Convenio Grupo Supermercados Carrefour 2026
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Convenio Grupo Supermercados Carrefour 2026: claves

Convenio Grupo Supermercados Carrefour 2026

El Convenio Grupo Supermercados Carrefour 2026 incorpora cambios relevantes para empresa, RR. HH. y plantilla, pero conviene separar bien qué es nuevo y qué sigue igual. La resolución publicada en el BOE el 2 de abril de 2026 no aprueba un convenio completamente nuevo, sino una modificación del convenio colectivo vigente del Grupo Supermercados Carrefour, publicado en 2023 y modificado en 2024. Por eso, para una lectura práctica hay que unir ambos textos: el convenio base aporta jornada, vacaciones, permisos, teletrabajo o desconexión digital, y la modificación de 2026 añade medidas LGTBI, actualiza el seguro de vida y reajusta el marco de negociación de salarios de 2027 y 2028.

Además, 2026 no se entiende bien sin dos acuerdos salariales publicados también ese mismo año. En enero se aplicó el incremento salarial del 2 % previsto para 2026, y en marzo se ajustó la tabla del Grupo IV para adaptarla al nuevo salario mínimo interprofesional de 17.094 euros anuales. En la práctica, el Convenio Grupo Supermercados Carrefour 2026 obliga a revisar salarios, protocolos internos, permisos inclusivos, políticas de igualdad, documentación de teletrabajo y circuitos de mando en tienda.

Resumen de los puntos del Convenio Grupo Supermercados Carrefour 2026

  • Ámbito y vigencia: afecta al Grupo Supermercados Carrefour en todo el Estado y su vigencia llega hasta el 31 de diciembre de 2028.
  • Salario: en 2026 se aplica una subida general del 2 % sobre tablas, pero el Grupo IV queda después ajustado por el SMI. Las referencias prácticas para 2026 son 17.094 euros anuales para Grupo IV Profesionales, 17.324,18 euros para Grupo III Especialistas y 18.363,66 euros para Grupo II Técnicos.
  • Jornada: la jornada máxima anual de trabajo efectivo para 2026 queda en 1.776 horas. La distribución puede hacerse de lunes a domingo y de forma regular o irregular, con control trimestral y compensación de excesos.
  • Vacaciones: el personal disfruta de 31 días naturales al año. Como regla general, deben garantizarse 21 días ininterrumpidos entre junio y septiembre y 10 días fuera de ese periodo, salvo acuerdo o particularidades de centros turísticos.
  • Permisos y licencias: hay 15 días naturales por matrimonio, hasta 3 días hábiles por hospitalización de familiares hasta segundo grado, ampliables a 5 con desplazamiento, 3 días hábiles por enfermedad grave o fallecimiento de familiares hasta segundo grado, también ampliables a 5, y 2 días por intervención quirúrgica sin hospitalización con reposo domiciliario. Además, el convenio recoge hasta 10 horas anuales para acompañar a familiares a consulta o tratamiento en determinados supuestos.
  • Licencias no retribuidas: se regulan licencias sin sueldo de hasta 30 días, y también una licencia no retribuida de hasta 3 meses para atención de hijos menores de 8 años, con previsión específica si el menor está hospitalizado.
  • Teletrabajo: sí consta en el texto del convenio. El teletrabajo es voluntario, reversible con preaviso mínimo de 30 días naturales y requiere acuerdo individual por escrito. La empresa debe dotar de medios y, cuando proceda conforme a la Ley 10/2021, compensar gastos con 25 euros brutos mensuales por cada mes efectivamente trabajado a distancia.
  • Desconexión digital: sí consta en el texto del convenio. Se reconoce el derecho a no atender dispositivos ni mensajería fuera de jornada, vacaciones, permisos, excedencias o reducciones, salvo urgencia justificada.
  • Formación: el texto incorpora formación específica en igualdad y no discriminación LGTBI para selección, promoción, RR. HH. y mandos, además de la regulación de contratos formativos. No consta un catálogo cerrado de horas de formación continua general para toda la plantilla.
  • Conciliación: se regulan guarda legal, adaptación del disfrute de permisos, acompañamiento a consultas médicas de menores y licencias ligadas al cuidado familiar. La nueva regulación LGTBI obliga además a un uso inclusivo de permisos y beneficios sociales.
  • Otras medidas con impacto laboral: el seguro de vida y accidentes pasa a cubrir 25.000 euros por muerte, gran incapacidad o incapacidad permanente absoluta por cualquier causa, y 25.000 euros por incapacidad permanente total derivada de accidente, siendo acumulativas ambas primas cuando proceda. También se crea un observatorio paritario antes del 31 de diciembre de 2026 y se fija un nuevo esquema de incremento variable no consolidable por ventas para 2027 y 2028.

Cambios y novedades del Convenio Grupo Supermercados Carrefour 2026

La principal novedad del Convenio Grupo Supermercados Carrefour 2026 no está en la jornada ni en las vacaciones, sino en el bloque de igualdad y en el refuerzo de medidas internas de empresa. El nuevo artículo 44 bis incorpora un plan transversal de medidas para la igualdad y no discriminación de las personas LGTBI. En términos prácticos, esto afecta al acceso al empleo, la promoción profesional, la formación, el lenguaje interno, la prevención del acoso y la aplicación de permisos y beneficios sociales sin discriminación por orientación sexual, identidad o expresión de género y diversidad familiar.

Para RR. HH., una de las consecuencias más claras del Convenio Grupo Supermercados Carrefour 2026 es que ya no basta con tener un protocolo general de acoso. El convenio amplía expresamente el protocolo de prevención del acoso sexual y por razón de sexo para incluir la prevención frente al acoso y la violencia hacia personas LGTBI. También endurece el enfoque disciplinario, considerando muy graves determinadas conductas de acoso o discriminación por orientación sexual, identidad o expresión de género y características sexuales.

Otra novedad relevante es la redacción nueva del seguro de vida. Desde el 19 de febrero de 2026, la empresa debe mantener una póliza de 25.000 euros para muerte, gran incapacidad e incapacidad permanente absoluta por cualquier causa cuando haya extinción del contrato y baja definitiva, y otra de 25.000 euros para incapacidad permanente total derivada de accidente, laboral o no, también condicionada a la extinción del contrato. El texto aclara además que ambas primas son acumulativas si la contingencia encaja en las dos coberturas.

En materia salarial, el Convenio Grupo Supermercados Carrefour 2026 debe leerse junto con los acuerdos salariales de enero y marzo de 2026. Primero se aplica la subida del 2 % prevista en el convenio para 2026. Después, el Grupo IV Profesionales se actualiza a 17.094 euros anuales para cumplir con el nuevo salario mínimo interprofesional de 2026. En cambio, Grupo III queda en 17.324,18 euros y Grupo II en 18.363,66 euros. Para empresa y asesoría laboral esto exige revisar nómina, atrasos, absorción y control de bases, sobre todo en posiciones de entrada o contratos a tiempo parcial.

También cambia la lógica de negociación futura. El convenio crea un observatorio paritario que debe constituirse antes del 31 de diciembre de 2026 para evaluar diferencias con otras empresas del Grupo Carrefour, vigilar el equilibrio salarial respecto del SMI y analizar el absentismo. Además, la nueva disposición adicional cuarta bis fija para 2027 y 2028 un sistema de incremento variable no consolidable ligado a ventas comparables, con escalado del 0,50 % al 2 % y posibles pluses adicionales del 0,25 % o 0,50 % por mejora del absentismo a nivel de tienda.

Impacto en empresa, RRHH y plantilla del Convenio Grupo Supermercados Carrefour 2026

Para la empresa, el Convenio Grupo Supermercados Carrefour 2026 tiene un impacto directo en organización interna de tienda y en cumplimiento. El sector real aquí es el supermercado: cajas, reposición, secciones de frescos, atención al cliente, mandos de tienda, especialistas y personal técnico. Por eso, cualquier cambio en igualdad, permisos, jornada o salario no se queda en un documento, sino que baja a cuadrantes, turnos, instrucciones de centro, formación de responsables y protocolos frente a incidencias en un entorno de atención al público constante.

Para RR. HH., el primer frente es salarial. Hay que comprobar la aplicación del 2 % de 2026, revisar el ajuste adicional del Grupo IV por SMI y validar que las personas trabajadoras a tiempo parcial, con salario base personal o con especiales condiciones de jornada estén correctamente encuadradas. El segundo frente es documental: el teletrabajo exige acuerdo individual escrito, inventario de medios y, cuando corresponda, compensación de 25 euros mensuales por gastos. El tercero es de cumplimiento: el plan LGTBI y la ampliación del protocolo de acoso exigen revisar formación, lenguaje, selección, promoción y respuesta disciplinaria.

Para la plantilla, lo más visible sigue siendo la gestión del tiempo de trabajo. En 2026 la jornada máxima baja a 1.776 horas anuales y el convenio mantiene control trimestral de excesos. Los horarios deben entregarse con 15 días de antelación al trimestre para la plantilla base, lo que obliga a una planificación más ordenada por parte de la empresa. Las vacaciones siguen siendo de 31 días naturales y deben comunicarse con al menos dos meses de antelación. Además, la distribución de 21 días entre junio y septiembre y 10 días fuera de ese periodo sigue siendo la regla general salvo pacto distinto.

En conciliación, el Convenio Grupo Supermercados Carrefour 2026 mantiene un bloque práctico importante: permisos por hospitalización, enfermedad grave, fallecimiento, matrimonio, traslado y acompañamiento médico, licencias no retribuidas y protección de la guarda legal. La novedad es que el uso de permisos y beneficios sociales debe aplicarse también con visión inclusiva respecto de familias diversas y tratamientos médicos vinculados a procesos de reasignación y transición de género, dentro de los límites del propio convenio.

En definitiva, el Convenio Grupo Supermercados Carrefour 2026 obliga a empresa y RR. HH. a pasar de una lectura salarial a una lectura de sistema: nómina, protocolos, mandos, igualdad, jornada, vacaciones, teletrabajo y disciplina deben estar alineados. En un supermercado, donde la ejecución diaria depende de turnos, aperturas, fines de semana, atención a clientes y coordinación de equipo, una mala implantación del convenio genera conflicto con rapidez.


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Aplicar bien el Convenio Grupo Supermercados Carrefour 2026 exige más que actualizar tablas salariales. También hace falta aterrizar LOPD y RGPD, canal de denuncias, protocolos contra el acoso, LSSI, registro de jornada, registro salarial y desconexión digital en procedimientos internos claros y utilizables por tienda, mandos y RR. HH. Gestión de Implantaciones puede ayudarte a convertir esas obligaciones en sistemas reales de trabajo, con documentación, implantación y seguimiento.

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La formación también es una pieza útil para implantar el Convenio Grupo Supermercados Carrefour 2026. Formate Online ofrece formación privada y bonificada por sector en modalidad e-learning, especialmente útil para tiendas, mandos intermedios, personal de atención al público y equipos de RR. HH. Puede servir para reforzar igualdad, protocolos internos, liderazgo de equipos, gestión del tiempo, registro de jornada, desconexión digital y cumplimiento normativo sin frenar la operativa del supermercado.

Cierre práctico con 5 pasos

  • Actualiza las tablas salariales de 2026 y comprueba el ajuste específico del Grupo IV a 17.094 euros anuales.
  • Revisa cuadrantes, calendario trimestral y control de jornada para asegurar el encaje con las 1.776 horas anuales de 2026.
  • Valida el calendario de vacaciones y el circuito de permisos retribuidos y licencias no retribuidas en tienda y oficina.
  • Actualiza el acuerdo individual de teletrabajo, la compensación de gastos y la política de desconexión digital si tienes personal de estructura o servicios centrales en remoto.
  • Integra en igualdad y compliance el nuevo bloque LGTBI, el protocolo de acoso ampliado y el seguro de vida de 25.000 euros.

Fuente oficial del convenio y de sus modificaciones: Convenio colectivo del Grupo Supermercados Carrefour, modificación de 2024, incremento salarial 2026, actualización por SMI 2026 y modificación publicada el 2 de abril de 2026.

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