Convenio Roca Corporación y Roca Sanitario 2025-2027
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Convenio Roca Corporación y Roca Sanitario 2025-2027

Convenio Roca Corporación y Roca Sanitario 2025-2027

El Convenio Roca Corporación y Roca Sanitario 2025-2027 (IX Convenio colectivo intersocietario) fija las condiciones de trabajo para los grupos profesionales de Mandos Intermedios, Técnicos, Administrativos, Subalternos, Oficiales y Especialistas en los centros de trabajo de Gavà, Alcalá de Henares, Alcalá de Guadaíra y Barcelona, además de sus delegaciones comerciales y almacenes. Su firma es de 11/12/2025, entra en vigor al día siguiente y mantiene efectos económicos retroactivos al 01/01/2025. La vigencia pactada alcanza hasta el 31/12/2027.

Este análisis está pensado para empresa y RRHH: qué cambia, qué cuantías hay que cargar en nómina, cómo afecta a calendario y qué puntos conviene documentar para evitar incidencias (permisos, teletrabajo, desconexión y protocolos).

Resumen de los puntos del Convenio Roca Corporación y Roca Sanitario 2025-2027

  • Ámbito: centros de Gavà, Alcalá de Henares, Alcalá de Guadaíra y Barcelona (con delegaciones y almacenes).
  • Vigencia: desde el día siguiente a la firma (11/12/2025) hasta 31/12/2027; efectos económicos desde 01/01/2025.
  • Jornada anual: 1.743,75 horas de trabajo efectivo; para horarios A, B y C son 225 días efectivos y jornada diaria de 7 h 45 min.
  • Días de libre disposición: 2 días (15,5 horas) en días completos o en bloques de 4 y 3,75 horas (al inicio o al final de la jornada).
  • Vacaciones: 30 días naturales, con modelo general de 28 días naturales + 2 días laborables a fijar en calendario; opciones de reparto en 2 periodos (ver detalle más abajo).
  • Permisos retribuidos: matrimonio (15 días), enfermedad grave/hospitalización (5 días), fallecimientos (2 a 4 días según grado y desplazamiento), mudanza (1 día), boda de hijos/hermanos (1 día), fuerza mayor familiar (4 días), visitas médicas y exámenes con límites anuales.
  • Teletrabajo: regulado por acuerdo individual, máximo 2 días completos/semana; compensación de gastos de 15 € o 20 €/mes según 1 o 2 días/semana.
  • Desconexión digital: se reconoce el derecho para los puestos susceptibles (con referencia a normativa de protección de datos/derechos digitales).
  • Salarios: tablas salariales (anexo) y reglas de actualización por IPC 2025-2027, con liquidaciones en nóminas de febrero del año siguiente.

Cambios y novedades

La novedad clave del Convenio Roca Corporación y Roca Sanitario 2025-2027 es la forma de actualización salarial vinculada a IPC con ajustes posteriores: para 2025, los conceptos se actualizan según el IPC real del año y se añade un importe adicional de 75 € brutos no consolidable en tablas; las diferencias se liquidan de una sola vez (como regla, en la nómina de febrero de 2026). Para 2026 y 2027, se pacta IPC real + 0,40% y IPC real + 0,30%, con liquidación en febrero del año siguiente (2027 y 2028, respectivamente).

En organización del tiempo, se refuerza la gestión práctica con 2 días de libre disposición (15,5 horas) y se clarifican reglas de abono si no se disfrutan. En conciliación operativa, se concreta un paquete de permisos retribuidos alineados con cambios normativos (por ejemplo, fuerza mayor familiar) y con reglas de disfrute y pago.

Otra novedad con impacto directo en políticas internas es la regulación de teletrabajo en anexo: define elegibilidad (perfiles administrativos/técnicos), voluntariedad, reversibilidad, dotación de medios y compensación de gastos. Y, en paralelo, se recoge el derecho a la desconexión digital para puestos que sí operan con tecnología, algo especialmente relevante para funciones de oficina, back-office y soporte.


Impacto en empresa, RRHH y plantilla

Este bloque traduce el Convenio Roca Corporación y Roca Sanitario 2025-2027 a tareas concretas: qué actualizar en nómina, qué revisar en calendarios y qué procedimientos conviene dejar por escrito.

Salario: el convenio trabaja con retribución horaria (salario convenio por hora) e integra conceptos en el salario-hora según el grupo. En tablas de referencia (año 2024 del anexo publicado como base técnica):
Oficiales: salario convenio 10,2343 €/hora, con salario total por hora por nivel entre 10,7718 y 12,4348 €/hora.
Especialistas: salario convenio 9,1743 €/hora, con salario total por hora por grado (ejemplo) entre 9,4481 y 10,8341 €/hora.
Técnicos/Administrativos/Subalternos: salario convenio 10,8678 €/hora y totales mensuales normalizados (según nivel) con importes que superan los 1.800 €/mes en niveles de entrada y se elevan en niveles superiores.
Además, se fija un salario mínimo con referencia anual de 1.743,75 horas y un salario total de 7,2619 €/hora para el cálculo indicado en el anexo. Se incluyen también pluses relevantes: nocturnidad 1,8044 €/hora; trabajo en domingos/festivos y sábados no laborables 52,0175 € por día trabajado (según condiciones); y plus por Navidad/Año Nuevo 69,3569 €.

Horas extraordinarias: existe una tabla de precios de horas extra por grupo profesional (ejemplos de precio base): Especialistas 14,2806 €/hora; Oficiales 16,7212 €/hora; Administrativos/Técnicos/Subalternos 15,5568 €/hora. En Mandos Intermedios aparecen importes diferenciados para jefaturas/equipo y encargados.

Jornada: la referencia anual de trabajo efectivo es 1.743,75 horas. Para horarios A, B y C se traduce en 225 días efectivos y una jornada diaria de 7 h 45 min. La operativa se completa con 2 días de libre disposición (15,5 horas) que pueden disfrutarse en días completos o en bloques, siempre colocados al inicio o al final de la jornada.

Vacaciones: son 30 días naturales. El modelo general para la mayoría de la plantilla (salvo el horario C, que ajusta el inicio al ciclo) es 28 días naturales empezando en lunes + 2 días laborables fijados en calendario. Como regla, el periodo general de vacaciones se sitúa de mediados de junio a mediados de septiembre (con excepciones por servicio y mantenimiento). Existe un modelo alternativo: 3 semanas en julio y/o agosto y 1 semana en Navidad y/o Semana Santa. Si por razones organizativas la empresa desplaza vacaciones fuera del periodo estival, se prevé una compensación que varía por meses (entre 3 y 7 “días de haber” según el mes de disfrute).

Permisos retribuidos: el cuadro de permisos incluye, entre otros, 15 días por matrimonio; 5 días por accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención con reposo domiciliario (cónyuge/pareja y familiares hasta 2.º grado, convivientes, etc.); 4 días por fallecimiento de parientes de 1.º grado de consanguinidad; 2 días por fallecimiento de 1.º grado de afinidad o 2.º grado; ampliaciones a 4 días si hay desplazamiento fuera de la provincia en determinados supuestos; 1 día por traslado de domicilio habitual y 1 día por boda de hijos/hermanos/hermanos políticos. También recoge 4 días por causa de fuerza mayor familiar (según normativa vigente), 20 horas/año para visitas médicas de Seguridad Social y 10 días/año para exámenes oficiales.

Teletrabajo y desconexión digital: el teletrabajo se formaliza por acuerdo individual, es voluntario, reversible (habitualmente con 15 días de preaviso) y está orientado a perfiles administrativos y técnicos, con un máximo de 2 días completos por semana. Se prevé dotación de medios y una compensación de gastos de 20 €/mes (2 días/semana) o 15 €/mes (1 día/semana), con naturaleza extrasalarial y proporcional si hay reducción de jornada. La desconexión digital se reconoce para puestos donde tenga sentido por el uso de medios tecnológicos, con apoyo normativo.

Formación: se establece un Plan de Formación anual por centro elaborado desde la Dirección de Personal y una Comisión de Formación paritaria (sindicatos y empresa) con funciones de seguimiento, propuestas y difusión. En teletrabajo, se garantiza el acceso a la formación en igualdad de condiciones respecto del trabajo presencial.

Conciliación y otras medidas: se contemplan reducciones de jornada por lactancia y cuidado conforme a normativa, con adaptación a flexibilidad horaria en determinados casos. Como medidas adicionales relevantes para RRHH, se incluyen: anticipo salarial excepcional hasta 1.052 € (reintegro en 12 meses), y un límite de 7% de eventualidad sobre la plantilla total (pacto de empleo). También se recoge un sistema de registro de jornada vigente y compensaciones por viajes en día no laborable (hasta un máximo diario indicado en el texto).


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  • LOPD y RGPD: privacidad, uso de datos y evidencias (incluida desconexión y teletrabajo).
  • Canal de denuncias: implantación y circuito de gestión trazable.
  • Protocolos contra el acoso: diseño/actualización, investigación y formación.
  • LSSI: textos legales web y cumplimiento básico.
  • Registro de jornada: sistema, política interna y auditoría de evidencias.
  • Registro salarial: estructura, criterios y soporte documental.
  • Desconexión digital: política, medidas y comunicación interna.

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Cierre práctico: 5 pasos para aplicarlo

  • 1) Carga tablas y reglas de revisión: define IPC 2025-2027 (más 75 € no consolidable en 2025) y programa las liquidaciones en febrero del año siguiente.
  • 2) Actualiza calendarios: 1.743,75 h/año, 7h45 para A/B/C y planifica los 2 días de libre disposición (15,5 h) con el procedimiento interno.
  • 3) Revisa vacaciones: valida el modelo (28+2) o el alternativo (3 semanas verano + 1 semana Navidad/Semana Santa) y documenta cómo gestionas cambios y compensaciones.
  • 4) Estandariza permisos: checklist de documentación, control de límites (20 h médicas/año, 10 días exámenes/año) y criterios de pago por calendario laboral.
  • 5) Teletrabajo y desconexión: prepara acuerdo individual, medios, compensación (15/20 €/mes) y política de desconexión para puestos de oficina, con comunicación interna.

Fuente oficial (BOE): https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-5850

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