  • Protección de datos y seguridad de la información en el puesto.

Cierre práctico con 5 pasos

  • Verifica el ámbito: centros afectados y personal excluido (socios, alta dirección, etc.).
  • Parametriza nómina: tablas 2025/2026 por grupo, pluses y extrasalariales (guardias, nocturnidad, dietas, kilometraje) y revisa posibles atrasos por efectos desde 01/01/2025.
  • Revisa jornada: calendarios, pausas computables, distribución irregular (10%) y evidencias de preavisos.
  • Ordena ausencias: vacaciones (31 días), gratificaciones por disfrute fuera de verano, permisos retribuidos y conciliación (lactancia, asuntos propios, bolsa 8 horas, permiso sin sueldo).
  • Actualiza cumplimiento: desconexión digital, protocolos de acoso e igualdad, LGTBI, y seguridad de la información/protección de datos.

Fuente oficial: BOE-A-2026-6735 (Convenio colectivo de Hermandad Farmacéutica del Mediterráneo, SCL).

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